Flick y Flock
"Ni FLICK ni Flock", dijo llanamente el presidente del Gobierno cuando el PSOE se vio acusado de obtener irregularmente fondos de ese consorcio alem¨¢n occ¨ªdental. Pues bien, a?os m¨¢s tarde, y tras una leve condena en la Rep¨²blica Federal de Alemania a los pol¨ªticos responsables del esc¨¢ndalo Flick, el Parlamento espa?ol se apresta a entender de la manera c¨®mo han ,de financiarse en el futuro los partidos.Una de las demostraciones de la escasa implantaci¨®n social de los partidos en nuestro pa¨ªs es la necesidad que tienen de acudir al dinero p¨²blico para sobrevivir dado que las cuotas de sus afiliados y las donaciones no cubren sus cuantiosos d¨¦ficit. As¨ª que el Congreso debatir¨¢ en breve una nueva proposici¨®n de ley sobre el asunto. El borrador ha sido objeto de negociaciones entre los grupos y cuenta con el apoyo de todas las formaciones parlamentarias, con excepci¨®n de los nacionalistas vascos y catalanes.
La elaboraci¨®n de esta proposici¨®n de ley es consecuencia de los debates a que dieron origen las revelaciones, a finales de 1984, sobre aportaciones del consorcio Flick, a trav¨¦s del Partido Socialdem¨®crata Alem¨¢n (SPD), al PSOE. Se puso de manifiesto que pr¨¢cticamente todos los partidos hab¨ªan recibido ayudas procedentes del exterior a trav¨¦s de instituciones relacionadas con grupos pol¨ªticos hom¨®logos de los beneficiarios. Tambi¨¦n se supo de la existencia de todo un mundo subterr¨¢neo que pon¨ªa en relaci¨®n el dinero y la pol¨ªtica a trav¨¦s de los m¨¢s insospechados cauces. La comisi¨®n creada elabor¨® un dictamen cuya principal conclusi¨®n fue la conveniencia de elaborar una ley de financiaci¨®n de los partidos como la que ahora va a debatirse.
No es ¨¦sta la ¨²nica v¨ªa de canalizaci¨®n de fondos p¨²blicos hacia los partidos pol¨ªticos: existen adem¨¢s las compensaciones por gastos de campa?a electoral y las subvenciones a los grupos parlamentarios, que se mantienen en los t¨¦rminos actuales. Lo oue el nuevo proyecto regula son otras subvenciones estatales anuales, destinadas a sufragar nada menos que los gastos de funcionamiento ordinario de los partidos. La proposici¨®n de ley prev¨¦ el reparto, en proporci¨®n al n¨²mero de votos y esca?os obtenidos, de una cantidad fija establecida cada a?o en los Presupuestos Generales del Estado.
Se regulan tambi¨¦n los requisitos para la recepci¨®n de contribuciones o donaciones privadas: no podr¨¢n sef an¨®nimas ni procedentes de empresas p¨²blicas o privadas con contrato de prestaci¨®n de servicios a la Administraci¨®n, ni superar los 10 millones de pesetas anuales por cada persona fisica o jur¨ªdica donante. Se consideran il¨ªcitas las donaciones procedentes de Gobiernos u organismos p¨²blicos extranjeros, pero no las de personas particulares de otros pa¨ªses. La ley regula tambi¨¦n los mecanismos de fiscalizaci¨®n, a trav¨¦s del Tribunal de Cuentas, de las finanzas de los partidos, as¨ª como las obligaciones contables de ¨¦stos, de forma que pueda conocerse en todo momento su situaci¨®n patrimonial.
El proyecto elimina una disposici¨®n, que figur¨® en uno de los primeros borradores, seg¨²n la cual el Estado se har¨ªa cargo de las deudas acumuladas por los partidos hasta el momento de entrada en vigor de la ley. La banca es acreedora actualmente, seg¨²n estimaciones prudentes, de m¨¢s de 11.000 millones de pesetas adeudadas por los principales partidos, siendo el PSOE y Alianza Popular los m¨¢s endeudados. El proyecto prev¨¦ la utilizaci¨®n de un m¨¢ximo del 25% de los ingresos anuales de cada partido a amortizaci¨®n de deudas e intereses.
Espa?a no figura entre los pa¨ªses del continente que dedican m¨¢s dinero a la financiaci¨®n de las actividades pol¨ªticas. En Francia, seg¨²n un estudio de The Economist, un diputado cuesta al a?o al erario p¨²blico, considerando todas las partidas presupuestar¨ªas correspondientes, unos 445.000 d¨®lares, m¨¢s del doble que en el Reino Unido o Espa?a, donde el coste es de unos 175.000 d¨®lares. En la Rep¨²blica Federal de Alemania o en Italia, la cifra se acerca a los 400.000 d¨®lares. En este ¨²ltimo pa¨ªs funciona una ley similar a la que ahora va a aprobarse en Espa?a. La cantidad destinada a la financiaci¨®n directa de los partidos italianos ser¨¢ en 1987 de unos 13.500 millones de pesetas. Los presupuestos espa?oles para este a?o -la ley cuya tramitaci¨®n se inicia ahora tendr¨¢ car¨¢cter retroactivo a 1 de enero de 1987- prev¨¦n para este fin una partida de 7.500 millones de pesetas.
El debate de 1984 demostr¨® la falta de transparencia de las cuentas de los partidos, el origen irregular de muchos fondos y la opacidad general que rodea todo el asunto: desde los fondos reservados incluidos en los Presupuestos Generales del Estado hasta la recepci¨®n de comisiones por contratos entr¨¦ instituciones p¨²blicas y empresas privadas, pasando por las minutas de gabinetes de estudio relacionados con los partidos y a los que ayuntamientos, diputaciones, Gobiernos aut¨®nomos y toda clase de organismos de la Administraci¨®n encargan dict¨¢menes sobre las m¨¢s diversas cuestiones. Ser¨ªa ingenuo pensar que la iniciativa parlamentaria ahora adoptada vaya a acabar totalmente con la hipocres¨ªa, de un lado, y la atm¨®sfera de permanente sospecha, por otro, que rodea la cuesti¨®n. Pero puede contribuir a disminuir la una y la otra. Lo ¨²nico que cabe esperar es que esa financiaci¨®n p¨²blica no sirva primordialmente para reforzar el poder.casi omn¨ªmodo con que cuentan las c¨²pulas de los partidos, sino que obligue a compromisos objetivos de democratizaci¨®n interna de ¨¦stos y a reformas que agilicen y revitalicen el Parlamento.
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