Declarado nulo el despido de una maestra no cat¨®lica en Barcelona
La Magistratura de Trabajo n¨²mero cuatro de Barcelona ha declarado nulo el despido efectuado por la escuela religiosa Lestonnac de Mollet del Vall¨¦s, propiedad de la Compa?¨ªa de Mar¨ªa, de la maestra no cat¨®lica Pilar Sala. La sentencia obliga a la escuela a readmitir a la profesora en su anterior puesto de trabajo, pero, en cambio, declara no probado el hecho de que el despido se hubiera producido por la condici¨®n de no cat¨®lica de la maestra. Esta circunstancia conduce a la Magistratura a negar la declaraci¨®n de nulidad radical del despido por motivos de discriminaci¨®n religiosa, lo que conllevar¨ªa la readmisi¨®n forzosa. El abogado de la maestra afirm¨® ayer su intenci¨®n de recurrir contra el fallo ante el Tribunal Central de Trabajo y, posteriormente, ante el Tribunal Constitucional.Pilar Sala fue despedida de la escuela Lestonnac al finalizar el pasado curso, tras haber sido requerida por la directora religiosa de la primera etapa de EGB del centro a definir sus ideas religiosas. Acabado el curso escolar, la misma directora comunic¨® verbalmente a la maestra que no necesitar¨ªan en el futuro de su trabajo, a causa de su falta de creencias religiosas.
Pocos d¨ªas despu¨¦s, la direcci¨®n de la escuela remiti¨® a la maestra una carta de despido en la que se afirmaba: "Queda rescindida su relaci¨®n laboral por su disconformidad con las normas de la direcci¨®n del centro y por desarrollar su actividad profesional en forma que no se ajusta al ideario".
La titularidad del ideario de los centros de ense?anza, en contradicci¨®n con la libertad ideol¨®gica proclamada por la Constituci¨®n, ha sido puesta en discusi¨®n a lo largo del procedimiento seguido contra el despido de Pilar Sala.
Numerosos maestros catalanaes de la ense?anza p¨²blica y privada se han manifestado de diversas formas en contra de la discriminaci¨®n religiosa de los ense?antes en las escuelas privadas. El hecho adquiri¨® especial relevancia ante la circunstancia de que la escuela Lestonnac, al igual que la mayor parte de escuelas religiosas privadas, est¨¢ subvencionada en un 75% de su presupuesto.
La nulidad radical
Durante la celebraci¨®n del juicio oral, la direcci¨®n de la escuela neg¨® reiteradamente que el despido se hubiera efectuado por discriminaci¨®n religiosa. El centro no present¨® prueba documental ni testifical que acreditara que la maestra hubiera cometido ninguna falta laboral.Sin embargo, entre los hechos declarados probados por el magistrado, se afirma que "no ha quedado probado que el motivo del despido sea la no catolicidad de la actora".
La teor¨ªa de nulidad radical de los despidos, recientemente elaborada por el Tribunal Constitucional, ha introducido un nuevo camino en el derecho laboral, contrario a los tradicionales despidos ideol¨®gicos.
El Tribunal Constitucional requiere, en estos casos, que la carga de la prueba corresponda a la parte que alega que no se ha producido la discriminaci¨®n invocada.
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