La patronal s¨ª que cumple el A NE
Las diferencias de ¨ªnterpretaci¨®n sobre el contenido del Acuerdo Nacional sobre Empleo (ANE) han venido suscitando conflictos entre la patronal y los sindicatos. En este texto, el presidente de la Comisi¨®n de Relaciones Laborales de la CEOE expone cu¨¢l es para los empresarios el sentido y alcan ce de un acuerdo que desean cumplir. Pero afirma tambi¨¦n que tanto Comisiones Obreras como UGT parecen haber confundido el modelo de sociedad en el que estamos y tratan de aplicar un ANE que no es el que ha suscrito la Confederaci¨®n Espa?ola de Organizaciones Empresariales.
Se han concitado toda clase de gentes para tratar de hacer de la CEOE el chivo expiatorio de la situaci¨®n. Hemos seguido con detenimiento las noticias y opiniones, algunas de ellas publicadas en EL PAIS durante las ¨²ltimas sematias, en relaci¨®n con los supuestos incumplimientos del ANE por parte de la CEOE en mater¨ªa de negoclaci¨®n de convenios colectivos. Disponemos en estos instantes de una cierta perspectiva, es decir, se han negociado, con acuerdo satisfactorio para ambas partes, un buen n¨²mero de convenios y, en funci¨®n de ello, estamos en condiciones de negar un aserto demasiado pueril, y tras el cual los que lo emiten intentan ocultar la necesaria realizaci¨®n de un sano ejercicio autocr¨ªtico acerca de sus propias estrategias en materia de concertaci¨®n colectiva.Trataremos de explicarnos
El AMI, suscrito como es sabido por CEOE, UGT y USO, ci¨ªl¨® sus compromisos al campo estricto de la negociaci¨®n de convenios colectivos. Y cumpli¨® plenamente sus efectos: racionaliz¨® la negociaci¨®n de dichos convenios, obteniendo los trabajadores incrementos salariales que rondaron, en 1980, el Indice de Precios al Consumo (IPC) previsible para dicho a?o, para descender el a?o siguiente al socaire de una crisis econ¨®mica que trasciende, sin duda, nuestros mejores prop¨®sitos; al m¨ªsmo tiempo, obtuvieron los sindicatos firmantes una importante reducci¨®n de jornada, de manera que en una previsi¨®n de tres a?os, ¨¦sta deber¨ªa quedar situada en 1982 en 1.880 horas/a?o. El esfuerzo que ello supone es indudable, ya que a los salarios pactados es inevitable sumar el coste que la reducci¨®n de jornada implica necesariamente: un 2,59% por cada cincuenta horas menos pactadas a?o a a?o.
El AMI encuadr¨® a m¨¢s del 80% de la negociac¨ª¨®n colectiva suscrita durante los a?os 80 y 81, y redujo la conflictividad de manera muy notable hasta el extremo de que, en estos instantes, la cifra de horas perdidas resulta homologable con las que padecen otros pa¨ªses europeos y apenas alcanza el 40% de la registrada a finales de 1979.
Puntos para negociar
El ANE es el AMI de 1982 a los efectos de la negociaci¨®n de convenios colectivos. Lo ha suscrito Comisiones Obreras, lo que permite asegurar una general aplicaci¨®n del mismo. Sin embargo, el ANE es algo m¨¢s. En la mesa de la negociaci¨®n se hallaba presente el Gobierno y buena parte de su contenido no est¨¢ conectada con la negociaci¨®n de convenios colectivos. El ANE es, pues, un pacto social y, por ende, un acubrdo pol¨ªtico destinado a afectar a la pol¨ªtica de rentas, al presupuesto general del Estado, la Seguridad Social y el nivel, clase y cuant¨ªa de las prestaciones sociales. A la negociaci¨®n colectiva, el ANE s¨®lo se refiere en los cap¨ªtulos 11 y VI.1 (Aspectos salariales y Cuota sindical). Es decir, en tales casos se hallan cerrados los marcos de referencia a utilizar en los distintos conven¨ªos colectivos que negocien los sindicatos afiliados a CC OO y UGT, y las organizaciones empresariales afiliadas a la CEOE. Evidentemente, los temas o aspectos no tratados o agotados en los cap¨ªtulos antes referidos constituyen materias absolutamente libres, por lo que no es correcto ni justo acusar a nadie de incumplimiento del ANE cuando se halla en libertad de negociar o no aspectos o contenidos de los convenios colectivos que no se encuentren correlacionados con el ANE y que, por el contrario, son planteados por CC OO y UGT como si as¨ª lo fueran, imaginamos que como h¨¢bil recurso para justificar, en base a tales reivindicaciones, el hecho cierto de haber aceptado en el ANE negociar los salarios de 1982 dentro de una banda 9%-11 %, es decir, en todo caso dos puntos por debajo del IPC previsible para dicho a?o.
