El fiscal se opondr¨¢ a la concesi¨®n de la libertad condicional solicitada por el ex general Armada
El fiscal del Tribunal Supremo, Eduardo Montull Lavilla, se opondr¨¢ el pr¨®ximo viernes, 19 de agosto, al recurso del ex general Alfonso Armada -que cumple condena por su participaci¨®n en la intentona golpista del 23-F- sobre concesi¨®n de la libertad condicional, seg¨²n aseguraron a este peri¨®dico fuentes jur¨ªdicas informadas sobre la actitud que adoptar¨¢ el fiscal. Aunque la Sala de Vacaciones del Tribunal Supremo votar¨¢ el mismo d¨ªa 19, la resoluci¨®n, que elaborar¨¢ el ponente del caso y presidente de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, Jos¨¦ Jim¨¦nez Villarejo, no se conocer¨¢ antes del lunes 22 de agosto.
Fuentes de la mencionada sala de vacaciones afirmaron a EL PA?S que, sea cual sea la decisi¨®n que se adopte, la resoluci¨®n abordar¨¢ todas las cuestiones jur¨ªdicas planteadas en torno a la solicitud de libertad condicional y no s¨®lo la de si el reglamento penitenciario aplicable es el militar o el com¨²n.De acuerdo con el tratamiento estrictamente jur¨ªdico que, seg¨²n tales fuentes, aplicar¨¢ la sala, ser¨¢n descartadas determinadas argumentaciones pol¨ªticas que se han utilizado en los ¨²ltimos meses, tales como el deseo del Gobierno de que no se produzca en prisi¨®n el fallecimiento de ninguno de los condenados por el 23-F, a las que siempre puede responderse mediante el indulto.Ma?ana concluye el plazo de tres d¨ªas dado al Ministerio Fiscal para que se instruya del recurso presentado por el ex general Armada contra la negativa del juez togado militar a concederle la libertad provisional. Tal negativa se produjo tras un primer intento del mencionado juez togado militar de considerarse no competente. El pasado 16 de junio, la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo orden¨® al juez militar que resolviera en primera instancia sobre la cuesti¨®n, sin perjuicio de que correspondiera a la sala conocer el eventual recurso.Estructura jer¨¢rquicaEl fiscal no recurri¨® la denegaci¨®n de la libertad condicional efectuada por el juez militar. Seg¨²n las fuentes jur¨ªdicas antes citadas, el fiscal del Tribunal Supremo fundamentar¨¢ su informe oral ante la sala de vacaciones del alto tribunal en los argumentos utilizados por el mencionado juez militar. Dada la estructura jer¨¢rquica del Ministerio Fiscal, dependiente del fiscal general del Estado, la actitud inicial del fiscal del caso, Eduardo Montull, podr¨ªa haberse modificado si hubiera recibido instrucciones en ese sentido. Sin embargo, seg¨²n las mencionadas fuentes, tales instrucciones no se han producido hasta el momento.El principal razonamiento para oponerse a la petici¨®n de libertad condicional del ex general Armada es la estimaci¨®n de que no es de aplicaci¨®n el reglamento penitenciario com¨²n, sino el militar.Sin embargo, el defensor de Armada, el abogado Ram¨®n Hermosilla, estim¨® de aplicaci¨®n el art¨ªculo 60 del reglamento penitenciario com¨²n, seg¨²n el cual los sentenciados que hubieren cumplido los 70 a?os de edad [circunstancia que no se da en el ex general Armada, de 68 a?os] o cuando se trate de "enfermos muy graves, con padecimientos incurables", podr¨¢n obtener la libertad condicional, aunque no hayan cumplido las tres cuartas partes de la condena.El reglamento penitenciario militar que, tanto el juez militar como el fiscal del Supremo consideran aplicable, no prev¨¦ la concesi¨®n de la libertad condicional por circunstancias ajenas a la de extinci¨®n de las tres cuartas partes de la condena. Armada cumple condena superior a 26 a?os, de los que lleva cumplidos siete y medio. Desde hace varios meses, Armada se encuentra ingresado en el Hospital Militar G¨®mez Ulla, aquejado de una enfermedad que, seg¨²n los m¨¦dicos que le atienden, presenta las caracter¨ªsticas de "incurable".El certificado m¨¦dico del jefe del servicio de cardiolog¨ªa del Hospital G¨®mez Ulla, aportado por los abogados de Armada, se?ala que el ex general padece "una arritmia cardiaca por fibrilaci¨®n auricular, que le ha desencadenado una embolia cerebral". Asimismo, indica que "est¨¢ sometido a tratamiento anticoagulante, que precisa de la realizaci¨®n de frecuentes controles anal¨ªticos" y dice tambi¨¦n que "se trata de una enfermedad grave e incurable, que presenta riesgo de repetir las embolias cerebrales, por lo que es necesario que est¨¦ sometido a estrecha y frecuente vigilancia m¨¦dica".Enfermos terminalesSeg¨²n las fuentes jur¨ªdicas antes mencionadas, incluso en el caso de que, de acuerdo con el principio constitucional de igualdad, se pudiera aplicar al ex general Armada lo previsto en el reglamento penitenciario com¨²n, por serle m¨¢s beneficioso, ser¨ªa dif¨ªcil concederle la libertad condicional, ya que lo dispuesto en el mismo parece pensado para enfermos terminales, situaci¨®n que no re¨²ne el ex general Armada. Tales fuentes se?alaron que, desde el punto de vista m¨¦dico, reviste mayor gravedad la enfermedad del ex general Luis Torres Rojas, que ha perdido el 70% de la visi¨®n y que tambi¨¦n ha iniciado los tr¨¢mites para la petici¨®n de la libertad condicional, si bien no se resolver¨¢ en el actual mes de agosto.La posici¨®n jur¨ªdica que adoptar¨¢ el fiscal del Supremo, Eduardo Montull, en la vista p¨²blica del recurso que se celebrar¨¢ el pr¨®ximo d¨ªa 19, no contradice la disposici¨®n del Gobierno a excarcelar en los pr¨®ximos meses a los condenados por la intentona golpista del 23-F, excepto al ex teniente coronel Antonio Tejero, seg¨²n informaciones publicadas por este peri¨®dico (ve¨¢se EL PAIS del 14 de junio ¨²ltimo), procedentes de fuentes civiles y militares coincidentes.En todo caso, seg¨²n las fuentes jur¨ªdicas consultadas ahora, la posici¨®n de la fiscal¨ªa muestra que, de mantenerse el deseo gubernamental, debe adoptar una instrumentalizaci¨®n pol¨ªtica y no estrictamente jur¨ªdica, como en el caso del recurso pendiente de resoluci¨®n.Por otra parte, seg¨²n informaciones recogidas por Europa Press en el despacho del abogado de Armada, su principal letrado, Ram¨®n Hermosilla, no intervendr¨¢ probablemente en la vista del recurso y ser¨¢ sustituido por otro letrado.
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