Agricultura canaria y pol¨ªtica mediterr¨¢nea de la CE: la segunda oportunidad
La situaci¨®n en que ha quedado la agricultura canaria tras la integraci¨®n en la Comunidad Europea (CE), junto con otros problemas, est¨¢ condicionando las relaciones entre 24 Estados. Como se sabe, Espa?a ha bloqueado la pol¨ªtica mediterr¨¢nea de la CE mientras no sean satisfechas sus leg¨ªtimas pretensiones respecto al archipi¨¦lago canario. Parece conveniente explicar por qu¨¦ se ha llegado a este veto en los aspectos derivados, seg¨²n el autor, de la cuesti¨®n canapia.
De acuerdo con la Constituci¨®n y el estatuto de autonom¨ªa de Canarias, el Parlamento regional expres¨® en diciembre de 1983 su parecer sobre la modalidad de adhesi¨®n a la CE, aprobando la denominada opci¨®n dos frente a la opci¨®n uno, de plena integraci¨®n, y la opci¨®n tres, de no integraci¨®n. La f¨®rmula elegida es una s¨ªntesis entre la incorporaci¨®n pol¨ªtica a la CE y la pervivencia del tradicional r¨¦gimen de puertos francos y libertad comercial, quedando Canarias fuera de la tarifa exterior com¨²n (TEC), del IVA y de la pol¨ªtica agraria com¨²n (PAC).Los antecedentes del estatuto diferencial del archipi¨¦lago en la CE arrancan de un real decreto de 1852 por el que se otorgaba el r¨¦gimen de franquicias, ratificado por la ley de Puertos Francos de 1900, que fue actualizada en 1972 con la ley sobre R¨¦gimen Econ¨®mico Fiscal. La necesidad de dichas especificidades para un adecuado desarrollo de la econom¨ªa isle?a no siempre ha sido bien comprendida por la Administraci¨®n central; de hecho, en diversas ¨¦pocas anteriores (incluso recientes, bajo UCD), se trat¨® de equiparar Canarias con otras ¨¢reas del Estado, lo que cercenar¨ªa nuestras posibilidades de crecimiento econ¨®mico, fuertemente condicionadas por el hecho insular, la parcelaci¨®n del territorio, la lejan¨ªa del resto de la naci¨®n y la escasez de recursos naturales. Hay que valorar en sus justos t¨¦rminos, por consiguiente, los esfuerzos realizados desde el Gobierno central para que la incorporaci¨®n a la CE fuese compatible con la continuidad del modelo de islas francas.En este orden de cosas, resulta oportuno se?alar que el equipo dirigido por el hoy vicepresidente de la CE, se?or Mar¨ªn, y en el que particip¨® activamente Fernando Mansito, consigui¨® de la contraparte comunitaria un 90% de lo solicitado por la C¨¢mara auton¨®mica; sin embargo, determinadas aspiraciones no fueron atendidas debidamente, quiz¨¢ porque es imposible obtener todo lo que se pretende en una negociaci¨®n.El grueso de las peticiones canarias se recoge en el art¨ªculo 25 y en el protocolo n¨²mero 2 del acta de adhesi¨®n. ?sta, en lo que se refiere al sector agrario, establece unos contingentes arancelarios para 10 productos hortofrut¨ªcolas de exportaci¨®n. Los vol¨²menes enviados a la CE a 10, dentro de tales contingentes, se beneficiar¨¢n de un desarme progresivo en los derechos de aduana hasta alcanzar la franquicia total en 1996; por el contrario, las cantidades exportadas fuera de los mismos deber¨¢n seguir abonando la TEC que se pagaba hasta ahora, lo que igualmente se puede decir para los restantes productos.
Por otro lado, y mientras en la Pen¨ªnsula desaparecer¨¢n en 10 a?os los precios de referencia (mecanismo para la defensa de las frutas y hortalizas comunitarias) y asimismo la imposici¨®n de tasas compensatorias derivadas de la aplicaci¨®n del referido sistema, unos y otras seguir¨¢n vigentes para las islas.Esto no era lo recogido en la opci¨®n dos ("libre acceso de las producciones agr¨ªcolas insulares a la CE"), y de ah¨ª la justificada protesta de los agricultores canarios el pasado a?o, el rechazo del Parlamento regional a los t¨¦rminos del acta y la crisis pol¨ªtica subsiguiente, concluida con la remodelaci¨®n del Gabinete en los dos departamentos implicados: Agricultura y Econom¨ªa y Comercio.
