El Tribunal Constitucional ultima su fallo sobre la ley de delitos monetarios
El Tribunal Constitucional decidir¨¢ en fecha inminente sobre la constitucionalidad de la ley de Control de Cambios, que afectar¨¢ a importantes causas por delitos monetarios, pendientes ante la justicia, entre ellas el llamado caso Palaz¨®n. El pleno del alto tribunal, que el 19 de diciembre de 1985 recab¨® para s¨ª el conocimiento de un recurso de amparo que plante¨® la inconstitucionalidad de la mencionada ley, fij¨® para el pasado martes, 11 de noviembre, la deliberaci¨®n sobre este asunto, que probablemente concluir¨¢ ma?ana.
La ley de 10 de diciembre de 1979 sobre r¨¦gimen jur¨ªdico de control de cambios ha sido impugnada porque, sin tener car¨¢cter de org¨¢nica, estableci¨® para los delitos monetarios penas de privaci¨®n de libertad. El art¨ªculo 81 de la Constituci¨®n exige ley org¨¢nica para el desarrollo "de los derechos fundamentales y de las libertades p¨²blicas", entre los que figura el derecho a la libertad, por lo que s¨®lo una ley org¨¢nica puede prever que una persona sea privada de libertad.Para ajustar a la Constituci¨®n la ley de 1979, las Cortes la modificaron, mediante ley org¨¢nica de 16 de agosto de 1983. Seg¨²n se explicaba en su pre¨¢mbulo, la nueva ley consider¨® aconsejable,"en aras de una mayor seguridad jur¨ªdica de los ciudadanos, de acuerdo con nuestro orden constitucional y por resultar afectado el derecho a la libertad personal, conferir naturaleza de ley org¨¢nica al cap¨ªtulo II, que contiene las normas que disciplinan los delitos monetarios"
El 'caso Palaz¨®n'
La constitucionalidad de las penas de privaci¨®n de libertad para los delitos monetarios no es discutida a partir de la entrada en vigor de la nueva ley, el 18 de septiembre de 1983. El problema surge respecto a los delitos, cometidos durante los tres a?os y medio de vigencia de la ley de 1979 -desde el 13 de marzo de 1980 al 18 de septiembre de 1983-, per¨ªodo en el que presuntamente se cometieron algunos de los delitos monetarios de que se acusa a los procesados en el llamado caso Palaz¨®n, y en concreto, al principal implicado, Francisco Javier Palaz¨®n, as¨ª como al catedr¨¢tico Eduardo Garc¨ªa de Enterr¨ªa y a su esposa, Amparo Lorenzo-Vel¨¢zquez.El estudio sobre la constitucionalidad de los delitos monetarios tipificados en la ley de1979 ha llegado al Tribunal Constitucional con ocasi¨®n de un recurso de amparo contra una sentencia de la Audiencia Nacional, confirmada por el Tribunal Supremo, que conden¨® a seis meses de privaci¨®n de libertad a un autor de delitos monetarios anteriores a septiembre de 1983. Carlos Garc¨ªa de Ceca, ahogado del recurrente, solicit¨® de la sala segunda del alto tribunal que suspendiera la ejecuci¨®n de la sentencia- y elevara el asunto al pleno, al que corresponde el estudio de la posible inconstitucionafldad de las leyes.
El 7 de agosto de 1985 (ve¨¢se EL PA?S del 11 de septiembre de 1985), la sala accedi¨® a la suspensi¨®n de la ejecuci¨®n de la sentencia y el 18 de diciembre del mismo a?o propuso al pleno que recabara para s¨ª el conocimiento del recurso. As¨ª lo hizo al d¨ªa siguiente el pleno del Tribunal Constitucional. En febrero de 1986, al cesar como magistrado Francisco Pera Verdaguer, le sustituy¨® como ponente Eugenio D¨ªaz-Eimil, quien ya tiene preparado un proyecto de sentencia, que el pasado martes comenz¨® a ser estudiado por el pleno del tribunal.
Seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, la sentencia, que probablemente se conocer¨¢ ma?ana, podr¨ªa declarar inconstitucionales las penas privativas de libertad establecidas en la ley 40/1979 -con lo que quedar¨ªan subsistentes las penas pecuniarias- o la inconstitucionalidad de todo el cap¨ªtulo de la misma relativo a delitos monetarios. En este ¨²ltimo supuesto se producir¨ªa la impunidad total para los delitos monetarios cometidos durante los tres a?os y medio de vigencia de la ley 40/1979, ya que ¨¦sta, a su vez, derog¨® la ley de delitos monetarios de 1938.
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