Vecinos de la Alameda de Osuna piden mejoras en el barrio por no demoler 1.200 viviendas ilegales
Manuel G¨®mez de Parada, vecino de la calle de Galera, 9, que durante 11 a?os ha mantenido un pleito con el Ayuntamiento de Madrid, no da por terminado el tema, a pesar de la sentencia del Tribunal Supremo que ratifica la orden de demolici¨®n de las 1.200 viviendas de Parqueluz, en la Alameda de Osuna, por estar construidas en terreno r¨²stico con licencias municipales irregularmente concedidas. Estas viviendas no ser¨¢n demolidas, al dejar el tribunal en manos de la Gerencia Municipal de Urbanismo la facultad de ejecutar o no la sentencia. Para este vecino, que no pretende ya la demolici¨®n de las viviendas, la regularizaci¨®n del tema, desde el punto de vista legal, debe ir acompa?ada de una compensaci¨®n para el barrio.Al comienzo de los a?os setenta, los habitantes del inmueble situado en el n¨²mero 9 de la calle de Galera vieron c¨®mo la zona que consideraban libre de edificios, situada ante sus viviendas, comenzaba a ser excavada. G¨®mez de Parada, ingeniero t¨¦cnico de obras p¨²blicas, que entonces ten¨ªa 32 a?os, se enter¨® de la situaci¨®n urban¨ªstica y comprob¨® que la zona estaba declarada como suelo r¨²stico forestal.
En 1973 fueron presentadas las primeras denuncias ante el ayuntamiento y la Comisi¨®n de Planeamiento y Coordinaci¨®n del ?rea Metropolitana (Coplaco). En 1978, la audiencia territorial daba la raz¨®n a los vecinos. Esta sentencia fue recurrida por el ayuntamiento y Fincas Madrid, SA. El pasado 9 de diciembre, el Tribunal Supremo ratificaba la sentencia de la audiencia territorial, pero permit¨ªa aplicar el art¨ªculo 228 de la ley del Suelo de 1956, vigente en el momento en que se cometi¨® la infracci¨®n. Seg¨²n este art¨ªculo, se deja en manos de la Gerencia Municipal de Urbanismo la aplicaci¨®n o no de la demolici¨®n.
"A pesar de este intento de legalizar lo que era ilegal, creo que el tema no se ha cerrado", afirma G¨®mez de Parada.
"Yo, desde luego, no quiero la demolici¨®n de las viviendas, porque est¨¢n habitadas", a?ade G¨®mez de Parada. "Quer¨ªa que se paralizaran las obras, y luego que se tiraran los bloques, pero cuando estaban vac¨ªos. Ahora, lo que debe hacerse es cumplir el art¨ªculo 106 de la ley de Regulaci¨®n de la Jurisdicci¨®n Contencioso-Administrativa, que contempla la posibilidad de que el tribunal fije otra f¨®rmula para atender a la eficacia de lo resuelto por la sentencia si ¨¦sta no se ejecuta total o parcialmente. Bas¨¢ndonos en este art¨ªculo, queremos una compensaci¨®n para el barrio, que vi¨® en su d¨ªa como se sustitu¨ªa ilegalmente una zona libre por 1.200 viviendas".
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