La Audiencia de Bilbao condena al 'etarra' y diputado de HB Yoldi a 25 a?os de c¨¢rcel
El pleno de la Audiencia Territorial de Bilbao ha condenado al parlamentario de Herri Batasuna (RB) Juan Carlos Yoldi M¨²gica a un total de 25 a?os de c¨¢rcel, a Jos¨¦ Goikoetxea Munduate a 16 a?os y a Jos¨¦ Mar¨ªa Liz¨¢rraga Goikoetxea a 15 a?os de c¨¢rcel, todos ellos como autores, entre otros delitos, del de integraci¨®n en la banda terrorista ETA. El tribunal absuelve a los otros dos procesados, Jos¨¦ Suqu¨ªa Arruebarrena y Mar¨ªa del Carmen Ayerbe.
Adem¨¢s de por el delito de integraci¨®n en bandas terroristas por el que el tribunal impone a Yoldi y Liz¨¢rraga siete a?os de c¨¢rcel y 300.000 pesetas de multa a cada uno y a Goikoetxea seis a?os y 150.000 pesetas de multa-, el fallo incluye las siguientes penas: para Yoldi y Liz¨¢rraga, ocho a?os de prisi¨®n para cada uno por el delito de dep¨®sito de armas de guerra, y para Yoldi y Goikoetxea, 10 a?os de c¨¢rcel a cada uno por los delitos de estragos, lesiones graves y menos graves y por una falta contra las personas.El tribunal absuelve libremente a Suqu¨ªa del delito de pertenencia a banda armada, por el que el fiscal ped¨ªa siete a?os de c¨¢rcel, y a Ayerbe del de detenci¨®n ilegal o colaboraci¨®n con bandas armadas, por el que solicitaba seis meses de c¨¢rcel. Igualmente absuelve libremente a los tres condenados de los restantes delitos de los que les acusaba el fiscal, que son los siguientes: a Goikoetxea, del delito de dep¨®sito de armas de guerra, por el que solicitaba tres a?os de c¨¢rcel; a Liz¨¢rraga, del delito de robo con intimidaci¨®n y porte de arma, por el que ped¨ªa dos a?os de c¨¢rcel, y de dos delitos de terrorismo, por los que solicitaba 11 a?os de c¨¢rcel por cada uno de ellos, y a Yoldi, de tres delitos de terrorismo por los que ped¨ªa igualmente 11 a?os de c¨¢rcel por cada uno de ellos.
La decisi¨®n del tribunal de absolver a Yoldi y Liz¨¢rraga de los cinco delitos de terrorismo que les imputaba el fiscal -con una petici¨®n global de 55 a?os de c¨¢rcel- ha obviado, en la l¨ªnea de lo anticipado ayer por EL PAIS, el planteamiento de la cuesti¨®n de inconstitucionalidad solicitada por el abogado defensor I?igo Iru¨ªn con relaci¨®n al art¨ªculo 8 de la ley Antiterrorista.
"El tribunal no llega a dar por probado que alguno o algunos de los procesados", dice uno de los fundamentos de derecho de la sentencia, "tuviere participaci¨®n en los hechos relativos" a los supuestos delitos de terrorismo. De ah¨ª que el tribunal diga que "el fallo al que se llegar¨¢ en esta resoluci¨®n no depende de la validez o no de la norma cuestionada". Toda la sentencia significa una dura cr¨ªtica al fiscal y a su falta de iniciativa y de eficacia para destruir la presunci¨®n de inocencia con una m¨ªnima actividad probatoria. Seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, la sentencia ser¨¢ recurrida en casaci¨®n tanto por los condenados como por el fiscal.
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