La reforma de nunca acabar
Las numerosas cr¨ªticas han obligado al Gobierno a revisar el proyecto de nuevas pensiones
Los trabajadores que tengan ahora menos de 60 a?os y piensen tener acceso en su momento a una pensi¨®n de jubilaci¨®n tendr¨¢n que haber cotizado como m¨ªnimo durante 15 a?os a la Seguridad Social, si se aprueba la reforma planteada por el Ministerio de Trabajo a Uni¨®n General de Trabajadores (UGT) y a la Confederaci¨®n Espa?ola de Organizaciones Empresariales (CEOE). El ¨²ltimo proyecto presentado por el ministerio se ha visto sometido, sin embargo, a fuertes cr¨ªticas por parte del sindicato, por lo que el Gobierno ha ofrecido la posibilidad de modificarlo en algunos de sus puntos.
La revisi¨®n del sistema de pensiones se inclu¨ªa, en principio, en un amplio programa para la reforma de la Seguridad Social que deber¨ªa debatirse en una comisi¨®n creada al efecto en el Acuerdo Econ¨®mico y Social (AES), en la que, adem¨¢s del Gobierno, est¨¢n presentes la Uni¨®n General de Trabajadores y la organizaci¨®n empresarial CEOE. El Gobierno, tras varias reuniones infructuosas con los agentes sociales, decidi¨® plantear de manera r¨¢pida y urgente la nueva normativa de pensiones, lo que provoc¨®, adem¨¢s de las iras de su sindicato hermano, que el resto de la reforma del sistema quedara en el aire para ir a centrarla s¨®lo en las prestaciones de jubilaci¨®n e invalidez, quiz¨¢ las de mayor significado social, por afectar a las capas m¨¢s d¨¦biles de la sociedad.Condiciones m¨¢s duras
De momento, el proyecto del Gobierno endurece los requisitos para tener acceso a las pensiones, rebaja la cuant¨ªa inicial de las mismas, elimina algunas de las prestaciones existentes hasta ahora y suprime varios reg¨ªmenes especiales de la Seguridad Social.
Si la reforma de las pensiones se aprobara finalmente seg¨²n los planes gubernamentales, los trabajadores que quieran cobrar la pensi¨®n tanto de invalidez como de jubilaci¨®n deber¨¢n haber cotizado durante 15 a?os como m¨ªnimo, pero, adem¨¢s, dos a?os deber¨¢n estar comprendidos dentro de los ocho inmediatamente anteriores al momento en que se acceda a la jubilaci¨®n. Ello supone un endurecimiento en los requisitos exigidos hasta el momento. Sin embargo, si se confirmase una ¨²ltima propuesta efectuada, por el Gobierno, no har¨ªan falta estos dos a?os de cotizaci¨®n.
Hoy, cualquier trabajador que est¨¦ afiliado a la Seguridad Social, ya sea en activo o en per¨ªodo de desempleo, tiene derecho al cumplir los 65 a?os como norma general a cobrar una pensi¨®n de jubilaci¨®n siempre que haya cotizado durante 10 a?os y que, de ellos, dos (700 d¨ªas) est¨¦n comprendidos en los siete a?os inmediatamente anteriores al momento de jubilarse.
Junto al aumento exigido en el per¨ªodo de cotizaci¨®n, la reforma propuesta por el Gobierno va a suponer, en principio, una rebaja en la cuant¨ªa inicial de la pensi¨®n. Seg¨²n la normativa ahora en vigor, la cuant¨ªa de la pensi¨®n de jubilaci¨®n se determina en funci¨®n de las cotizaciones aportadas por el trabajador en los dos a?os que ¨¦l elija, siempre dentro de los siete ¨²ltimos, y que suelen coincidir con aquellos en que ha pagado m¨¢s a la Seguridad Social.
Evitar el fraude
Ello ha llevado a una pr¨¢ctica que en ocasiones roza el fraude o al menos distorsiona en gran medida el c¨¢lculo para el pago de pensiones. Empresas y trabajadores acordaban un considerable aumento de las cotizaciones en los dos ¨²ltimos a?os de vida activa. Con lo que se consegu¨ªa una pensi¨®n de jubilaci¨®n m¨¢s cuantiosa, que, por otra parte, refleja ¨²nicamente la aportaci¨®n efectuada durante un corto per¨ªodo de tiempo a la Seguridad Social.
Ampar¨¢ndose en ello, el Gobierno pretende ahora que la cuant¨ªa se determine en funci¨®n de las cotizaciones de los ¨²ltimos ocho a?os cotizados. Evidentemente, al considerarse un per¨ªodo mayor, el promedio que resulta para fijar la base reguladora de la pensi¨®n resulta inferior.
La pensi¨®n de los futuros jubilados ser¨¢, pues, menor que la de los actuales pensionistas, pero ir¨¢ manteniendo capacidad adquisitiva con el transcurso del tiempo, al establecerse la revalorizaci¨®n autom¨¢tica anual en el mismo porcentaje en que haya subido la inflaci¨®n, con lo que la revisi¨®n se har¨¢ sobre a?os vencidos. Esta posibilidad de revalorizaci¨®n autom¨¢tica es la ¨²ltima oferta realizada por el Gobierno a UGT en su intento de llegar a un acuerdo. De esta manera, la subida de los precios no ir¨¢ socavando el poder de compra de la pensi¨®n y se evitar¨¢ uno de los mayores problemas actuales.
Ahora, el per¨ªodo de carencia cualificada permite una pensi¨®n de jubilaci¨®n aproximada al salario en activo, pero la inexistencia de revalorizaci¨®n anual autom¨¢tica hace que la prestaci¨®n valga cada vez menos, si el Gobierno no decide aumentarla en un porcentaje igual al del IPC. El sistema actual deja exclusivamente a criterios del Gobierno la subida de las pensiones y el porcentaje de incremento.
