Minor¨ªa Catalana, PNV y PCE proponen que un servicio de protecci¨®n asuma las atribuciones de Interior en materia de asilo
La contestaci¨®n parlamentaria al proyecto de ley de Asilo, texto pendiente de debate en el Congreso, se ha materializado en un total de 140 enmiendas, entre las que figuran dos a la totalidad y 24 presentadas por el propio PSOE. Muchas de las propuestas de la oposici¨®n coinciden en defender la creaci¨®n de un Servicio de Protecci¨®n de Asilados (Sepra) que asuma las competencias que el Gobierno pretende atribuir al Ministerio del Interior.
El Grupo Popular considera en su enmienda a la totalidad que el texto es demasiado. generoso y pide su devoluci¨®n, mientras la Minor¨ªa Catalana ofrece un texto alternativo y entiende que el Gobierno trata el tema del asilo de un modo "regresivo, receloso y desconfiado ante la figura del refugiado".El grupo de Converg¨¨ncia i Uni¨® se despega notablemente en esta ocasi¨®n del grupo de Fraga, con el que suele coincidir en el Congreso, y recuerda al PSOE que "el asilo constituye uno de los derechos que en su regulaci¨®n constitucional m¨¢s caracteriz¨® como progresista a nuestra Constituci¨®n". A?ade que, en contraste con ello, el proyecto de ley del Gobierno supone "una visi¨®n meramente gubernativa del tema, sin comprender los aspectos humanos y pol¨ªticos que dentro del mismo se esconden".
El texto alternativo del grupo nacionalista catal¨¢n, en l¨ªnea, en este punto, con muchas de las enmiendas del PNV, PCE y EE. establece la creaci¨®n del Sepra, organismo aut¨®nomo an¨¢logo al que existe en otros pa¨ªses democr¨¢ticos, al que se' encomendar¨ªan las. funciones estatales respecto a los asilados. En el proyecto definitivo del Gobierno se atribuyen al Ministerio del Interior, tras un primer borrador que las asign¨® al Sepra, y un segundo que las situaba en el marco del Ministerio de Justicia.
Fraga y el "c¨®modo albergue"
Por el contrario, la enmienda a la totalidad presentada por el grupo de Fraga invoca la "actual situaci¨®n de paro e inseguridad ciudadana galopante", en medio de la cual "resulta inadmisible", dice, "que quiera convertirse nuestro territorio en el c¨®modo albergue de un ampl¨ªsimo e indiscriminado n¨²mero de asilados".
La actitud del Grupo Popular hacia los posibles beneficiarios de la ley se manifiesta en enmiendas tales c¨®mo la que pide que se suprima la asistencia social y econ¨®mica a los asilados para evitar "un incremento del gasto p¨²blico en favor de unos extranjeros, que se ver¨ªan privilegiados de esta forma frente a muchos espa?oles, que ser¨ªan los que costear¨ªan adem¨¢s, tales asistencias". Otra propuesta . defiende la supresi¨®n de la posibilidad de conceder el asilo "por razones humanitarias".
Una de las 26 enmiendas del PNV propone la concesi¨®n del derecho de asilo, adem¨¢s de a los extranjeros, a los ap¨¢tridas. Este mismo grupo, as¨ª como los diputados comunistas y el abertzale Juan Mar¨ªa Bandr¨¦s, propone el reconocimiento de la condici¨®n de asilado, por extensi¨®n, no s¨®lo a los ascendientes y descendientes del asilado en primer grado y. a su c¨®nyuge, sino tambi¨¦n a la persona "a quien se halle ligado por an¨¢loga relaci¨®n de afectividad y convivencia".
Razonan los enmendantes que dicha situaci¨®n, similar, de hecho, a la del matrimonio, se encuentra ya amparada por la legislaci¨®n espa?ola. A?aden que la procedencia de muchos asilados de reg¨ªmenes dictatoriales en los que no existe el divorcio y donde, por tanto, no pueden regularizar su situaci¨®n, justifica a¨²n m¨¢s la asimilaci¨®n entre ambos supuestos.
Los diputados comunistas, en una de sus 27 enmiendas, proponen a?adir a los criterios de "hospitalidad y tolerancia", en los que el Gobierno fundamenta el derecho de asilo, el principio de "solidaridad democr¨¢tica".
La justificaci¨®n que ofrecen es que para los espa?oles la instituci¨®n del asilo est¨¢ ligada esencialmente, desde los ?ltimos decenios, a la lucha por las libertades democr¨¢ticas ya la p¨¦rdida de las mismas. Estiman que la referencia a la solidaridad democr¨¢tica no es un mero adorno literario, sino un principio constitutivo y gu¨ªa de la interpretaci¨®n y la aplicaci¨®n de la ley. Los comunistas proponen tambi¨¦n suprimir la posibilidad de revocar los beneficios del asilo que el proyecto de ley contempla para aquellos asilados que abandonen por m¨¢s de un a?o. el territorio nacional o que ya puedan regresar a su pa¨ªs de origen por haberse producido cambios que hagan cesar la persecuci¨®n.
Terrorismo y pol¨ªtica
Por su parte, Bandr¨¦s, en una de sus 23 enmi¨¦ndas, acepta el principio gubernamental de que no pueda otorgarse el asilo a quien hubiere cometido actos il¨ªcitos de terrorismo o contra la seguridad de la aviaci¨®n civil, pero propone a?adir "salvo que las circunstancias internacionales, jur¨ªdicas pol¨ªticas y sociales del pa¨ªs en que se han cometido tales actos permitan presumir su motivaci¨®n pol¨ªtica, en cuyo caso se aplicar¨¢ el principio de no devoluci¨®n, sin perjuicio de la competencia que pueda corresponder a, los tribunales espa?oles para el enjuiciamiento de los presuntos delitos".
El propio Grupo, Socialista ha formulado 24 enmiendas para tratar de remendar el proyecto de ley, tan distante de la proposici¨®n de ley progresista hecha por el PSOE desde la oposici¨®n, en la anterior legislatura. Sin embargo, algunas de las propuestas socialistas restringen a¨²n m¨¢s la regulaci¨®n del asilo proyectada por el Gobierno. As¨ª, entre otras, la enmienda que pretende que la protecci¨®n dispensada por el Estado a los asilados, a efectos internos, sea "graciable", que es tanto como decir reversible.
La mayor aportaci¨®n de estas enmiendas socialistas consiste en la distinci¨®n que pretende introducir entre "refugiado" y "asilado". Seg¨²n dichas enmiendas, quienes re¨²nan la condici¨®n de refugiados, cuyo reconocimiento se propone regular en un titulo nuevo que se incorporar¨ªa a la ley, podr¨¢n solicitar asilo. Asimismo, proponen modificar las causas justificativas del asilo, de modo que puedan solicitarlo quienes sufran persecuci¨®n, est¨¦n sometidos a enjuiciamiento o hayan sido condenados por delitos de car¨¢cter pol¨ªtico o por hechos conexos con un delito de tal naturaleza o que deriven del ejercicio de un derecho fundamental reconocido en la Constituci¨®n espa?ola".
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