M¨¢s claridad para evitar desviaciones.
La normativa sobre los sistemas contables en los ej¨¦rcitos han sido modificadas en los ¨²ltimos meses y muy probablemente habr¨¢ nuevas reformas en los a?os pr¨®ximos. Hasta hace dos a?os, el control legal de los presupuestos en los cuarteles se reg¨ªan por una legislaci¨®n ya caduca, en alg¨²n caso elaborada a mediados de siglo, cuando no exist¨ªan muchos de los documentos mercantiles que hoy se emplean a diario en cualquier operaci¨®n bancaria.Hace m¨¢s de dos a?os, el Cuartel General de la Armada descubri¨® que de sus arcas hab¨ªan sido retirados unos 900 millones de pesetas sin control de las autoridades. Carlos Calvete, entonces destinado en el Cuartel General, fue detenido y procesado. En aquellos momentos, desde el Ministerio de Defensa se anunciaron nuevas medidas para regular la contabilidad en los cuarteles, donde se hab¨ªa adoptado como pr¨¢ctica habitual la desviaci¨®n de fondos fiara fines diferentes para los que hab¨ªan sido librados por el departamento.
En el propio Cuartel General del Ej¨¦rcito se admit¨ªa que fondos destinados a la alimentaci¨®n del soldado -en ocasiones sobrantes porque hay soldados de permiso- eran empleados para arreglar una garita o para pintar unas fachadas al no existir fondos concretos; para estos fines. En cualquier caso, oficialmente se admit¨ªa que hab¨ªa fondos sin un estricto control.
El 29 de junio de 1987, el Bolet¨ªn Oficial del Ministerio de Defensa incluy¨® una orden ministerial por la que se regula la administraci¨®n de los gastos para la vida y sostenimiento de la unidades armadas, centros, dependencias y establecimientos dependientes del Cuartel General del Ej¨¦rcito". De acuerdo con la orden, se suprim¨ªan los llamados "fondos de atenciones generales" de los cuerpos armados -creados en 1953- y se aclaraba que "el Tribunal de Cuentas debe examinar todas las inversiones y gastos realizados con fondos de los Presupuestos Generales del Estado".
En el pr¨®logo de la orden ministerial, se agregaba que es preciso que todos los gastos sean satisfechos con cargo a los Presupuestos Generales.
Fondos de atenciones
La desaparici¨®n de los fondos de atenciones generales de los cuerpos armados coincidi¨® con la creaci¨®n de un organismo aut¨®nomo del Ministerio de Defensa llamado Fondo de Atenciones Generales del Ministerio de Defensa.
De este fondo general, controlado semestralmente por Defensa, se detraen peri¨®dicamente "anticipo de caja" para lograr una liquidez financiera en las unidades. Pero cualquier movimiento de esa caja en las unidades, cuyo dep¨®sito se realizar¨¢ en una cuenta del Banco de Espa?a, debe ejercitarse a trav¨¦s de las firmas conjuntas del pagador, el jefe de contabilidad y el interventor, previa autorizaci¨®n del jefe de la unidad.
El control de los movimientos que puedan realizarse en esta clase de cuentas depender¨¢ de varias juntas y de la Direcci¨®n General de Asuntos Econ¨®micos del Ministerio de Defensa.
Este tipo de controles han sido fijados tambi¨¦n en normas legales establecidas para el Ej¨¦rcito del Aire y la Armada. En este ¨²ltimo caso, la correspondiente legislaci¨®n fue publicada el pasado mes de enero. Las nuevas normas para el Ej¨¦rcito de Tierra, que derogaron otras de 1954, 1970 y 1980, entraron en vigor en julio de 1987 en Valencia y en enero de 1988 en el resto de regiones militares.
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