El Gobierno refundir¨¢ toda la normativa antiterrorista en una sola ley
El Gobierno aprovechar¨¢ la oportunidad d¨¦ las nuevas medidas antiterroristas acordadas por el Consejo de Ministros el pasado mi¨¦rcoles para refundir en una sola ley toda la legislaci¨®n dispersa sobre la materia. El nuevo texto ser¨¢ sometido al Parlamento para su tramitaci¨®n urgente. Seg¨²n altos cargos del Ministerio de Justicia, la elevaci¨®n de la pena cuando la v¨ªctima de un atentado es un militar "no significa un privilegio, sino que, por el contrario, supera una discriminaci¨®n legal existente".Frente a las dudas suscitadas tras el anuncio realizado por el titular de Justicia, Fernando Ledesma, sobre el aumento de la pena para los atentados terroristas contra militares, las fuentes citadas explicaron que se trata de extender a los miembros del Ej¨¦rcito el mismo criterio que la ley de la Polic¨ªa, de 4 de noviembre de 1978, aplic¨® para las acciones contra miembros de los cuerpos de seguridad del Estado. Desde que, en virtud de dicha ley, los polic¨ªas gozan de la protecci¨®n penal especial del p¨¢rrafo segundo del art¨ªculo 233 del C¨®digo Penal, "los militares se encuentran discriminados", a?adieron las mencionadas fuentes.
Por lo que se refiere al ultraje a la bandera, la reforma consistir¨¢ en agravar la pena cuando el autor del delito ocupe un cargo p¨²blico. Actualmente, el C¨®digo Penal prev¨¦ para los ultrajes a la bandera espa?ola la pena de prisi¨®n menor de seis meses a seis a?os, y la de prisi¨®n mayor -de seis a 12 a?os-, cuando se cometan con publicidad. Ahora se trata de aplicar tambi¨¦n esta elevaci¨®n de la pena cuando el autor sea un cargo p¨²blico, con lo que se le podr¨¢ imponer de seis a 12 a?os de c¨¢rcel.
La futura ley reformar¨¢ tambi¨¦n el art¨ªculo 61 del C¨®digo Penal en el sentido de establecer que, en los casos de terrorismo, la pena que corresponde al delito espec¨ªfico cometido se imponga en su grado m¨¢ximo.
Las nuevas normas sobre libertad provisional consistir¨¢n en habilitar al juez o tribunal para que prolongue la permanencia en prisi¨®n de los presuntos terroristas, antes del juicio, por encima del l¨ªmite normal de los 18 meses, pero sin superar el tope legal de los 30 meses. Adem¨¢s, se convertir¨¢n en legales, cuando se trate de presuntos terroristas, las facultades que el decreto-ley de seguridad ciudadana concede a los jueces para decretar la prisi¨®n incondicional.
La diversidad de normas vigentes sobre terrorismo ("existen varias tipificaciones del delito de apolog¨ªa", se?alaron, a t¨ªtulo de ejemplo, las fuentes citadas) inclina al Ministerio de Justicia a refundirlas en una sola disposici¨®n, para lo que est¨¢ en estudio si se emplear¨¢ el decreto legislativo o una ley tramitada urgentemente en las Cortes o incluso por el procedimiento de lectura ¨²nica, especialmente r¨¢pido.
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