Las 10.000 pesetas de deducci¨®n en el IRPF, limitadas a los casos de ingresos individuales
La sentencia del Tribunal Supremo sobre la deducci¨®n fija de 10.000 pesetas en concepto de gastos personales sin justificaci¨®n afectar¨¢ ¨²nicamente a aquellas unidades familiares que, en la declaraci¨®n del Impuesto sobre la Renta de las Personas F¨ªsicas consignaron rendimientos individualmente obtenidos por diversos miembros de la unidad familiar, y no en otros casos, seg¨²n una nota hecha p¨²blica por el ministerio de Econom¨ªa y Hacienda.
El comunicado matiza las informaciones dadas sobre la sentencia del Tribunal Supremo de 27 de julio del presente a?o, relativa a la deducci¨®n fija de 10.000 pesetas por el concepto de gastos personales sin justificaci¨®n.
En opini¨®n del Ministerio de Hacienda, no cabe aplicar la deducci¨®n de forma individual en los supuestos de obtenci¨®n de rendimientos procedentes de actividades realizadas conjuntamente, o de bienes de titularidad compartida.
Asinisimo, se?ala, tendr¨¢n derecho a la devoluci¨®n, en su caso, las personas que hayan solicitado la revisi¨®n de sus autoliquidaciones despu¨¦s de seis meses y antes de un a?o desde la fecha de la presentaci¨®n de aqu¨¦llas, seg¨²n previene el art¨ªculo 121 del Reglamento de procedimiento de las reclamaciones econ¨®mico-administrativas.
As¨ª, pues, seg¨²n el Ministerio, se podr¨¢ solicitar la devoluci¨®n en las declaraciones correspondientes al a?o 1983, y aquellas cuya presentaci¨®n no haya tenido lugar con anterioridad a un a?o de la fecha de la solicitud.
La mencionada sentencia no tiene efectos de cara al futuro, a?ade Hacienda, ya que el art¨ªculo 28 de la ley de Presupuestos para 1984 expresamente dispone: "En el supuesto de unidad familiar, la deducci¨®n de 10.000 pesetas, en caso de opci¨®n, ser¨¢ ¨²nica, sin multiplicar esta cantidad por los miembros que integran aqu¨¦lla".
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