El PSOE har¨¢ notar su mayor¨ªa en la pr¨®xima renovacion del Tribunal Constitucional
La direcci¨®n del PSOE tiene establecido un calendario que asegura que la actual mayor¨ªa parlamentaria se har¨¢ notar en la composici¨®n del -poder judicial y del propio Tribunal Constitucional antes de que finalice la actual legislatura. Dichas previsiones culminan en febrero de 1986, con la renovaci¨®n de cuatro miembros del alto tribunal, legalmente irreelegibles. Las primeras novedades se producir¨¢n en los pr¨®ximos d¨ªas y afectan a la eliminaci¨®n del recurso previo de inconstitucionalidad y al conflicto de competencias entre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Congreso de los Diputados sobre la ley org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ), que ma?ana inicia su tr¨¢mite en el Senado.
La tensi¨®n institucional producida en los meses pasados entre el Parlamento y el poder judicial volver¨¢ a actualizarse esta misma semana, cuando cumple el plazo para que el CGPJ decida plantear o no ante el Tribunal Constitucional conflicto de competencias con el Congreso de los Diputados. El pasado 30 de abril, el Congreso contest¨® al requerimiento del ¨®rgano de gobierno del poder judicial en el sentido de que la C¨¢mara actu¨® "en el ejercicio constitucional y legal de sus atribuciones" cuando decidi¨® introducir en el proyecto de LOPJ la elecci¨®n parlamentaria de los 12 vocales del CGPJ que hasta ahora eleg¨ªan los jueces y delegar en el Gobierno la potestad reglamentaria sobre el estatuto judicial.Fuentes oficiosas del CGPJ aseguraron a este peri¨®dico que la extensa y documentada respuesta de la Mesa del Congreso no disuadir¨¢ a la mayor¨ªa conservadora del Consejo del Poder Judicial de su prop¨®sito de plantear el conflicto. El jefe del gabinete de estudios del CGPJ, Fernando Lorente, ha preparado el documento a presentar en el Tribunal Constitucional, que ha sido revisado personalmente por el presidente del Consejo, Federico Carlos Sainz de Robles.
En caso de que el alto tribunal admita el conflicto a tr¨¢mite, en el plazo de 10 d¨ªas desde su recepci¨®n dar¨¢ traslado al Congreso de los Diputados, al que fijar¨¢ un mes para que formule alegaciones. Igual plazo se establecer¨¢ para el Gobierno, el Senado y las comunidades aut¨®nomas, ¨®rganos todos ellos que podr¨¢n comparecer en apoyo del demandante o del demandado. El Tribunal Constitucional puede establecer otro plazo de un mes para solicitar informaciones, aclaraciones o precisiones complementarias. Concluido uno o ambos plazos, el Tribunal Constitucional resolver¨¢ dentro del mes siguiente. As¨ª pues, la sentencia que determinar¨¢ a qu¨¦ ¨®rgano corresponden las atribuciones controvertidas se conocer¨¢ probablemente entre julio y agosto pr¨®ximos.
El dif¨ªcil calendario de la ley
Mientras tanto, el Parlamento contin¨²a la tramitaci¨®n legislativa de la LOPJ. Precisamente el Senado inicia ma?ana, a nivel de ponencia, el estudio del proyecto de LOPJ, cuyos textos conflictivos para la mayor¨ªa conservadora de la judicatura ser¨¢n mantenidos y a¨²n pueden ser endurecidos en la Alta C¨¢mara. Seg¨²n la ponente y senadora socialista Francisca Sauquillo, la mayor¨ªa de las 302 enmiendas de su grupo es de car¨¢cter t¨¦cnico. Por el momento no se han materializado en textos concretos las posiciones socialistas que trataban de homogeneizar con el resto de la funci¨®n p¨²blica el r¨¦gimen de incompatibilidades, jubilaciones y retribuciones de los magistrados.
No hay nada decidido sobre estas materias, que, seg¨²n algunos sectores del PSOE, han obtenido un tratamiento privilegiado en el Congreso, y que todav¨ªa podr¨¢n ser modificadas en el Senado, aceptando enmiendas del Grupo Mixto o negociando sobre ellas. Est¨¢ previsto dedicar esta semana al debate en ponencia, y las pr¨®ximas, a la discusi¨®n en comisi¨®n, de modo que el pr¨®ximo 11 de junio se inicie su estudio en el Pleno del Senado. Si se producen modificaciones, el proyecto de LOPJ deber¨¢ volver al Congreso para su aprobaci¨®n definitiva.Para los socialistas, los problemas de calendario de esta ley son delicados, porque se encuentra afectado por dos fechas l¨ªmites. Una, conocida, es el 23 de julio de 1985, d¨ªa en el que, de no estar en vigor la nueva ley, la Junta Electoral creada por la vigente ley org¨¢nica del CGPJ convocar¨¢, de acuerdo con ella -seg¨²n ha anunciado su presidente, Sainz de Robles-, las elecciones de los 12 vocales de procedencia judicial entre los propios jueces y magistrados. Otra, desconocida, la de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el recurso previo contra la ley socialista que trata precisamente de suprimir dicho recurso.
