Una 'superpastoral' del Banco de Espa?a establecer¨¢ provisiones para morosos y fallidos en cr¨¦ditos en divisas
El Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda, el Banco de Espa?a y la patronal bancaria estudian en la actualidad la posibilidad de autorizar a los bancos espa?oles a que realicen provisiones de fondos en divisas para morosos e impagados para las operaciones financieras que tienen vigentes con otros pa¨ªses o con sociedades extranjeras. Hasta ahora los bancos espa?oles han hecho provisiones en pesetas para determinados cr¨¦ditos exteriores a compa?¨ªas de otros pa¨ªses y, en algunos casos, han destinado fondos a cubrir una parte de los riesgos que tienen con instituciones p¨²blicas de otros pa¨ªses. El Banco de Espa?a prepara una nueva superpastoral que establezca los criterios objetivos por los que se pueden considerar morosos determinados cr¨¦ditos y, por tanto, los niveles de cobertura que se tienen que ir cubriendo en funci¨®n de los niveles de fallidos que se vayan produciendo.
Una buena parte de las naciones con las que los bancos espa?oles' tienen contra¨ªdos la mayor parte de sus riesgos exteriores han renegociado, a lo largo de 1983, el aplazamiento de los pagos de amortizaci¨®n e incluso de los intereses de estos cr¨¦ditos. En algunas naciones se produce el hecho adem¨¢s de que las autoridades econ¨®micas no autorizan las transferencias de divisas al exterior para hacer frente a estos pagos. Esta situaci¨®n hace que una parte creciente de los riesgos exteriores deban calificarse como posibles morosos, y por ello se impone realizar previsiones por si se confirma su quebranto.Hasta ahora la banca privada espa?ola, empujada muy directamente por el Banco de Espa?a, ha realizado provisiones para los riesgos privados que tienen con estos pa¨ªses. El banco de bancos ha mantenido durante el pasado ejercicio la necesidad de que las instituciones financieras hicieran dotaciones voluntarias para cubrir estos posibles problemas antes de que se inclinaran por un reparto elevado de dividendos.
El Banco de Espa?a, antela situaci¨®n creada en los pa¨ªses latinoamericanos, dado el nivel de endeudamiento de los bancos espa?oles ha pedido estas dotaciones. La deuda latinoamericana asciende en la actualidad a unos 7.000 millones de d¨®lares (un bill¨®n de pesetas) a la econom¨ªa espa?ola entre cr¨¦ditos comerciales, asegurados o no, y cr¨¦ditos financieros de instituciones p¨²blicas y sociedades privadas.
Estos fondos se han constituido en pesetas, mientras que el riesgo est¨¢ concedido en divisas. La banca privada ha mantenido desde siempre que se les deber¨ªa autorizar a dotar provisiones en las divisas correspondientes. La dif¨ªcil situaci¨®n por la que ha venido atravesando la balanza de pagos espa?ola ha desaconsejado esta autorizaci¨®n, ya que,ello significar¨ªa aumentar la posici¨®n en divisas de la banca privada en detrimento de un nivel considerado c¨®mo m¨ªnimo por las autoridades econ¨®micas y monetarias. Ante esta situaci¨®n la banca ha tenido que actualizar el contravalor en pesetas de las dotaciones que ha venido haciendo.
El cambio favorable de la tendencia de la balanza de pagos durante 1983 y el mantenimiento de la misma durante lo que va transcurrido del actual ha acercado las posiciones. El Banco de Espa?a quiere autorizar pr¨®ximamente que las provisiones se hagan en la misma moneda que los riesgos, y para ello empezar¨¢ a vender una parte de sus divisas a la banca privada. Con ello se elimina el posible riesgo de cambio que hasta ahora ha tenido que soportar el conjunto de la banca privada que haya realizado las provisiones.
R¨¦gimen fiscal
Una vez superado este problerria queda por definir el r¨¦gimen fiscal que, tendr¨¢n estas provisiones, y especialmente las definidas como riesgo de pa¨ªs y las que vienen realizando los bancos sobre algunos riesgos soberanos. En opini¨®n de la banca privada y del propio Banco de Espa?a, parece claro que todas las provisiones que hagan a trav¨¦s del ¨¦stablecimiento de criterios objetivos que determinen cu¨¢ndo se deben considerar obligatorias dichas provisiones deben tener el car¨¢cter de deducibles, lo mismo que las tienen en la actualidad las que se hacen para protegerse de cr¨¦ditos realizados en pesetas.
El Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda, que debe repartir sus intenciones entre sus deseos recaudatorios y el mantenimiento de la sanidad de las instituciones financieras, ha hecho una consulta al Banco de Espa?a para que ¨¦ste se defina sobre el car¨¢cter fiscal de estas provisiones. En medios financieros se considera que la autoridad monetaria responder¨¢ positivamente corno lo hizo cuando se le pregunt¨® sobre los fondos para cubrir riesgos en pesetas.
Las cantidades en divisas que resulten de estas provisiones deber¨¢n colocarse en el mercado internacional para no mantenerlas ociosas, lo que aumentar¨¢ el peso del negocio internacional en las instituciones financieras espa?olas. En este sentido, se sef¨ªala que es posible que esta autorizaci¨®n se entronque con los estudios de apertura de inversi¨®n a espa?oles en determinadas emisiones en divisas que realiza en la actualidad la Direcci¨®n General del Tesoro y Pol¨ªtica Financiera.
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