El aborto es libre y gratuito en Italia, con restricciones a partir de los 90 d¨ªas de gestaci¨®n
El 22 de mayo de 1978 fue aprobada en el Parlamento italiano la ley 194, que permite la pr¨¢ctica del aborto en determinadas circunstancias. Dicha disposici¨®n lleva el siguiente t¨ªtulo: "Normas para la tutela social de la maternidad y acerca de la interrupci¨®n voluntaria de la gravidez". La ley italiana permite el aborto, dentro de los primeros noventa d¨ªas de embarazo, en caso de que haya serio peligro para la salud f¨ªsica y ps¨ªquica de la madre; existan dificultades econ¨®micas, sociales o familiares; o bien ante el temor de anormalidades o malformaciones del que va a nacer. En la pr¨¢ctica, todo motivo personal serio es suficiente para interrumpir el embarazo sin caer en delito.Este texto fue aprobado definitivamente por el Senado con 160 votos a favor -cinco m¨¢s del m¨ªnimo requerido- y 148 en contra, tras haber pasado el tr¨¢mite previo de la C¨¢mara de Diputados por s¨®lo seis votos favorables por encima del m¨ªnimo imprescindible.
La ley fue en realidad un compromiso entre las fuerzas pro y antiabortistas, y finalmente fue aprobada con rapidez para evitar que se llevara a cabo un refer¨¦ndum popular, que, en caso de resultados positivos, habr¨ªa liberalizado completamente el aborto.
Tres a?os despu¨¦s de la aprobaci¨®n del proyecto, el Movimiento por la Vida, de orientaci¨®n cat¨®lico-integrista, promovi¨® otro refer¨¦ndum popular para abrogar la nueva ley aprobada en el Parlamento, tras haber recogido m¨¢s de un mill¨®n de firmas. Dicho refer¨¦ndum fue rechazado por los italianos en votaci¨®n realizada en junio de 1981, semanas despu¨¦s del atentado perpetrado en la plaza de San Pedro contra Juan Pablo II, el cual, s¨®lo tres d¨ªas antes, hab¨ªa presenciado una manifestaci¨®n contra el aborto a la que asistieron m¨¢s de 200.000 j¨®venes.
Perdido el refer¨¦ndum, contin¨²a en vigor la ley de 1978. Esta disposici¨®n legal establece que el Esta do defiende la libre procreaci¨®n y la maternidad, y no acepta el aborto como medio anticonceptivo; pero, al mismo tiempo, introduce el principio del derecho al aborto, de su legitimidad jur¨ªdica y de su no penalidad.
Hasta entonces, en virtud un art¨ªculo del C¨®digo de Derecho Penal de la ¨¦poca fascista (el c¨®digo Rocco), la mujer que abortaba era castigada con una pena de dos a cuatro a?os de c¨¢rcel, y penas semejantes exist¨ªan para cuantos, directa o indirectamente, colaborasen al aborto.
La nueva ley delimita las circunstancias en las que est¨¢ permitido el aborto. Si se efect¨²a dentro de los prmeros noventa d¨ªas de embarazo, los motivos para llevarlo a cabo son: serio peligro para la salud f¨ªsica y ps¨ªquica de la madre; dificultades econ¨®micas, sociales o familiares; o bien temor de anormalidades o malformaciones del que va a nacer. En la pr¨¢ctica, todo motivo personal serio es suficiente.
Para practicar el aborto despu¨¦s de los noventa d¨ªas de gestaci¨®n, la ley es m¨¢s severa: se permite s¨®lo en caso de peligro f¨ªsico para la madre o de temor de mal formaciones del feto.
En todos los casos, el aborto es completamente gratuito y se puede realizar en todas las estructuras sanitarias de car¨¢cter p¨²blico, previstas por el Estado, o en las privadas aprobadas por el mismo.
La decisi¨®n final es de la mujer
Los requisitos son los siguientes: la mujer que desea abortar debe presentarse en un consultorio familiar a un m¨¦dico de confianza. Se analizan los motivo por los que quiere abortar. A la mujer se le da un certificado y despu¨¦s de siete d¨ªas puede llevar a cabo su decisi¨®n en una de las estructuras sanitarias legalizadas. En caso de urgencia, el m¨¦dico puede decidir la intervenci¨®n inmediata sin esperar los siete d¨ªas.En la conversaci¨®n con el m¨¦dico o con los miembros del consultorio se intenta buscar otra soluci¨®n al aborto, seg¨²n el motivo aludido. Pero la decisi¨®n final es de la mujer.
Para las mujeres menores de dieciocho a?os se prev¨¦ el permiso de quien ostente la patria potestad sobre ellas, pero si en alg¨²n caso se desaconseja pedir el permiso a los padres, el m¨¦dico puede dirigirse a un juez tutelar para que permita o rechace el aborto. La decisi¨®n del juez es inapelable.