La reforma plantea adem¨¢s problemas a aquellas personas que est¨¢n pr¨®ximas a la jubilaci¨®n, pero que no llegan a cumplir los nuevos per¨ªodos de cotizaci¨®n. Para ellas, el proyecto contempla un per¨ªodo transitorio que flexibiliza las condiciones a quienes tengan en el momento de la entrada en vigor de la nueva normativa 60 o m¨¢s a?os. Estas personas, para acceder al cobro de la pensi¨®n, tendr¨¢n que acreditarlos 10 a?os de cotizaci¨®n exigidos hasta ahora y el lapso de tiempo que les quede para cumplir los 65 a?os. En este aspecto, tambi¨¦n el Gobierno ha ofrecido una nueva alternativa, ampliando a 10 a?os el per¨ªodo transitorio, con lo que la reforma no afectar¨ªa en el per¨ªodo de carencia a los trabajadores que en el momento de su puesta en vigor tuvieran 55 a?os.
Por otra parte, quienes cumplan todas las condiciones para cobrar la pensi¨®n, pero no hayan ejercitado su derecho, tendr¨¢n opci¨®n a elegir entre la nueva o la antigua legislaci¨®n.
Pero no es s¨®lo en el acceso a la pensi¨®n de iubilaci¨®n en donde el Gobierno endurece las condiciones, sino tambi¨¦n en el de la invalidez permanente, y muy especial mente si la causa de la misma es accidente no laboral.
Actualmente, se exige haber cubierto un per¨ªodo de 1.800 d¨ªas de cotizaci¨®n dentro de los 10 a?os inmediatamente anteriores a pasar a esta situaci¨®n, y ninguno si la causa de la invalidez es un accidente, laboral o no, o una enferme dad profesional.
Con la reforma, los menores de 26 a?os tendr¨¢n que acreditar una carencia igual a la mitad del tiempo transcurrido entre los 16 a?os y el momento causante de la pensi¨®n. Si se tiene m¨¢s de 26 a?os, el per¨ªodo m¨ªnimo de cotizaci¨®n ser¨¢ el equivalente a tres octavos del tiempo transcurrido entre los 20 a?os y el momento de la invalidez, con un m¨ªnimo de cinco a?os y un m¨¢ximo de 10, y si la causa de la pensi¨®n es accidente no laboral, se exigir¨¢n cinco a?os de cotizaci¨®n, salvo que se sea menor de 26 a?os. Este requisito, no obstante, podr¨ªa suprimirse, ya que el Gobierno as¨ª lo ha expresado para el caso en que la reforma sea objeto de negociaci¨®n. El proyecto recoge tam bien que al menos tres a?os de cotizaci¨®n deber¨¢n estar comprendidos dentro de los 10 inmediata mente anteriores al hecho causante de la pensi¨®n.
Asignaciones familiares
Aunque la norma presentada por la Administraci¨®n a los agentes sociales se refiere fundamental mente a las pensiones hasta ahora se?aladas, introduce tambi¨¦n la eliminaci¨®n de algunas prestaciones actualmente vigentes.
Este es el caso del pago por matrimonio o nacimiento de hijos y la asignaci¨®n mensual por esposa. El Gobierno anuncia que los fondos previstos para estos conceptos se destinar¨¢n a aumentar las asignaciones mensuales por hijos a cargo (los puntos). El aumento se destinar¨¢ a los colectivos de menores ingresos, como parados con subsidio o pensionistas o trabajadores en activo que no est¨¦n obligados a hacer la declaraci¨®n sobre la renta.
Tambi¨¦n se eliminar¨¢n las indemnizaciones a tanto alzado para lesiones permanentes no invalidantes por accidente de trabajo o enfermedad profesional, y las prestaciones correspondientes por invalidez permanente en el grado de incapacidad permanente parcial para el ejercicio de la profesi¨®n habitual.
Por ¨²ltimo, la reforma incidir¨¢ reg¨ªmenes especiales de la Seguridad Social. Concretamente, se suprimir¨¢n los correspondientes a los trabajadores ferroviarios, los artistas, toreros, representantes de comercio, escritores de libros y futbolistas, para quienes se dictar¨¢n nuevas normas de integraci¨®n en el sistema de Seguridad Social.
Todas estas nuevas normas, que el Gobierno recogi¨® en un proyecto final de "Medidas urgentes para la racionalizaci¨®n de la estructura y de la acci¨®n protectora de la Seguridad Social", est¨¢n sujetas ahora a revisiones parciales ante la presi¨®n ejercida por UGT.
El Ejecutivo ha ofrecido al sindicato una mayor flexibilizaci¨®n de diversas condiciones, pero mantiene la necesidad de actuar sobre la cuant¨ªa inicial de las futuras pensiones de jubilaci¨®n, argumentando la necesidad de reequilibrar los ingresos y gastos del sistema.
Reducir el gasto
Seg¨²n los c¨¢lculos del Ministerio de Trabajo, la reforma propuesta por ¨²ltima vez a los interlocutores sociales supondr¨ªa un ahorro de 40.000 millones el pr¨®ximo a?o, para el que hay una previsi¨®n de m¨¢s de 2,4 billones de pesetas para gasto en pensiones.
El volumen de pagos de pensiones, sin duda el m¨¢s amplio, se ha quintuplicado entre 1977 y 1984. En 1985, el total de los gastos de la Seguridad Social ascender¨¢ a m¨¢s de 3,9 billones de pesetas. Para compensar la diferencia entre las cotizaciones (2,8 billones), y otros ingresos (76.564 millones), el Estado deber¨¢ aportar m¨¢s de un bill¨®n de pesetas.
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