Las materias relacionadas con el empleo son las habitualmente calificadas como de contrapartida obligatoria por los sindicatos en relaci¨®n con la banda salarial pactada en el ANE. Si se examina detenidamente el tan repetido ANE, en ninguno de sus extremos se sostiene que las empresas no puedan amortizar vacantes si sus plantillas se hallan sobredimensionadas, ni se establece la obligatoriedad de aceptar la jubilaci¨®n a los 64 a?os si el trabajador lo solicitare. Por el contrario, en materia de regulaci¨®n de empleo, las partes firmantes del ANE se comprometen a cumplir la legislaci¨®n vigente, que, de otra parte, es muy clara al respecto, y en cuanto a la anticipaci¨®n de la jubilaci¨®n a los 64 a?os, el decreto que desarrolla tal precepto establecido en el ANE se limita a requerir la articulaci¨®n de tal derecho en los respectivos convenios colectivos, pero sin que imponga como requisito condicionante el de la obligatoriedad de la aceptaci¨®n de tal jubilaci¨®n a instancias del trabajador afectado.
A mayor abundamiento, los sindicatos dependientes de CC OO y UGT solicitan la creaci¨®n de fondos de inversi¨®n, de administraci¨®n conjunta de los sindicatos y la direcci¨®n de las empresas, y nutridos por las masas salariales brutas formadas por la diferencia entre los salarios pactados y el IPC de 1982. Y se pretende, adem¨¢s, congelar plantillas, y creaci¨®n de empleo por decreto, como si ello fuera posible, de manera que, a alg¨²n sector se le ha se?alado la cifra concreta de empleos que deb¨ªa crear, de acuerdo con la cifra de su personal activo extrapolada al conjunto de la poblaci¨®n ocupada nacional. Y para qu¨¦ segulr. Los sindicatos CC OO y UGT han confundido el modelo de sociedad en el que estamos y tratan de aplicar un ANE que no es, evidentemente, el suscrito por la CEOE.
La creaci¨®n de empleo se producir¨¢ como consecuencia de la yuxtaposici¨®n de una serie de faetores: confianza empresarial, menor conflictividad, incremento de la inversi¨®n privada, reducci¨®n del gasto p¨²blico, abaratamiento del cr¨¦dito privado, etc¨¦tera, y no porque lo decidamos en cada comisi¨®n negociadora de los 2.700 convenios colectivos existentes en nuestro pa¨ªs, las organizaciones empresariales y los sindicatos obreros. Las partes sociales podemos contribuir a crear el marco en el que la creaci¨®n de empleo sea m¨¢s f¨¢cil, y no extremadamente dif¨ªcil, como viene ocurriendo. en la actualidad.
El ANE no hace milagrosSinceramente, dudamos que CC OO y UGT acepten la filosof¨ªa que se desprende de lo sef.ialado en p¨¢rrafos anteriores.
Un ejemplo o imagen ilustrar¨¢ mejor que cien palabras nuestra anterior afirmaci¨®n: la regulaci¨®n de las modalidades contractuales establecidas en el Estatuto de los Trabajadores, tales como tiempo parcial, contratos temporales y de formaci¨®n y pr¨¢cticas, no han satisfecho a la generalidad de los empresarios, al establecer el Ministerio de Trabajo nuevas cortapisas, tasas de utilizaci¨®n y burocratismos in¨²tiles a unas clases de contratos que, fundamentalmente, nacieron en la norma para hacer m¨¢s f¨¢cil y flexible el mercado del empleo; en los convenios que se est¨¢n negociando en estos momentos, los representantes de CC OO y UGT tratan de obtener, por la v¨ªa del acuerdo, un incremento notable de trabas sobre las ya d¨ªspuestas en los referidos decretos que regularon tales modalidades de contrataci¨®n, con lo que, a nuestro juicio, si obtuvieran el objetivo que pretenden, lograr¨ªan lo que nosotros deseamos creer no tratan de conseguir: y es que tales nuevos contratos no puedan servir, en absoluto, para amparar y favorecer la creaci¨®n de nuevos empleos.
Evidentemente, cuando los empresarios rechazan tal pol¨ªtica, seguida un¨¢nimemente por los dos sindicatos firmantes del ANE, inmediatamente se argumenta clue la CEOE incumple el ANE.
La CEOE se propone desarrollar y cumplir estrictamente el ANE, y lo demostrar¨¢ cumplidamente a la opini¨®n p¨²blica cuando, transcurridos estos primeros meses del a?o, efectuemos, como hemos hecho siempre, un balance puntual acerca del contenido de lo negociado. Nada nos satisfa.cer¨ªa m¨¢s que por la concurrencia del ANE y una pol¨ªtica econ¨®mica deterrninada, al socaire de una buena coyuntura internacional, todc, ello, a la postre, contribuyera a general empleo. A nadie le gusta abdicar de su funci¨®n. Y la misi¨®n del empresario es conservar el erripleo que tiene, no perder cuota de mercado y, si puede, aspirar a m¨¢s.
Sin embargo, observamos que los sindicatos atribuyen al ANE una potencia milagrera que, evldentemente, ¨¦ste no posee. Se han despertado unas esperanzas y expectativas en la opini¨®n p¨²blica que, al no responder estrictarriente a la realidad, pueden producir naturales frustraciones.
Nadie duda de la bondad iritr¨ªnseca del ANE. Cumpl¨¢moslo sin alharacas y excesivas ostentaciones, sencilla y modestamente. Esto deber¨ªa bastarnos.
es president¨¦ de la Comisi¨®n de Relaciones Laborales de la CEOE.
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