La audiencia decidi¨® la legalidad de la manifestaci¨®n en una semana
La Audiencia Territorial de Madrid ha decidido en un tiempo r¨¦cord la legalidad de la manifestaci¨®n convocada por los sindicatos de polic¨ªa. La Audiencia ha anulado el acuerdo del Gobierno Civil de Madrid que prohib¨ªa la manifestaci¨®n y adem¨¢s de condenarle al pago de las costas ha acordado que la manifestaci¨®n se celebre por el primero de los itinerarios propuestos. Es la primera sentencia de este tipo que se emite antes de la celebraci¨®n del acto prohibido, y esto es debido a que la admisi¨®n del recurso, la vista y el fallo se han realizado en poco m¨¢s de una semana.El tribunal, que ha recogido literalmente las tesis del abogado de los sindicatos policiales, Jos¨¦ Mar¨ªa Mohedano, considera como un verdadero sofisma" el que los polic¨ªas no puedan manifestarse debido a que el derecho de reuni¨®n s¨®lo es factible de un modo pac¨ªfico y sin armas, y en la Ley de Vigilancia y Seguridad y el Reglamento Org¨¢nico de la Polic¨ªa se cons¨ªdera que los funcionarios del Cuerpo Superior est¨¢n en servicio permanente, para lo que deben ir provistos de armas.
La Audiencia Territorial, como ya el Tribunal Supremo sentenci¨® en un caso similar, reconoce que podr¨¢n participar en la manifestaci¨®n los polic¨ªas francos de servicio, y sin armas.
La sentencia establece que "se deben establecer los servicios conacretos que con el car¨¢cter de m¨ªnimos (pero los necesarios para mantener la tranquilidad y el orden p¨²blico generales) se reputen indispensables, sin restringir indebidamente y m¨¢s all¨¢ de su delimitaci¨®n propia al derecho fundamental de reuni¨®n de los convocados".
"La presunta permanencia en Madrid de un comando de ETA (que puede aprovechar la coyuntura para atentar contra los manifestantes y sus protectores, todos ellos polic¨ªas, o contra otros objetivos de la ciudad)", se?ala la sentencia, "carece asimismo del predicamento necesario para impedir, sin m¨¢s, el uso del derecho fundamental que se preconiza".
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