El Canal de Isabel II sustituy¨® la manguera averiada despu¨¦s de la explosi¨®n de gas
Empleados del Canal de Isabel II retiraron una manguera de agua de la conducci¨®n averiada en la calle de Arroyo Bueno, 20, de Madrid, despu¨¦s de la explosi¨®n de gas del 6 de agosto pasado, que ocasion¨® cuatro muertos y una veintena de heridos, y la sustituyeron por otra en buen estado, seg¨²n fuentes cercanas a la investigaci¨®n judicial. Seg¨²n las mismas fuentes, la manguera averiada est¨¢ actualmente en poder del juez instructor del caso, Jos¨¦ Ignacio Parada V¨¢zquez.
Cuando los peritos judiciales llevaron a cabo la primera inspecci¨®n ocular en el lugar del accidente, en la madrugada del 8 de agosto, la manguera averiada que hab¨ªa producido una fuga de agua hab¨ªa sido sustituida por otra nueva. Seg¨²n ha podido saber EL PA?S, los peritos solicitaron que les fuera presentada la manguera original al d¨ªa siguiente para poder examinarla. Las pruebas que realizaron les permitieron encontrar una posici¨®n tal de la manguera que el agua que sal¨ªa por el orificio de ¨¦sta apuntaba exactamente al agujero encontrado en la tuber¨ªa de gas, lo que confirma las hip¨®tesis de una primera inspecci¨®n t¨¦cnica, hecha p¨²blica al d¨ªa siguiente de la explosi¨®n y ratificada por el Gobierno regional, as¨ª como las l¨ªneas que sigue la investigaci¨®n judicial. (ver EL PA?S del 8 y 13 de agosto). Ambas direcciones apuntan la posibilidad de que una fuga de agua previa produjese una abrasi¨®n en la tuber¨ªa del gas.
Otra circunstancia coadyuvante podr¨ªa haber sido el que la distancia entre la tuber¨ªa de gas y la manguera de agua, que, seg¨²n la legislaci¨®n vigente sobre redes y acometidas de combustibles gaseosos, debe ser como m¨ªnimo de 20 cent¨ªmetros en recorridos paralelos y de 10 en los puntos de cruce -que ¨¦ste ser¨ªa el caso-, no era mayor de cinco cent¨ªmetros.
Partes de aver¨ªas
En el caso de que una perforaci¨®n causada accidentalmente por el pico de un operario en una aver¨ªa anterior hubiera producido alg¨²n da?o a dichas conducciones, la excesiva cercan¨ªa entre ambas habr¨ªa acortado el proceso de abrasi¨®n que finalmente condujo a la salida y acumulaci¨®n de gas previa a la explosi¨®n. El examen de los partes de aver¨ªas del Canal y las preceptivas licencias de calas del Departamento de V¨ªas P¨²blicas del ayuntamiento podr¨ªan arrojar alguna luz sobre este extremo. La reglamentaci¨®n sobre acometidas el¨¦ctricas exige, lo mismo que la de combustibles gaseosos, una distancia m¨ªnima entre sus conducciones y cualesquiera otras. Sin embargo, no sucede as¨ª en el Reglamento para el Servicio y Distribuci¨®n de las Aguas del Canal de Isabel II, que no cuantifica la distancia exigible entre sus conducciones y las otras.
As¨ª pues, en este caso ser¨ªa necesario establecer las fechas de instalaci¨®n de las conducciones de gas y agua, ya que el que se hubiera instalado en ¨²ltimo lugar habr¨ªa contravenido en cualquier caso la reglamentaci¨®n sobre acometidas de gas. En las 13 calas realizadas a lo largo de Arroyo Bueno para revisar el estado de las acometidas se ha encontrado m¨¢s de una manguera no ya a menor distancia de la exigida por la ley sino pegada a la del gas.
La influencia que haya podido tener el macizado (relleno y apisonado con arena de las partes huecas de la cala, operaci¨®n posterior a la instalaci¨®n de las conducciones), en el acortamiento de distancias entre ¨¦stas, es algo que tendr¨¢ que establecer la investigaci¨®n judicial. La Ordenanza de Actuaci¨®n en Suelo y Subsuelo en los Espacios de Dominio y Uso P¨²blico del Ayuntamiento de Madrid establece que esta operaci¨®n de macizado "est¨¢ sujeta al control de calidad municipal".
Las compa?¨ªas tienen que presentar los planos de nuevas conducciones al ayuntamiento, quien debe aprobarlos, coordinarlos y solucionar las posibles interferencias seg¨²n la ordenanza vigente. ?sta, sin embargo, no le atribuye ninguna funci¨®n de inspecci¨®n para comprobar que la instalaci¨®n cumple los requisitos legales.
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