La pol¨¦mica sobre el Fondo de Compensaci¨®n Interterritorial / 1
Una pol¨¦mica actual de gran relevancia es la que replantea el mecanismo de estimaci¨®n del Fondo de Compensaci¨®n Interterritorial (FCI). La base porcentual de su reparto afecta directamente a la inversi¨®n de la Administraci¨®n p¨²blica incluida en el Fondo (en torno al 40% de la total) y puede orientar la asignaci¨®n del otro 60%. La elecci¨®n de unas bases de reparto u otras se traduce en desviaciones de muchos cientos de millones para cada comunidad aut¨®noma, y afecta en consecuencia directamente a sus respectivos desarrollos.Los fuertes desequilibrios espaciales son, sin duda, una raz¨®n de peso que nos determina una soluci¨®n solidaria entre las distintas comunidades, y en esta l¨ªnea se han pronunciado todos los partidos pol¨ªticos.
Aceptando este principio, los problemas empiezan cuando queremos plasmar esta solidaridad en cifras concretas. Las discusiones se vuelven bizantinas y los acuerdos al final, y en caso de alcanzarse, adquieren -un car¨¢cter pol¨ªtico que puede, en algunos. casos, alejarse de los estrictos planteamientos t¨¦cnicos. Las bases actuales del reparto son:
- Un 70% en funci¨®n inversa de la renta regional estimada por el INE.
- Un 20% en base a los saldos migratorios del per¨ªodo 1971-80.
- Un 5% tomando en cuenta, pues no se puede decir otra cosa, la tasa de paro.
- Otro 5% se reparte proporcionalmente a la superficie de cada comunidad y, finalmente, se incluye un apartado que recoge la problem¨¢tica espec¨ªfica insular de Baleares y Canarias.
Tal vez la primera discusi¨®n consistir¨¢ en saber por qu¨¦ se han elegido estos cinco criterios de re parto y no otros. A m¨ª juicio, los c¨¢lculos deber¨ªan realizarse estrictamente, en funci¨®n de uno o dos indicadores exclusivamente, ya que la superposici¨®n de los mis os ¨²nicamente sirve para reabrir constantemente la pol¨¦mica. ?Por qu¨¦ un 70% en funci¨®n de la renta y un - 5% en base a la tasa de paro? ?Por qu¨¦ la tasa de paro debe igualarse en peso al criterio de la estricta superficie, cuando los para dos aumentan diferencialmente de a?o en a?o y los kil¨®metros cuadrados por ahora no? ?C¨®mo es posible que el flujo migratorio de la d¨¦cada pasada cuente cuatro veces m¨¢s que la tasa de paro actual?, y as¨ª, hasta el infinito.La renta regional per c¨¢pita parece ser el criterio m¨¢s claro y objetivo a utilizar en el reparto y, tal y como podemos observar, ha sido el m¨¢s utilizado fuera de Espa?a para establecer los mecanismos de redistribuci¨®n interterritorial. Por tanto, la primera observaci¨®n concluir¨ªa con la necesidad de revisar las variables seleccionadas como bas¨® del reparto, ya que su actual configuraci¨®n y ponderaci¨®n se presta a infinidad de cr¨ªticas, procurando alcanzar un consenso en torno a una o dos variables, renta y paro, negociando su ponderaci¨®n y revisando su c¨¢lculo, especialmente en lo que respecta a la tasa de paro. El segundo problema nos lleva a discutir y cuestionarnos la propia estimaci¨®n de la renta regional. Ciertamente, no es este el momento de criticar la calidad de nuestra informaci¨®n estad¨ªstica,, pero s¨ª puntualizar que, si alguna estimaci¨®n va a resultar especialmente discutible y pol¨¦mica, ¨¦sta es la renta regional realizada por el INE.
A pesar de su llamativa presentaci¨®n metodol¨®gica record¨¢ndonos que el INE ha utilizado como base y punto de referencia el m¨¦todo de estimaci¨®n de la Comunidad Europea en sus c¨¢lculos regionales (SEGREG), al objeto de ir homogeneizando nuestras estad¨ªsticas a las obtenidas por la CEE, los resultados son bastante discutibles. Una comparaci¨®n puede servirnos de referencia: los datos facilitados por el Banco de Bilbao en su publicaci¨®n Renta nacional- de Espa?a y su disi?buci¨®n provincial, de 1979.
El abanico de discrepancias entre las estimaciones del INE y las del Banco de Bilbao respecto a la divergencia media entre ambas (107,5%) oscila desde el 14,4% para el caso de Madrid, hasta el 18,8% para el de Castilla-La Mancha. Estas diferencias resultan ser realmente muy significativas, m¨¢xime si pensamos que van a ser adoptadas como base de c¨¢lculo para el reparto del FCI y que traducido en t¨¦rminos monetarios se refleja en muchas cientos de millones. Como simple ejercicio pr¨¢ctico en el cuadro n? 1 se calcula cu¨¢l ser¨ªa el reparto del FCI en el tramo renta (70%) tomando en cuenta la estimaci¨®n del Banco de Bilbao, aplicando los mismos supuestos y manteniendo inalterables los restantes tramos (migraci¨®n, paro, superficie, componente insular). Los resultados no pueden ser m¨¢s significativos. Porcada m¨®dulo de 100.000 millones de pesetas del FCI (para 1983 est¨¢ previsto un montante ligeramente superior a los 200. 000 millones) seg¨²n se utilice la renta regional del INE o del Banco de Bilbao, Madrid, por ejemplo, recibe 1.582,2 millones de pesetas m¨¢s en el primer caso que en el segundo (un 29,3 % de aumento), mientras que en el otro extremo Andaluc¨ªa recibe 1.781,4 millones de pe setas menos (un 10,2 %). El abanico relativo se abre entre el +33 % de Cantabria al -30,3 % de Castilla-La Mancha. Realmente las discrepancias no pueden ser m¨¢s acusadas.
?Cu¨¢l de las dos estimaciones que no! llevan a resultados tan dispares ofrece un mayor margen de fiabilidad? La respuesta resulta, cuando menos, complicada. Aceptar los resultados de una de las fuentes entra?a un posicionamiento, que exigir¨ªa un superior conocimiento de ambas metodolog¨ªas y que rebasa los l¨ªmites de este trabajo.
Ahora bien, ciertos datos nos est¨¢n indicando algunos defectos de cierta consideraci¨®n en la estimaci¨®n del INE, que exigir¨ªa una revisi¨®n. As¨ª, por ejemplo, la fuerte ascensi¨®n de la renta per c¨¢pita navarra hasta situarse por delante de la de. Madrid no parece aceptable, ya que implicar¨ªa una especialmente favorable evoluci¨®n diferencial de la renta navarra que no se constata en otras fuentes e indicadores.
No resulta, a su vez, especialmente justificable la ca¨ªda de la cuota de renta de Extremadura, Canarias, Castilla-Le¨®n y Castilla-La Mancha, en relaci¨®n con las mejoras relativas de Madrid y Catalu?a, por ejemplo, cuando, en principio, no podemos admitir que las tasas de crecimiento diferenciales entre ambos conjuntos de regiones en el per¨ªodo 1977/1979 hayan sido capaces de cerrar el bache de renta, ni siquiera en t¨¦rminos relativos.
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