El Defensor del Pueblo asume reivindicaciones de la Escala Especial de Mando del Ej¨¦rcito
El Defensor del Pueblo, Joaqu¨ªn Ruiz-Gim¨¦nez, se ha declarado competente para asumir las reivindicaciones de los 1.300 oficiales de la Escala Especial de Mando (EEM) del Ej¨¦rcito de Tierra, quienes quieren que cesen los agravios comparativos que sienten sobre s¨ª. En un escrito dirigido al letrado Fernando Y¨¦benes S¨¢nchez-Cazador, representante desde hace a?os de los intereses de este colectivo, Ruiz-Gim¨¦nez comunica que tales reivindicaciones caen dentro de la ¨®rbita de sus competencias.
El escrito inicial al Defensor del Pueblo fue recibido en las Cortes Generales el 29 de enero de 1983, y registrado con el n¨²mero 391. La respuesta, donde se estima que la cuesti¨®n de los oficiales de la Escala Especial de Mando (EEM) encaja en la competencia del Defensor del Pueblo, cita lo prevenido en el art¨ªculo 54 de la Constituci¨®n y en los art¨ªculos primero y decimoquinto de la ley Org¨¢nica 3/1981 y reclama una ratificaci¨®n que fue remitida poco despu¨¦s.Los capitanes y tenientes de la EEM del Ej¨¦rcito de Tierra suman un total aproximado de 1.300. A sus filas tienen acceso los suboficiales de la Escala B¨¢sica de Suboficiales (EBS), donde se integran unos 10.000 hombres. A tenor de la ley 14/1982, de 5 de mayo, en sus art¨ªculos 23 y 24, el personal de las escalas de mando desempe?a las funciones propias de su empleo y tiene los mismos deberes y derechos del perteneciente a la Escala Activa (EA), procedentes de la Academia General de Zaragoza, siempre de acuerdo con lo dispuesto en las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas.
Agravios comparativos
A partir de esta igualdad en tareas y responsabilidades, las normas vigentes fijan en la pr¨¢ctica una serie de agravios comparativos en lo que se refiere a ascensos y vacantes. Por ejemplo, el art¨ªculo noveno de la ley 48/1981 exige unos tiempos de efectividad en cada empleo para el ascenso al inmediato superior, que en el caso de los tenientes de la EA se fija en un m¨¢ximo de cinco a?os y un m¨ªnimo de tres, mientras que en el de los tenientes de la EEM el plazo m¨¢ximo es de 12 a?os y el m¨ªnimo de ocho.Para el ascenso a comandante de los de la EEM se exige un m¨ªnimo de 10 a?os de permanencia como capit¨¢n, con lo cual en los dos escalones de oficial la permanencia obligada suma, antes de llegar al primer empleo de jefe -el de comandante-, un m¨ªnimo de 18 a?os, es decir, cinco m¨¢s que para los de la EA. Sin contar que a todos los pertenecientes a la EA se les asegura el ascenso hasta el empleo de coronel, mientras que, por el contrario, la administraci¨®n de las vacantes disponibles hace que s¨®lo el 2% de los capitanes de la Escala Especial de Mando asciendan a comandantes.
Los oficiales discriminados de la EEM piensan que la soluci¨®n posible ser¨ªa que se les ofrecieran las mismas oportunidades de ascenso a todos los oficiales y que se procediera a la unificaci¨®n de escalas, como sucede, por ejemplo, ventajosamente, en la Guardia Civil. En su opini¨®n, no es aceptable que los oficiales de la EEM tengan las mismas misiones que los de la EA y que luego a los primeros se les impongan unas exigencias para el ascenso m¨¢s gravosas. Tampoco les parece aceptable, en tanto que se mantenga la diferencia de escalas, que los de la EA puedan solicitar las vacantes anunciadas para los de la EEM y que no suceda a la inversa.
Adem¨¢s, piden que se cumpla lo determinado en el art¨ªculo 190 de las Reales Ordenanzas, a tenor del cual en los Ej¨¦rcitos la precedencia se basa, en primer lugar, en el empleo y, a igualdad de ¨¦ste, en la antig¨¹edad en el mismo. Quieren que se termine as¨ª con el criterio, que califican de arbitrario, de considerar la EA como m¨¢s antigua, lo que lleva a otorgar preferencia a un teniente de la EA reci¨¦n salido de Zaragoza sobre otro de la EEM, aunque este ¨²ltimo pueda contar en su favor hasta 12 a?os de antig¨¹edad en el empleo.
Ministro que no escucha
Todas estas realidades discriminatorias llevaron a los diputados socialistas, cuando formaban en la oposici¨®n de la anterior legislatura, a impugnarlas, como parte de un sistema de castas y como signos de clasismo, inaceptables en el interior de las Fuerzas Armadas. Sin embargo, todos los esfuerzos de los oficiales de la EEM por obtener audiencia del ministro Narc¨ªs Serra, en los 10 meses que lleva en el departamento, han resultado bald¨ªos. Tampoco en sus visitas a distintas unidades el ministro ha accedido a escuchar a estos hombres. A lo m¨¢s que ha llegado ha sido a delegar en un almirante para que recibiera a uno de los solicitantes, perteneciente a la brigada paracaidista. Las llegadas al ministro parecen, a estos efectos, controladas por el teniente coronel Bardaj¨ª, a quien los oficiales de la EEM consideran interlocutor indeseado desde los tiempos, del general F¨¦lix ?lvarez Arenas, en la cartera de Ej¨¦rcito.Oficiales de la EEM afirman que algunas normas recientes, como el Real Decreto 2493/83, publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado del 19 de septiembre, suponen una nueva consolidaci¨®n de agravios. Tambi¨¦n se muestran dolidos de que en el D¨ªa de las Fuerzas Armadas s¨®lo se excluya del desfile a una academia, la suya, que, emplazada en Villaverde con la denominaci¨®n de Academia Especial Militar, ¨²nicamente particip¨® en la parada el primer a?o, 1978, cuando se celebr¨® la conmemoraci¨®n en Madrid. En todo caso, una vez establecidos los cursos y condiciones para obtener las estrellas de teniente, quienes los superen y las cumplan no pueden, como oficiales, merecer discriminaci¨®n ni postergaci¨®n alguna, y no cabe m¨¢s que sumarlos a una escala ¨²nica, seg¨²n fuentes competentes del Estado Mayor.
Hace 51 a?os, en l¨ªnea con los ej¨¦rcitos europeos, la ley para el reclutamiento y ascenso de la oficialidad unific¨® en Espa?a los diversos or¨ªgenes del oficialato y dispuso una escala ¨²nica, donde se encuadraron tanto los oficiales de carrera como los procedentes de soldado. A los suboficiales se les abri¨® con esa norma el ascenso a oficial, reserv¨¢ndoles el 60% de las plazas de cadete en las academias. El otro 40% deb¨ªa cubrirse con civiles, a los que se les prescrib¨ªa un curso previo en la Universidad y un servicio de seis meses como soldados.
Ense?anzas inexcusables desde la guerra francoprusiana, difundidas en los ej¨¦rcitos de masas de la Europa contempor¨¢nea, impon¨ªan ya entonces la busca de un sistema que conciliara en la pir¨¢mide jer¨¢rquica el gran n¨²mero preciso de oficiales inferiores de poca edad y el muy restringido n¨²mero de altos mandos.
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