Seg¨²n diversos pareceres, las limitaciones agrarias del protocolo n¨²mero 2 pueden superarse mediante alguna de las siguientes alternativas:
1. Cambio de la opci¨®n dos a la opci¨®n uno (plena integraci¨®n).
2. Incorporaci¨®n a la PAC manteniendo igual el resto de la opci¨®n dos.
3. Adaptaci¨®n del r¨¦gimen aplicable a Canarias (conforme al ¨²ltimo p¨¢rrafo del art¨ªculo 25, apartado 4, del acta).
Pues bien, frente a los que manifiestan que la soluci¨®n de aquellos problemas est¨¢ en solicitar la opci¨®n uno o la entrada en la PAC, otros, huyendo de planteamientos maximalistas de conflictiva consecuci¨®n y/o escasa viabilidad, sostenemos desde hace tiempo que hay que agotar, paulatinamente, las posibilidades de perfeccionamiento que ofrece el acta para resolver las deficiencias de nuestro estatuto especial en la CE. Es decir, defendemos la tercera alternativa, que vale tanto para los contingentes arancelarios como para los precios de referencia. ?Por qu¨¦ ¨¦sta? Porque es la ¨²nica v¨ªa que, resultando adecuada para alcanzar los objetivos que todos perseguimos, no quebranta el consenso de la Asamblea auton¨®mica en torno a la opci¨®n dos, lo que significar¨ªa la ruptura del acuerdo econ¨®mico, social y pol¨ªtico sobre el tema Canarias en la CE y, en ¨²ltima instancia, de la regi¨®n, que con tanto trabajo se intenta edificar.
Pedir la opci¨®n uno o la entrada en la PAC acarrea ese rompimiento; no lo hace, por el contrario, seguir dentro de la f¨®rmula obtenida, solicitando las adaptaciones necesarias de la misma.La CE no es algo est¨¢tico, sino un proceso de negociaci¨®n permanente en el que Espa?a tiene voz y voto para modificar los aspectos negativos de la aplicaci¨®n de los tratados. En este sentido, existe una absoluta cohesi¨®n entre el Gobierno de la naci¨®n y el de Canarias para solucionar la problem¨¢tica de nuestra espec¨ªfica modalidad de incorporaci¨®n bajo el soporte legal del art¨ªculo 25, apartado 4, ¨²ltimo p¨¢rrafo, del acta.
Ya en el Consejo de Ministros de Agricultura de diciembre, que fij¨® los contingentes arancelarios para 1986, se consiguieron algunas mejoras, al abrir la posibilidad de su revisi¨®n al alza, igualando, por otro lado, Canarias a la Pen¨ªnsula en lo que hace a los precios de referencia en el per¨ªodo 1986-1989.
Razones del vetoPor su parte, el Consejo de Ministros de Asuntos Exteriores viene ocup¨¢ndose de la pol¨ªtica mediterr¨¢nea de la CE. Esta tiene diversos acuerdos con terceros pa¨ªses, a los que otorga ventajas para sus exportaciones agr¨ªcolas a los mercados comunitarios. Doce pa¨ªses terceros de la cuenca del Mediterr¨¢neo (PTM) solicitaron en 1985 la revisi¨®n de sus acuerdos por entender que la ¨²ltima ampliaci¨®n incidir¨ªa negativamente en sus env¨ªos agr¨ªcolas a la CE. En consecuencia, el 25 de noviembre de dicho a?o el Consejo aprob¨® un mandato a la Comisi¨®n para negociar con los PTM.La delegaci¨®n espa?ola, en dicho contexto, efectu¨® la siguiente declaraci¨®n: "...en lo que concierne a Canarias, ¨¦stas no deber¨¢n ser objeto de un tratamiento menos favorable que el reservado a los PTM", cuesti¨®n que para Espa?a tiene car¨¢cter de previo en su resoluci¨®n antes de aceptar el mandato. Es una cuesti¨®n de principio: Canarias, aunque est¨¦ fuera de la Uni¨®n Aduanera y de la TEC, del IVA y de la PAC, como parte del territorio espa?ol pertenece a la CE, est¨¢ incorporada a la CE, es comunidad; los PTM no son comunidad, ion pa¨ªses terceros.El motivo de la declaraci¨®n fue que el documento de 25 de noviembre de 1985 conten¨ªa varias concesiones a los PTM que a priori representaban una situaci¨®n de desventaja comparativa para la agricultura isle?a. Su posterior estudio, efectuado por la Secretar¨ªa de Estado para las Comunidades Europeas, en estrecho contacto con la Consejer¨ªa de Agricultura del Gobierno de Canarias, permiti¨® descubrir un conjunto de discriminaciones de las que, en efecto, de aplicarse el mandato, ser¨ªa objeto el agro insular. De acuerdo con la disposici¨®n legal se?alada antes, era la Comisi¨®n la que, en respuesta a la declaraci¨®n espa?ola, deb¨ªa proponer al Consejo las adaptaciones del r¨¦gimen canario.
