Abierto expediente a F¨¦lix Pastor Ridruejo por presunta infracci¨®n urban¨ªstica
La Consejer¨ªa de Ordenaci¨®n Territorial de la Comunidad de Madrid ha abierto expediente por presunta infracci¨®n urban¨ªstica a F¨¦lix Pastor Ridruejo, notario y destacado militante de Alianza Popular, encargado por su partido de la organizaci¨®n del pr¨®ximo congreso. Seg¨²n el expediente, F¨¦lix Pastor, en su calidad de notario, infringi¨® uno de los art¨ªculos de la ley de Disciplina Urban¨ªstica de la Comunidad de Madrid, al otorgar escritura p¨²blica a la parcelaci¨®n de una finca r¨²stica que no ten¨ªa la extensi¨®n suficiente para ser parcelada ni contaba con licencia municipal.
La apertura del expediente fue notificada al notario mediante una resoluci¨®n fechada el 29 de septiembre y firmada por el consejero de Ordenaci¨®n Territorial, Eduardo Mangada. Una copia del expediente fue remitida el 8 de octubre a la Direcci¨®n General de Registros y Notar¨ªas, del Ministerio de Justicia, para que dicha direcci¨®n general tomara las medidas oportunas en el ¨¢mbito de su competencia.Seg¨²n narra el expediente en curso, F¨¦lix Pastor otorg¨® escritura p¨²blica, el pasado 24 de abril, a la parcelaci¨®n de una finca r¨²stica de 50.000 metros cuadrados, situada en el t¨¦rmino municipal de Colmenarejo y propiedad de Jos¨¦ Manuel Pombo, que qued¨® dividida en dos fincas de 25.000 metros cuadrados.
Al ser una finca calificada como r¨²stica, la parcela m¨ªnima de actuaci¨®n es de tres hect¨¢reas, 30.000 metros cuadrados, por lo que no puede ser dividida en dos fincas de 25.000 metros cuadrados; cada una. Al mismo tiempo, la ley Sobre Medidas de Disciplina Urban¨ªstica, aprobada por la Asamblea de Madrid el 10 de febrero de 1984, establece que las parcelaciones de fincas r¨²sticas deber¨¢n contar previamente con licencia municipal, requisito que tampoco se cumpl¨ªa.
La ley Sobre Medidas de Disciplina Urban¨ªstica, en su art¨ªculo 15.6, se?ala: "Los notarios y registradores de la propiedad no proceder¨¢n a autorizar e inscribir, respectivamente, escritura de divisi¨®n de terrenos sin que se acredite previamente el otorgamiento de la licencia de parcelaci¨®n, tanto urban¨ªstica como r¨²stica, que los primeros deber¨¢n testimoniar en el documento".
Este art¨ªculo, considerado como uno de los m¨¢s importantes de la ley, est¨¢, dirigido fundamentalmente a atajar el fen¨®meno de las urbanizaciones ilegales, que se generan cuando fincas r¨²sticas de grandes extensiones son parceladas y vendidas a bajo precio a particulares.
El Gobierno regional valor¨® que si los notarios se negaran a escriturar parcelaciones presentadas sin la correspondiente licencia municipal los promotores de dichas urbanizaciones se ver¨ªan en muchas dificultades para vender las parcelas, ya que sus posteriores compradores no podr¨ªan escriturarlas despu¨¦s.
"En resumen, afirm¨® una fuente de la Consejer¨ªa de Ordenaci¨®n Territorial, "se trata de un caso de segregaci¨®n sin licencia, y la presunta responsabilidad del notario se centra en que no comprob¨®, antes de otorgar la escritura, si se hab¨ªan cumplido todos los tr¨¢mites previos".
Pliego de descargo
F¨¦lix Pastor afirm¨® ayer que tiene constancia de la apertura del expediente y que ya ha enviado su pliego de descargo a la Direcci¨®n General de Registros y Notar¨ªas: "No entro a explicar los razonamientos del pliego de descargo", afirm¨®, "porque se refieren a complejidades t¨¦cnicas de dif¨ªcil comprensi¨®n para el profano, pero le aseguro que el tema no tiene demasiada importancia, entre otras cosas porque la operaci¨®n de esa parcelaci¨®n se inici¨® cuando la ley a¨²n no exist¨ªa. Estoy tranquilo, y, por supuesto, me someter¨¦ a las conclusiones de la direcci¨®n general".F¨¦lix Pastor a?adi¨®: "Conozco perfectamente la ley Sobre Medidas de Disciplina Urban¨ªstica y todas las emanadas desde el Gobierno regional, como es mi obligaci¨®n, y siempre he sido muy escrupuloso en el cumplimiento de las disposiciones legales. Pero yo tambi¨¦n soy humano, y cualquiera puede cometer un error".
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