El bracero Pedro Gonz¨¢lez huye al extranjero para eludir la prision
El jornalero Pedro Gonzalez, condenado a cuatro meses de arresto mayor por la ocupaci¨®n de una finca, abandon¨® ayer Espa?a y se encuentra en lugar que a¨²n no ha sido revelado, seg¨²n informaron fuentes de CC OO de Sevilla. Mientras tanto, el presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla, Francisco Escobar Gallego, ha discrepado p¨²blicamente de la sentencia dictada por la Sala primera de la propia Audiencia, por la que se condena a tres jornaleros a penas de cuatro meses de arresto y multa de 100.000 pesetas por un delito de coacciones.
En un voto particular adjuntado a la sentencia, Francisco Escobar considera que los hechos juzgados -paralizaci¨®n de maquinaria en demanda de empleo-, no son delito, sino s¨®lo falta. ?sta es la primera vez que se produce una discrepancia de estas caracter¨ªsticas en una sentencia contra jornaleros por acciones reivindicativ¨¢s.La discrepancia del presidente de la Audiencia de Sevilla se hac¨ªa p¨²blica a la vez que se conoc¨ªa que el jornalero Pedro Gonz¨¢lez, condenado a cuatro meses de arresto mayor por ocupaci¨®n de una finca, hab¨ªa decidido exiliarse para no ingresar en prisi¨®n.
El jornalero encausado, residente en la localidad sevillana de La Algaba y afiliado a CC OO del Campo, mantuvo un encierro de varios d¨ªas en la catedral de Sevilla, que abandon¨® ante el temor de ser detenido. Seg¨²n CC OO, tambi¨¦n se produjo un intento de detenci¨®n al finalizar la conferencia de prensa que Gonz¨¢lez ofreci¨® el lunes en Madrid, lo que aconsej¨® su traslado al extranjero. Comisiones Obreras anunci¨¦ ayer que intentar¨¢ la vuelta a Espa?a de Gonz¨¢lez, para que participe en un acto que se celebrar¨¢ en Sevilla.
Cuatro meses de arresto
Pedro Gonz¨¢lez aparece tambi¨¦n implicado en la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de la que ha disentido su presidente. La sentencia -que condena al secretario general del SOC, Diego Ca?amero, y a Feliciano P¨¦rez- rechaza el recurso interpuesto contra una anterior del juzgado de instrucci¨®n de Mor¨®n de la Frontera, que condenaba a los tres encausados a cuatro meses de arresto mayor y multa de 100.000 pesetas, y la ratifica en todos sus extremos. Francisco Escobar qued¨® en minor¨ªa frente a los otros dos magistrados.Los hechos juzgados, calificados por el juzgado de Mor¨®n como delito de coacciones con el agravante de reincidencia, sucedieron en agosto de 1984, cuando un grupo de jornaleros acudi¨® a la finca Las Marinas, propiedad de Ignacio S¨¢nchez Ibarguen, para exigir trabajo en las tareas de recolecci¨®n de la remolacha. Seg¨²n la sentencia del juzgado de Mor¨®n, los jornaleros paralizaron mediante coacciones el funcionamiento de las m¨¢quinas que trabajaban en la finca.
En el voto particular de Francisco Escobar se se?ala como probado que los jornaleros "actuaron de forma pac¨ªfica", que "abandonaron la finca cuando apareci¨® la Guardia Civil" y que "algunas de las m¨¢quinas que trabajaban en la recogida de la remolacha pararon sin que haya quedado acreditada la causa". El magistrado Escobar, que cita jusrisprudencia del Tribunal Constitucional, consideran que no se dieron en los hechos los requisitos exigidos en el C¨®digo Penal para la calificaci¨®n de un delito de coacciones, y, adem¨¢s, invoca el principio de favorecer al encausado en caso de duda sobre los hechos que se juzgan.
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