La Fiscal¨ªa General del Estado puntualiza las acusaciones contra el fiscal de 'la colza'
El teniente fiscal del Tribunal Supremo, C¨¢ndido Conde Pumpido, ha difundido una nota oficial en la que se pronuncia sobre algunas manifestaciones respecto al sumario de la colza realizadas por algunos abogados de los afectados, que "hacen graves acusaciones al fiscal designado para intervenir en las diligencias y que, por su tono y falta de rigor t¨¦cnico y de todo fundamento serio, no pueden quedar antela opini¨®n p¨²blica sin la adecuada puntualizaci¨®n" seg¨²n precisa la Fiscal¨ªa General del Estado.
"El fiscal que interviene en la referida causa ha sido designado por esta Fiscal¨ªa General del Estado valorando sus acreditadas condiciones, no desmentidas en su actuaci¨®n en asunto de tanta transcendencia", comienza la nota."No corresponde al fiscal", a?ade, "como se dice en alg¨²n texto publicado, acordar la libertad de los procesados. Esta decisi¨®n es exclusiva de la autoridad judicial, la que resuelve oyendo a todas las partes, inclu¨ªdos los letrados defensores de los afectados".
La nota dedica una amplia puntualizaci¨®n, en su tercer punto, a la diversidad de los implicados. "En esta causa se persiguen hechos y conductas de muy distinta gravedad. As¨ª, la responsabilidad de quienes hayan expendido aceite t¨®xico o de los que simplemente suministran aceite adulterado con grasas de inferior calidad o introducidas clandestinamente en el pa¨ªs, pero cuya toxicidad no ha sido declarada por los peritos, no puede ser la misma. Aunque la depuraci¨®n final de esas responsabilidades coresponda al Tribunal, s¨ª debe el fiscal tratar de establecer en sus dict¨¢menes las congruentes diferencias de tratamiento en orden a la situaci¨®n de prisi¨®n de los distintos procesados, atendiendo a las pruebas a indicios existentes. sobre la conducta de cada uno y a la posible pena que en su d¨ªa pueda corresponderles. Y eso es lo que ha hecho el fiscal razon¨¢ndolo debidamente en los informes impugnados por los letrados en sus declaraciones period¨ªsticas".
"Las fianzas exigidas para la libertad provisional", contin¨²a la nota, "no tienen por qu¨¦ guardar relaci¨®n con el aseguramiento de las futuras indemnizaciones, que se adoptan separadamente y en otra pieza judicial, como conoce cualquier profesional del Derecho. Sorprende, por ¨²ltimo, a esta Fiscal¨ªa la actitud de los referidos letrados, m¨¢s preocupados, al parecer, de buscar el impacto period¨ªstico que de observar el comportamiento que usualmente siguen los abogados en el supuesto de discrepar de la postura del fiscal, bien acudiendo a esta Fiscal¨ªa, que es quien puede se?alar los criterios a seguir por el ministerio p¨²blico, bien haciendo patente ante el juez su disconformidad..."
Las puntualizaciones de la fiscal¨ªa se refieren a unas declaraciones, de varios abogados de la acusaci¨®n particular, sobre la posibilidad de presentar una querella por supuesta prevariaci¨®n, contra el fiscal de la causa. Entre otras afirmaciones los abogados aseguraron que " ese fiscal no puede ser el del sumario, porque su preocupaci¨®n por ejercer la labor acusatoria, as¨ª como por impulsar la investigaci¨®n del sumario, ha sido nula".
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