Pero el punto m¨¢s delicado de toda la ley es el relacionado con la objeci¨®n de conciencia que pueden hacer los m¨¦dicos y todo el personal relacionado con la actividad sanitaria para intervenir en un aborto. Fue ¨¦ste uno de los temas m¨¢s debatidos. Y ese punto de la ley ha significado el mayor freno a la actuaci¨®n concreta, ya que de los 3.350 m¨¦dicos que trabajaban en obstetricia-ginecolog¨ªa, 2.386 se declararon objetores de conciencia. Algunos lo hicieron por convicci¨®n, personal y muchos otros porque trabajaban en cl¨ªnicas u hospitales dirigidos por religiosos y temieron perder el puesto o las simpat¨ªas de la direcci¨®n.
Lo m¨¢s grave es que se ha ido descubriendo m¨¢s tarde que m¨¦dicos que se hab¨ªan declarado objetores y, rehusaban practicar el aborto en la Sanidad p¨²blica lo hac¨ªan despu¨¦s en sus cl¨ªnicas privadas a precios muy altos. A ¨¦stos se ?es llama las cucharillas de oro. Las feministas se han ocupado activamente en descubrir a muchos de ellos, que han terminado, naturalmente, en la c¨¢rcel. Este tipo de abusos se produjeron, y contin¨²an produci¨¦ndose, no s¨®lo entre los m¨¦dicos objetores, sino entre todos los dem¨¢s.
Oficialmente, el m¨¦dico debe declarar p¨²blicamente su actitud de objetor. En algunas regiones, para aceptarlos en los hospitales se les pone a estos m¨¦dicos como condici¨®n que no sean objetores. Pero, de nada sirve, porque la ley les protege. As¨ª, tras declarar al entrar que no son objetores, m¨¢s tarde, cuando ya han obtenido el puesto, se convierten de nuevo.
A pesar de todo, la ley ha funcionado, sobre todo en regiones con estructuras suficientes y libres. Las ¨²ltimas cifras oficiales afirman que casi 300.000 mujeres al a?o abortan libre y gratuitamente en las estructuras sanitarias del Estado. La media es de 345 abortos cada mil nacidos. Abortan sobre todo las casadas: 70,6%. Muy poco las menores, por lo cual se teme que siga en pie, en estos casos, el aborto clandestino. Por eso los radicales han pedido que se modifique la ley para que se permita a las menores abortar sin ning¨²n permiso.
Despu¨¦s de la aprobaci¨®n de la ley se ha pasado de un aborto cada seis vivos a uno cada tres. Ha disminuido, pues, la plaga del aborto clandestino, hasta el punto de que el porcentaje de muerte por maternidad ha bajado del 1,8% al 0,6%.
El mayor n¨²mero de abortos se ha realizado en las regiones del norte, sobre todo donde existen Gobiernos regionales de izquierdas, mientras que en el sur de Italia el porcentaje de abortos legales es m¨ªnimo, y alt¨ªsimo a¨²n el de los abortos clandestinos. Seg¨²n cifras oficiales del Ministerio de Sanidad, se calculan a¨²n hoy, en Italia, 300.000 abortos clandestinos al a?o. Para los radicales, esa cifra pasa del mill¨®n. El mayor n¨²mero de abortos se da entre las mujeres de veinticinco a 34 a?os, casadas, con una media de dos hijos. Los consultorios en Italia son 1.456, de los cuales s¨®lo se localizan 288 en el sur; en Lombard¨ªa hay 303, mientras en toda Sicilia s¨®lo existen seis.
Actualmente hay toda una serie de propuestas en el Parlamento para modificar la ley, liberaliz¨¢ndola. Los puntos. m¨¢s importantes son la abolici¨®n de la objeci¨®n de conciencia para quienes trabajan en las estructuras p¨²blicas del Estado, la necesidad de tener que recurrir al consultorio para discutir los motivos del aborto y la limitaci¨®n a las menores. Los radicales han pedido tambi¨¦n que se anule la distinci¨®n entre antes y despu¨¦s de los noventa d¨ªas de embarazo.
Por lo que se refiere a las presiones hechas por la Iglesia contra el aborto, hay que distinguir en Italia entre el Papa y el episcopado. El primero ha sido siempre mucho m¨¢s duro en sus campa?as p¨²blicas. Los obispos han insisti¨® sobre todo en los problemas de car¨¢cter moral. Y ¨²ltimamente han puesto muy de relieve las motivaciones sociales del aborto, sin olvidar las dificultades para encontrar casa, el desempleo, la soledad, la falta de protecci¨®n a la mujer o la crisis econ¨®mica. M¨¢s intransigentes han sido siempre ciertos movimientos cat¨®licos integristas, pero que no siempren obtienen la plena simpat¨ªa del episcopado en sus campa?as de cruzada medieval y antidemocr¨¢tica.
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