Larga lucha entre la supranaci¨®n y los intereses estatales
El 25 de marzo de 1957 seis pa¨ªses (B¨¦lgica, Francia, Holanda, italia, Luxemburgo y la Rep¨²blica Federal de Alemania) firmaban los tratados, en Roma, por el que se creaban la Comunidad Econ¨®mica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de la Energ¨ªa At¨®mica (EURATOM). Previamente, el 18 de abril de 1951 estos mismos pa¨ªses hab¨ªan creado la Comunidad Europea del Carb¨®n y del Acero (CECA).Surgida entre las tensiones de una aspiraci¨®n supranacional y una realidad con marcados tintes nacionalistas, la CEE ha sobrevivido durante los ¨²ltimos veinticinco a?os a varias crisis y ha conseguido indudables avances en los que eran sus objetivos fundamentales: la eliminaci¨®n de las restricciones en los intercambios comunes y el establecimiento de una pol¨ªtica comercial com¨²n frente a los pa¨ªses no miembros, el desarrollo de una pol¨ªtica econ¨®mica coordinada y la su presi¨®n de las medidas restrictivas del libre juego de la competencia.
Primeros esfuerzos
En una primera etapa, que se extiende de 1958 a 1969, los principales esfuerzos se centraron en la realizaci¨®n de un mercado com¨²n.
El 1 de enero de 1959 se produce la primera baja del 10% de los derechos aduaneros en el interior de la CEE, y dos a?os m¨¢s tarde la primera aproximaci¨®n de los aranceles nacionales de los seis pa¨ªses miembros a la tarifa aduanera com¨²n.
Finalmente, el 1 de julio de 1968, dieciocho meses antes de lo establecido en el calendario inicial, qued¨® terminada la uni¨®n aduanera, con la eliminaci¨®n de todos los derechos arancelarios entre los pa¨ªses miembros y el establecimiento de un arancel com¨²n frente al exterior.
Por otra parte, el Convenio de Yaund¨¦, de 20 de julio de 1963, renovaba la asociaci¨®n de los pa¨ªses de ultramar a la CEE.
El 9 de agosto de 1961, el Reino Unido solicitaba su adhesi¨®n al Mercado Com¨²n, seguida por Irlanda, Dinamarca y Noruega.
De Gaulle veta
Las negociaciones se abren el 10 de octubre de ese mismo a?o y contin¨²an durante el siguiente. El 14 de enero de 1963, el general De Gaulle opone su veto declarando que Inglaterra no est¨¢ preparada para entrar en la CEE, las negociaciones se suspenden el 29 de ese mismo mes.
El 11 de mayo de 1967, el Reino Unido renueva su petici¨®n de ingreso, chocando de nuevo con la oposici¨®n francesa, que durar¨¢ hasta la cumbre de La Haya de 1969, en que el nuevo Gobierno franc¨¦s (De Gaulle hab¨ªa renunciado meses antes) se manifest¨® a favor de la admisi¨®n.
Desde el punto de vista institucional, hay que destacar el tratado del 8 de abril de 1965, por el que se funden el consejo y la comisi¨®n de las tres organizaciones: CEE, CECA y EURATOM, en dos cuerpos ¨²nicos. El tratado entr¨® en vigor en julio de 1967.
La segunda etapa ser¨¢ la del desarrollo y la ampliaci¨®n del Mercado Com¨²n. El punto de partida fue la conferencia de jefes de Estado o de Gobierno de los seis, celebrada en La Haya, el 1 y el 2 de diciembre de 1969, a iniciativa del presidente franc¨¦s Pompidou.
En esta cumbre se intentan resolver los principales obst¨¢culos que se opon¨ªan al desarrollo de la Comunidad: se llega a un acuerdo financiero agr¨ªcola, se organiza una atribuci¨®n progresiva de recursos a la Comunidad para llegar a un aut¨¦ntico presupuesto comunitario, en 1975, y se desbloquean las negociaciones con los pa¨ªses candidatos a la adhesi¨®n.
El 30 de junio de 1970 comienzan las negociaciones, que concluir¨¢n el 22 de enero de 1972, con la firma de los tratados entre la Comunidad y el Reino Unido, Irlanda, Dinamarca y Noruega. Los tratados entraron en vigor el 1 de enero de 1973 para tres de estos pa¨ªses, al haber rechazado Noruega la adhesi¨®n, por refer¨¦ndum del 26 de septiembre anterior.
Segunda ampliaci¨®n
El segundo proceso de ampliaci¨®n, que elevar¨¢ el n¨²mero de miembros a doce, con la incorporaci¨®n de Grecia, Espa?a y Portugal, se inicia en 1976, y hasta la fecha s¨®lo ha cristalizado en el tratado de adhesi¨®n de Grecia, firmado, el 28 de mayo de 1979, en Atenas. La d¨¦cada de los 70 se hab¨ªa abierto con la esperanza de llegar a una uni¨®n europea.
En la realidad, los logros han sido mucho m¨¢s limitados y se han centrado sobre la cooperaci¨®n intergubernamental. Su principal producto ha sido la aparici¨®n del Consejo Europeo, no previsto en el Tratado de Roma, que surge por primera vez en el comunicado final de la Conferencia de Par¨ªs, de diciembre de 1974, y que, de hecho, supone la institucionalizaci¨®n de las cumbres de jefes de Estado o de Gobierno.
Concentraci¨®n de poder
La concentraci¨®n de poder en los ¨®rganos intergubernamentales, Consejo de Ministros y Consejo Europeo, podr¨ªa verse modificada en un futuro por el, peso del Parlamento Europeo.
Compuesto en un principio por parlamentarios nacionales, el Tratado de Roma prev¨ªa que, en un segundo per¨ªodo, sus miembros lo ser¨ªan por sufragio universal directo.
El escaso entusiasmo despertado por estas elecciones, que se celebraron, en 1979, en los diversos pa¨ªses miembros, no ha impedido que durante su corta vida el Parlamento Europeo haya intentado aumentar sus poderes de control y mejorar su participaci¨®n en la vida legislativa comunitaria.
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