El Cuerpo Nacional de Polic¨ªa y la militarizaci¨®n de la Guardia Civil
El programa electoral. del Partido Socialista Obrero Espa?ol (PSOE) de 1982 consideraba "imprescindible" acometer "las reformas necesarias de las estructuras de la Seguridad del Estado y de los Cuerpos que tienen encomendada esta misi¨®n". Tras cerca de cuatro a?os ole legislatura socialista, el PSOE, aprob¨® en las Cortes la ley org¨¢nica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, aunque ha dejado inconcluso todo el desarrollo de la misma ley, lo que en la pr¨¢ctica supone haber aplazado la misma reforma del aparato policial. Incluso, expertos en materia policial consideran "inadecuado" el marco legal aprobado para afrontar esa reforma.La principal aportaci¨®n de esta ley es la unificaci¨®n de dos de los Cuerpos de Seguridad del Estado: el Superior de Polic¨ªa y el de Polic¨ªa Nacional. En el programa se utiliz¨® como t¨¦rmino unificador el de Polic¨ªa del Estado. Sin embargo, en la ley org¨¢nica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se opt¨® por la denominaci¨®n de Cuerpo Nacional de Polic¨ªa.
El programa electoral indicaba: "Se proceder¨¢ a la regulaci¨®n de los derechos y obligaciones de los funcionarios de polic¨ªa teniendo en cuenta lo espec¨ªfico de sus funciones, amparando el derecho de sindicaci¨®n y participando en los ¨®rganos disciplinarios, no reconoci¨¦ndose el derecho de huelga".
Sin embargo, tuvo que ser el Grupo Socialista, tras arduas negociaciones con los sindicatos policiales, el que abordase esta labor de reconocer los derechos sindicales, excepto el de huelga, y la creaci¨®n de un ¨®rgano de arbitraje entre Administraci¨®n y sindicatos en la propia ley. El proyecto de ley, elaborado por Interior, pecaba de mayores restricciones en lo que se refiere a este tipo de reconocimiento sindical.
Interior se bas¨® para ello en otro p¨¢rrafo del propio programa socialista: "El Gobierno abordar¨¢ con rigor la racionalizaci¨®n de las estructuras policiales, subordinando los intereses de los Cuerpos de Seguridad al inter¨¦s general de la sociedad". Este argumento se convirti¨® en la principal r¨¦plica a los sindicatos policiales durante los debates parlamentarios de la ley (de septiembre de 1985 a febrero de 1986).
Respecto al segundo Cuerpo de Seguridad del Estado dise?ado por la ley, el programa electoral recog¨ªa el reforzamiento de "la dependencia de la Guardia Civil del Ministerio del Interior". Este prop¨®sito qued¨® menguado por las oposiciones surgidas desde el Ministerio de Defensa, especialmente en el nombramiento no realizado de un civil al frente del instituto armado. La labor de desprender paulatinamente a la Guardia Civil del Ministerio de Defensa y su consiguiente civilizaci¨®n qued¨® afectada desde el 22 de diciembre de 1982, dos meses despu¨¦s de ganar el PSOE las elecciones, cuando el ministro Jos¨¦ Barrionuevo manifest¨® su intenci¨®n de mantener el estatuto militar de la Guardia Civil.
En aquellos momentos se produjo el denominado descubrimiento de este instituto armado por el equipo de Barrionuevo, que se tradujo en la ley en la ampliaci¨®n de competencias para este cuerpo de seguridad, entre ellas la creaci¨®n de la denominada Guardia Civil del Mar.
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