El gobernador del Banco de Espa?a precisa la auditor¨ªa realizada por el Tribunal de Cuentas
El gobernador del Banco de Espa?a, Jos¨¦ Ram¨®n ?lvarez Rendueles, precis¨® ayer a este peri¨®dico mediante una nota el resultado de la auditor¨ªa del Tribunal de Cuentas realizada sobre el banco emisor. Otras fuentes del Banco de Espa?a mostraron su disconformidad con el calificativo de "irregularidades" aplicado a los hechos relatados por el Tribunal de Cuentas.
Entre otros hechos reflejados en el informe de la auditor¨ªa figuran los siguientes: deuda tributaria que asciende a 235.628.421 pesetas; aplicaci¨®n en 1981 de tres criterios distintos al calcular los beneficios o p¨¦rdidas obtenidos en la compraventa de divisas; en el balance del Banco de Espa?a, no todo el oro del Estado espa?ol figura valorado con id¨¦nticos criterios; concesi¨®n de anticipos reintegrables, que no devengan inter¨¦s y cuyo plazo de devoluci¨®n es de 5 a?os, de forma no suficientemente justificada; utilizaci¨®n repetida de cr¨¦ditos privilegiados por parte de muchos empleados en la adquisici¨®n de dos o m¨¢s viviendas; cesi¨®n gratuita de los inmuebles de 12 sucursales a distintos ayuntamientos, etc¨¦tera.La nota de ?lvarez Rendueles afirma textualmente: "En relaci¨®n con las informaciones sobre supuestas irregularidades advertidas por el Tribunal de Cuentas, el gobernador del Banco de Espa?a desea precisar lo siguiente:
1. La reducida trascendencia de las llamadas irregularidades se pone de manifiesto por el hecho de figurar en una nota, y no en una moci¨®n o informe al Parlamento, como ha ocurrido en otros casos, y por el hecho de no haberse producido juicio de cuentas.
2. Los criterios contables seguidos por el Banco de Espa?a en materia de divisas, similares a los utilizados por otros bancos centrales, se caracterizan por ser m¨¢s conservadores que los recomendados por el tribunal. En todo caso, la aplicaci¨®n de unos o de otros s¨®lo significa que los beneficios de las operaciones de compraventa de divisas se reflejan en diferentes per¨ªodos de tiempo. No suponen, por tanto, ninguna operaci¨®n ni movimiento de divisas ni de oro.
3. El Banco de Espa?a no puede proceder a la revalorizaci¨®n del oro del Tesoro precisamente porque, al ser propiedad del Tesoro, es ¨¦ste quien ha de ordenar al banco la modificaci¨®n de los criterios para su contabilizaci¨®n.
4. Respecto a las supuestas irregularidades en el fondo de atenciones ben¨¦fico-sociales, debe se?alarse que se trata de un fondo establecido por una ley de 1964, a disposici¨®n del ministro de Econom¨ªa y Hacienda, para finalidades sociales y por cuant¨ªa fijada por acuerdo del Consejo de Ministros. En consecuencia, los abonos a dicho fondo corresponden a las cantidades acordadas por el Consejo de Ministros, y los adeudos, a. las ¨®rdenes recibidas del ministro de Econom¨ªa y Hacienda. Por otra parte, ha de se?alarse que: el ministro renunci¨® a utilizar el importe correspondiente a 1982, que se ingres¨® en el Tesoro, y ha anunciado su prop¨®sito de hacer lo mismo con el de 1983.
Pr¨¦stamos habituales
5. Los pr¨¦stamos de vivienda y anticipos reintegrables a empleados del Banco de Espa?a son habituales en todas las instituciones financieras y tienen su origen en los sucesivos convenios colectivos con el personal. El hecho de que existan empleados con segundos pr¨¦stamos de vivienda obedece a que m¨¢s del 60% de los mismos han tenido promociones, y, de ellos, la mayor parte con cambio de destino, que les obliga a, adquirir otra vivienda en la nueva localidad, previa cancelaci¨®n del pr¨¦stamo que les sirvi¨® para adquirir la primera. En todo caso, la recomendaci¨®n del tribunal se refiere a la necesidad de refundir y actualizar las, diversas normas sobre esta materia.6. Las referencias a retenciones del IRPF no efectuadas corresponden a partidas muy concretas, y respecto a las cuales el Banco de Espa?a ten¨ªa dict¨¢menes jur¨ªdicos que aseguraban no ser aplicables. Se trata, m¨¢s espec¨ªficamente, de los cuatro conceptos siguientes: socorros de jubilaci¨®n o fallecimiento, ayudas de economato, aguinaldos navide?os e indemnizaciones por cierre de sucursales. En todo caso, el banco est¨¢ a la espera de las instrucciones del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda, que recibi¨® en su d¨ªa la correspondiente notificaci¨®n del tribunal.
7. Las referencias a dietas de consejo no corresponden, como parece deducirse de la informaci¨®n publicada, a dietas injustificadas, sino simplemente al error m¨ªnimo en la aplicaci¨®n de un concepto retributivo anual que a?adi¨® a su base de c¨®mputo las dietas percibidas. Baste decir que el importe total de este error es inferior a un mill¨®n de pesetas.
8. Respecto a las observaciones sobre pago de horas extraordinarias, conviene se?alar que en el ¨²ltimo cuatrienio, en el que el banco ha realizado un gran esfuerzo de reducci¨®n de su plantilla en m¨¢s del 10%, dichas horas han pasado de 150.000 en 1980 a 36.000 en 1983.
9. Las cesiones de los locales del Banco de Espa?a a los ayuntamientos mencionados fueron realizadas para facilitar los cierres de sucursales, previo los oportunos dict¨¢menes jur¨ªdicos, y con el conocimiento del Gobierno, as¨ª como con obligaci¨®n de destinarlos a finalidades de inter¨¦s p¨²blico y cultural".
El gobernador del Banco de Espa?a reunir¨¢ hoy "a los medios informativos para precisar el alcance de las sugerencias y recomendaciones del tribunal, cuya actuaci¨®n, reflejada en una mera nota y no en un informe, moci¨®n o juicio de cuentas, ha sido de gran utilidad para la instituci¨®n".
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