El Tribunal Central de Trabajo decreta que el tiempo del bocadillo es trabajo efectivo
La simple existencia de un pacto verbal o t¨¢cito, sin necesidad de que sea regulado por escrito, es suficiente para que se respete el tiempo del bocadillo como trabajo efectivo, no absorbible en el caso de una reducci¨®n de jornada, seg¨²n se desprende de una sentencia del Tribunal Central de Trabajo.
La sentencia admite un recurso presentado por la secci¨®n sindical de UGT de la empresa Hoechst Ib¨¦rica SA de Tarragona y revoca una sentencia anterior de la Magistratura de Trabajo.
El conflicto resuelto ahora por el Tribunal Central de Trabajo se hab¨ªa suscitado cuando Hoechst decidi¨®, ante la reducci¨®n legal de la jornada m¨¢xima de trabajo a 40 horas, absorber los 15 minutos de bocadilo que hasta entonces ten¨ªan los trabajadores mediante un acuerdo no escrito. La sentencia afirma que consta la consideraci¨®n de trabajo efectivo.
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