CC OO debe aceptar el AES para participar en la negociaci¨®n de la Seguridad Social
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por CC OO, en el que solicitaba su participaci¨®n en las comisiones creadas al amparo del Acuerdo Econ¨®mico y Social (AES), como las de reforma de la Seguridad Social o mercado de trabajo. La sentencia estima que CC OO se autoexcluy¨® de las distintas comisiones al no suscribir el AES y que para participar debe adherirse al mismo. El sindicato difundi¨® ayer un comunicado en el que califica de contradictoria la sentencia y anuncia su intenci¨®n de recurrir en recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
MadridComisiones Obreras se neg¨® en su d¨ªa a suscribir el Acuerdo Econ¨®mico y Social (AES) firmado entre el Gobierno, la patronal CEOE y el sindicato UGT. No obstante, solicit¨® participar en las comisiones creadas a la sombra del acuerdo por entender que la trascendencia de los temas a negociar -reforma de la Seguridad Social, mercado de trabajo y otros- requer¨ªan la presencia de todas las fuerzas representativas.El Ministerio de Trabajo rechaz¨® la petici¨®n de CC OO que present¨® recurso ante el Tribunal Supremo impugnando la constituci¨®n de las comisiones. Posteriormente present¨® otro recurso solicitando que se suspendiera la efectividad del AES mientras se resolv¨ªa el contencioso de su participaci¨®n.
El Ministerio de Trabajo alegaba que este sindicato no deb¨ªa participar en nada relacionado con el AES ya que hab¨ªa rechazado su participaci¨®n en el mismo. Y por su parte, CC OO argumentaba que, si bien era cierto que hab¨ªa negado su presencia en el acuerdo, quer¨ªa negociar temas que eran del inter¨¦s general que trascend¨ªan al propio pacto, por entender que la Constituci¨®n recog¨ªa la obligaci¨®n de que en estos casos fueran consultadas las organizaciones m¨¢s representativas.
El Tribunal Supremo parece haber aceptado los argumentos de Trabajo y en consecuencia se?ala que "ninguna norma existe que impida al Gobierno ni a las organizaciones patronales y sindicales que est¨¦n de acuerdo, aunar sus esfuerzos para el logro de fines comunes, firmando cuantos pactos o convenios acuerden respetando el ordenamiento legal establecido".
La sentencia subraya que no puede hablarse de discriminaci¨®n ni de marginaci¨®n cuando una de las organizaciones sindicales se autoexcluye voluntariamente, aun cuando el Gobierno dio opci¨®n a todas las organizaciones patronales y sindicales representativas, para intervenir en las negociaciones de los acuerdos y en la firma de los mismos". Al mismo tiempo se recuerda que CC OO tiene la posibilidad de adherirse al AES.
La valoraci¨®n que Trabajo da a la sentencia, difiere notablemente de la que da CC OO, y ello aunque ambas partes consideran que recoge sus propuestas. As¨ª, Comisiones, en un comunicado difundido ayer, indicaba que la sentencia "entra en el fondo del asunto planteado en el recurso de CC OO", al entender que se reconoc¨ªa que el Gobierno ejercitaba una potestad pol¨ªtica, sujeta, por tanto, a control jurisdiccional.
En el comunicado se indica que la sentencia del Tribunal Supremo es contradictoria y que se basa en dos argumentaciones: la de que los sindicatos deben aceptar la pol¨ªtica de concertaci¨®n, y la de que hay comisiones en las que no se respeta el criterio de representatividad.
Las contradiciones de la sentencia, seg¨²n CC OO, se agudizan cuando, por un lado, se reconoce que no debe cerrarse el paso a los diferentes modos de concebir la defensa de los trabajadores, a la vez que se vincula la participaci¨®n en la concertaci¨®n de algunas materias que afectan al inter¨¦s general a la aceptaci¨®n de los contenidos de un determinado acuerdo.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Tribunal Supremo
- II Legislatura Espa?a
- Pacto social
- MTSS
- Negociaci¨®n colectiva
- Gobierno de Espa?a
- CEOE
- Comisiones Obreras
- Sindicatos
- PSOE
- Justicia militar
- Sindicalismo
- Ministerios
- Tribunales
- Organizaciones empresariales
- Legislaturas pol¨ªticas
- Poder judicial
- Pol¨ªtica econ¨®mica
- Partidos pol¨ªticos
- Defensa
- Gobierno
- Relaciones laborales
- Proceso judicial
- Empresas
- Administraci¨®n Estado