La primera fecha aconseja acelerar la tramitaci¨®n de la LOPJ; la segunda exige ralentizarla para evitar que, una vez aprobada por el Parlamento, el Grupo Popular presente el anunciado recurso previo, que bloquear¨ªa la entrada en vigor del nuevo sistema de elecci¨®n de los 12 vocales judiciales del CGPJ.Inminente sentencia
Sin embargo, este riesgo parece que va a ser despejado en breve plazo. Altas fuentes socialistas consideran "inrninente" la sentencia sobre el recurso previo, y as¨ª se confirma tambi¨¦n en medios oficiosos del propio Tribunal Constitucional.
,Algunas de estas fuentes han pronosticado que esta misma semana se producir¨¢n noticias sob-re esta sentencia, que en todo caso se adelantar¨¢ al pronunciamiento del alto tribunal sobre la ley org¨¢nica del Derecho a la Educaci¨®n (LODE). Aunque los debates informales sobre la LODE ya han comenzado entre los magistrados, la complejidad de esta ley ha aconsejado anticipar la decisi¨®n sobre la ley que suprime el recurso previo, en torno a la cual existe una mayor¨ªa decantada en contra del recurso.
En ese sentido parece ir el texto elaborado por el ponente Francisco Rubio Llorente, que no es probable que registre excesivas resistencias.Si, como esperan los socialistas, el riesgo del recurso previo se esfuma, la LOPJ ver¨¢ las p¨¢ginas del Bolet¨ªn Oficial del Estado con tiempo suficiente para que los 20 vocales del CGPJ resulten elegidos por el Congreso y el Senado y el pr¨®ximo 23 de octubre pueda. constituirse, por un mandato de cinco a?os, el nuevo ¨®rgano de gobierno del poder judicial, al que corresponder¨¢, como primera medida, designar a quienes habr¨¢n de relevar a los 197 magistrados -23 de ellos del Tribunal Supremo- a los que, seg¨²n la nueva ley, corresponder¨¢ jubilarse en 1986.
Al nuevo CGPJ corresponder¨¢ tambi¨¦n designar a los dos magistrados del Tribunal Constitucional que habr¨¢n de sustituir, en su momento, a los dos de ese mismo origen: ?ngel Escudero del Corral, propuesto por el CGPJ, junto a Pl¨¢cido Fern¨¢ndez Viagas, el 7 de noviembre de 1980, y Francisco Pera Verdaguer, designado para sustituir a este ¨²ltimo, a su muerte, en diciembre de 1982.
Entre el 22 de octubre y el 22 denoviembre pr¨®ximos -esto es, dentro del cuarto mes anterior al 22 de febrero de 1986, fecha en que se cumplen los seis a?os desde la inicial designaci¨®n, en 1980, de lo
primeros magistrados- habr¨¢ de realizarse el sorteo que establece la citada disposici¨®n constitucional, para resolver el grupo de magistrados a relevar.
La renovaci¨®n
Tal renovaci¨®n podr¨¢ corresponder a los cuatro citados o a los cuatro elegidos por el Senado: el presidente, Manuel Garc¨ªa Pelayo, y los magistrados Gloria Begu¨¦, Luis D¨ªez-Picazo y ?ngel Latorre Segura.
Al otro grupo, el de los cuatro magistrados restantes -Manuel Diez de Velasco, Francisco Rubio Llorente, Francisco Tom¨¢s y Valiente y Antonio Truyol Serra-, elegidos en su d¨ªa por el Congreso, correspondi¨® por sorteo la primera renovaci¨®n, que se resolvi¨® con su reelecci¨®n.
Cambio con cuatro a?os de retraso
S¨ª el optimismo de los c¨¢lculos socialistas no se frustra, el 22 de febrero de 1986 la composici¨®n del Tribunal Constitucional acusar¨¢, con casi cuatro a?os de retraso, el efecto del cambio parlamentario operado el 28 de octubre de 1982. La mayor¨ªa socialista se dejar¨¢ notar en el relevo de los cuatro magistrados a elegir por el Senado, s¨ª es este grupo de magistrados el que corresponde renovar, y m¨¢s a¨²n si es a los dos de designaci¨®n gubernamental y a los dos a designar por el CGPJ, a quienes hay que sustituir, especialmente si para entonces se ha producido la elecci¨®n parlamentaria de los 20 vocales del Consejo General.Sin necesidad de acudir al manique¨ªsmo de clasificar a los magistrados en conservadores y progresistas -cuando el alineamiento de los 12 miembros del alto tribunal ha registrado todo tipo de combinaciones-, y salvando siempre el requisito constitucional de que se trate de "juristas de reconocida competencia con m¨¢s de 15 a?os de ejercicio profesional", no puede caerse tampoco en la hipocres¨ªa de prescindir de la ideolog¨ªa ni dejar de valorar que la mayor¨ªa pol¨ªtica del Parlamento, del Gobierno o del Consejo General del Poder Judicial habr¨¢n de tener en cuenta las ideas y hasta la trayectoria pol¨ªtica de los candidatos a miembros del alto tribunal.
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