Multas de hasta 100 millones contra la falsificaci¨®n de licencias
La falsificaci¨®n de licencias de importaci¨®n o exportaci¨®n y de certificados de origen ser¨¢ sancionada con multas entre 100.000 pesetas y 100 millones, seg¨²n la nueva ley de Sanciones Comerciales que prepara la Secretar¨ªa de Estado de Comercio.Aunque existe ya una legislaci¨®n que por v¨ªa penal castiga este tipo de pr¨¢cticas, hasta la fecha, de los aproximadamente 15 o 20 casos detectados de falsificaci¨®n de licencias de importaci¨®n cada a?o -sobre las m¨¢s de un mill¨®n que se emiten- no ha existido ninguna condena en firme.
Una licencia de importaci¨®n faIsificada se cotiza en estos momentos a unos 13 millones de pesetas en una especie de mercado negro que funciona en Espa?a, seg¨²n fuentes de Comercio.
La dificultad para penalizar este tipo de actuaciones radica, en la mayor parte de los casos, en que "es muy dif¨ªcil llegar hasta el ¨²ltimo culpable de la falsificaci¨®n" ya que las licencias pasan de unas manos a otras, seg¨²n las mismas fuentes. En la mayor parte de los casos, la infracci¨®n se detecta por la v¨ªa del chivatazo de empresas de la competencia.
En estos momentos existen dos procesos judiciales abiertos por falsificaci¨®n de licencias de importaci¨®n. Se trata de licencias falsas para importar productos sider¨²rgicos de la Comunidad Europea (CE) en el que est¨¢n encausadas dos empresas comercializadoras y otro proceso por importaciones de productos textiles procedentes de Extremo Oriente, ambos iniciados el pasado a?o.
Nuevo sistema
El nuevo sistema de sanciones administrativas permitir¨¢ seg¨²n las mismas fuentes, castigar de una forma m¨¢s efectiva y r¨¢pida a los culpables con independencia de que de sus actuaciones puedan derivarse otras responsabilidades penales, cuyo procedimierito siempre es m¨¢s lento y, por la experiencia, se ha revelado ineficaz.La nueva ley evaluar¨¢ las sanciones en funci¨®n de criterios como la reincidencia o el volumen de la operaci¨®n.
Las infracciones se tipifican seg¨²n se trate de licencias falsas o aut¨¦nticas en las que se manipula su contenido incluyendo datos deliberadamente err¨®neos o alargando su plazo de validez. Tambi¨¦n se sancionar¨¢ la falsificaci¨®n de certificados de origen para las llamadas operaciones triangulares en productos especialmente sensibles como armamento o tecnolog¨ªa de doble uso.
Una segunda categor¨ªa de infracciones consiste en falsear el nombre del producto que se va a exportar o en si las muestras que se env¨ªan para pedir la licencia de exportaci¨®n no se corresponden despu¨¦s con su contenido, etc¨¦tera.
Est¨¢ en estudio incluir dentro de estas sanciones los delitos o infracciones respecto al seguro de cr¨¦dito a la exportaci¨®n.
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