A falta de dicho pronunciamiento, lo que s¨ª hizo M. Cheysson, comisario encargado de la pol¨ªtica mediterr¨¢nea, fue ampliar los t¨¦rminos del mandato con m¨¢s concesiones a los PTM, que significaban discriminaciones adicionales. Frente a este hecho, la representaci¨®n permanente de Espa?a ante la CE elev¨® una nota verbal a la Comisi¨®n, el 18 de marzo, planteando de nuevo el asunto e insistiendo en que resultaba inaceptable que pudieran mantenerse en el futuro las desventajas comparativas de Canarias respecto. a los PTM, nota verbal que tampoco obtuvo contestaci¨®n.Ante ello, el secretario de Estado para la CE, se?or Solbes, en la sesi¨®n del Consejo del 21 de abril, se opuso a la aprobaci¨®n de las propuestas sobre ampliaci¨®n del mandato si no iban acompa?adas de ofertas para las islas. Se materializaba as¨ª la reserva formal espa?ola a las negociaciones CE-PTM, condicionando su reanudaci¨®n a que se tomara en cuenta la sensibilidad de las producciones insulares. La Comisi¨®n, a ra¨ªz de este veto, elabor¨® una comunicaci¨®n dirigida al Consejo que conten¨ªa ciertas concesiones, y que fue aportada a la sesi¨®n del 12 de mayo; en ¨¦sta, el ministro de Asuntos Exteriores, Francisco Fern¨¢ndez Ord¨®?ez, rechaz¨® tales ventajas por considerarlas insuficientes, con lo que Espa?a ratificaba su veto.
El Gobierno de la naci¨®n sigue, pues, negociando las propuestas de adaptaci¨®n del r¨¦gimen aplicable a las importaciones por la CE de productos agr¨ªcolas procedentes de Canarias bajo el principio de que, sin necesidad de renegociar el tratado, sin tener que cambiar la opci¨®n dos por la opci¨®n uno, sin que haya que integrarse en la PAC, es posible solventar las limitaciones agrarias establecidas por el protocolo n¨²mero 2, haciendo uso de lo previsto en el acta y en el contexto de las negociaciones CE-PTM.
?Por qu¨¦ en dicho contexto? Una elemental pr¨¢ctica negociadora lleva consigo una estrategia y una t¨¢ctica. La primera es modificar los aspectos que para la econom¨ªa isle?a resulten negativos por la aplicaci¨®n del acta y/o de los tratados comunitarios; t¨¢cticamente, hoy parece oportuno aprovechar la revisi¨®n de los acuerdos con los PTM para solucionar la problem¨¢tica agraria derivada de la integraci¨®n, ma?ana puede ser el acuerdo con Marruecos para resolver el tema de la pesca, y pasado ma?ana la renegociaci¨®n del convenio de Lom¨¦ III con los pa¨ªses ACP para otros logros en id¨¦ntica direcci¨®n.
Con tes¨®n y rigor en los planteamientos, Canarias lograr¨¢ mejorar su situaci¨®n dentro de la CE; pero para conseguirlo resulta fundamental presentar un frente com¨²n dotado de coherencia, pragmatismo y sensatez ante Bruselas (sin olvidar Estrasburgo, sede del Parlamento Europeo, que ha de ser o¨ªdo al respecto). De lo que se trata ahora, dejando de lado tentaciones electoralistas y absurdas pretensiones de protagonisino personal, es de sumar, no de restar, trabajando todos en el mismo sentido: la mejora de las condiciones de acceso de nuestras producciones agrarias a la CE. En este orden de cosas, a la perfecta sinton¨ªa existente entre el Gobierno de Espa?a y el canario para afrontar las preocupaciones de los agricultores isle?os por la v¨ªa del art¨ªculo 25, apartado 4, ¨²ltimo p¨¢rrafo, del acta, en el ¨¢mbito de las negociaciones sobre pol¨ªtica mediterr¨¢nea de la CE, se viene a a?adir, sum¨¢ndose a esta postura, la fundamentada propuesta a la Asamblea comunitaria de los eurodiputados Medina (vicepresidente de la misma), Llor¨¦ns y Bencomo, contando con el apoyo de los tres grupos principales de la C¨¢mara -socialistas, democristianos y liberales-, que significan los dos tercios de sus miembros.
es ingeniero agr¨®nomo e investigador cient¨ªfico en econom¨ªa y pol¨ªtica agrarias.
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