El 'AIraigo', una historia de abandono diplom¨¢tico y jur¨ªdico
En las primeras horas del martes 7 de junio pasado, el almirantazgo brit¨¢nico enviaba una comunicaci¨®n urgente al Gobierno espa?ol, pidi¨¦ndole la inmediata devoluci¨®n del avi¨®n de combate Harrier que poco despu¨¦s de las nueve de la noche anterior se posaba en un buque mercante santanderino en ruta hacia Canarias. Con ello comenzaba en el mar una de las historias de salvamento nunca vividas con anterioridad, y en tierra, unas presiones militares y diplom¨¢ticas por parte brit¨¢nica, intentando esquivar la actuaci¨®n de la justicia, que en el caso de la espa?ola cuenta con una legislaci¨®n ad hoc para proteger los intereses de los tripulantes y navieros nacionales.Los deseos de la Royal Navy brit¨¢nica de recuperar el avi¨®n de despegue vertical cuanto antes, justificadas en p¨²blico por el deseo de examinar las causas del fallo del equipo de navegaci¨®n y de la radio, y al Gobierno espa?ol por razones de solidaridad occidental y de seguridad, fueron aceptados por las autoridades espa?olas con celeridad. Sin embargo, con lo que no contaban las autoridades de Exteriores y Defensa espa?olas es con la decidida reclamaci¨®n de la naviera Garc¨ªa Mi?aur, propietaria del buque Alraigo, de 4.000 toneladas, y de los tripulantes que contribuyeron al salvamento del Harrier , y que est¨¢n decididos a no entregar el avi¨®n accidentado.
Los letrados Jos¨¦ Mar¨ªa Alc¨¢ntara y Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz Soroa, asesores del Sindicato Libre de la Marina Mercante y abogados de algunos de los tripulantes, han insistido a las autoridades pol¨ªticas y judiciales espa?olas que existe legislaci¨®n nacional protectora de los intereses de estos afectados.
En opini¨®n de estos abogados, ha habido un "claro abandono" desde el primer momento de los derechos de los espa?oles en este caso, que ha llegado al extremo de forzar al Tribunal Mar¨ªtimo Central a aconsejar al juez mar¨ªtimo instructor de Las Palmas a que dicte una providencia en contra de la solicitud de retenci¨®n del Harrier pedida por la naviera Garc¨ªa Mi?aur. Los ingleses alegan que los convenios internacionales de 1926 y 1934 no hablan de aeronaves, pero la ley espa?ola de Auxilio y Salvamento en el Mar de 1962 y su reglamento, de 1967, s¨ª incluyen el salvamento de aeronaves militares, tanto para la remuneraci¨®n como para la fianza, en el caso de que haya que arbitrar una soluci¨®n posterior para el pago de dicha remuneraci¨®n.
Hasta ¨²ltima hora de ayer, y con la "declaraci¨®n de intenciones" del Gobierno brit¨¢nico de pagar las indemnizaciones que se fijen, no han empezado a verse reconocidos unos derechos nacionales espa?oles que por la "dejadez" demostrada, a juicio de abogados y tripulantes, por la justicia y las autoridades diplom¨¢ticas espa?olas, es muy posible que nunca se hubieran respetado.
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