Hacia la normalizacion del sistema sanitario p¨²blico
En la necesidad de modificar el actual sistema de retribuciones del Insalud est¨¢ de acuerdo tanto la Administraci¨®n como los sindicatos: la falta de racionalidad de los sistemas actuales, el excesivo n¨²mero de conceptos retributivos, su falta de funcionalidad, la escasa transparencia y dificultad en su control, la pobre correlaci¨®n entre el servicio prestado y la retribuci¨®n percibida dejan fuera de duda la conveniencia de su modificaci¨®n.El Ministerio de Sanidad y Consumo inici¨® a comienzos del presente a?o una serie de negociaciones con las centrales sindicales del sector sanitario, encaminadas a desarrollar uno de los aspectos m¨¢s importantes de la ley General de Sanidad: la elaboraci¨®n de un estatuto-marco para el personal que trabaja en la sanidad p¨²blica.
Dicho estatuto debe regular el sistema retributivo, adem¨¢s de otros aspectos, como son el sistema de selecci¨®n y provisi¨®n de puestos de trabajo, derechos y obligaciones. Unos d¨ªas atr¨¢s, la Administraci¨®n entreg¨® a las centrales sindicales una propuesta sobre el modelo retributivo, enmarcada en una serie de medidas a contemplar dentro del nuevo estatuto-marco.
De entre el conjunto de medidas que dan coherencia al nuevo modelo retributivo y que deber¨¢n estar comprendidas en el estatuto-marco se pueden destacar la desaparici¨®n de las plazas vitalicias en las jefaturas de servicio y de secci¨®n, tal como sucede en los sectores p¨²blico y privado, con respecto a los derechos adquiridos de los actuales responsables, as¨ª como la jubilaci¨®n a los 65 a?os de edad y la aplicaci¨®n de las incompatibilidades como al resto del personal al servicio de las administraciones p¨²blicas.
Entre las medidas estatutarias mencionadas, la garant¨ªa del ejercicio del derecho al traslado entre las distintas ¨¢reas de salud posibilitar¨¢ la libre y voluntaria circulaci¨®n de los profesionales en todo el territorio nacional, as¨ª como la movilidad dentro del ¨¢rea de salud. Asimismo, la regulaci¨®n de los horarios de trabajo de los centros sanitarios permitir¨¢ adecuar los servicios a las necesidades de la poblaci¨®n.
Las medidas descritas, entre. otras, tratan de adaptar el marco de relaciones laborales a las necesidades del sistema sanitario y a las que imperan en otros ¨¢mbitos. Es, por tanto, dentro de este marco donde se debe analizar el modelo retributivo propuesto.
El sistema propuesto contribuir¨¢ a prestar un servicio sanitario mejor y de m¨¢s calidad, al incentivar la plena dedicaci¨®n de los profesionales de la sanidad p¨²blica y primar a aquellos servicios que presten una mejor asistencia. De esta forma se crea un est¨ªmulo positivo para la formaci¨®n de nuevos equipos de atenci¨®n primaria y para la integraci¨®n de especialistas de cupo en los servicios hospitalarios.
Incremento salarial
La modificaci¨®n del sistema retributivo se acompa?a de la garant¨ªa de unas retribuciones adecuadas para todo el personal delsistema sanitario p¨²blico, equipar¨¢ndolas, cuando no lo est¨¦n a las del resto del sector p¨²blico. Esto supondr¨¢ un incremento salarial que probablemente haya que instrumentar en m¨¢s de un ejercicio econ¨®mico. Por tanto, como se trata de una modificaci¨®n del sistema retributivo, se puede afirmar que nadie pierde salario con su aplicaci¨®n, mientras que aquellos profesionales con plena dedicaci¨®n a la sanidad p¨²blica ver¨¢n notablemente incrementadas sus retribuciones.
En relaci¨®n a los profesionales sanitarios, e independientemente del incremento de las retribuciones, el modelo propuesto tiene la virtud de solventar algunos aspectos que, habiendo sido motivo de debate durante largo tiempo, produc¨ªan una justificada incertidumbre. Un ejemplo de esta situaci¨®n es la aplicaci¨®n de la Ley 53/1984, sobre incompatibilidades: en la medida que el antiguo modelo no primaba la plena dedicaci¨®n mediante una retribuci¨®n suficiente, la aplicaci¨®n de la ley era cuestionada por amplios sectores profesionales, mientras que el modelo propuesta crea un marco en el cual tanto la Administraci¨®n como los profesionales conocen perfectamente unas reglas claramente establecidas.
Un ¨²ltimo aspecto quisiera destacar dentro de las medidas propuestas, pues supone a mi juicio un beneficio tanto para los profesionales del sector como para los usuarios de los servicios p¨²blicos de salud: la revitalizaci¨®n del sistema sanitario. La Jubilaci¨®n a los 65 a?os, la desaparici¨®n de las jefaturas vitalicias y el establecimiento de una carrera sanitaria son medidas que tienden a combatir la esclerosis progresiva a la que estaba abocado el sistema de salud, que es una causa importante de desmotivaci¨®n de sus profesionales.
En definitiva, el modelo estatutario retributivo propuesto, que introduce nuevos conceptos normales fuera de la sanidad, establece unas bases de relaciones laborales para los profesionales del sistema sanitario p¨²blico equiparables a las existentes en aquellos pa¨ªses occidentales desarrollados que cuentan con un sistema nacional de salud similar al que la ley General de Sanidad crea. La consolidaci¨®n del sistema nacional de salud exige solucionar de forma definitiva los m¨²ltiples problemas arrastrados, algunos de ellos provenientes del inicio del sistema espa?ol de la Seguridad Social. En la medida en que no se aborden las reformas precisas a trav¨¦s de la aplicaci¨®n de la ley General de Sanidad, estaremos ante un modelo sanitario no totalmente definido, que puede seguir alimentando la frustraci¨®n de algunos profesionales y que no permitir¨¢ la plena funcionalidad de los servicios sanitarios p¨²blicos, que deber¨ªan tener como ¨²nica finalidad y raz¨®n de ser prestar el mejor servicio posible a los usuarios.
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