Victor¨ªa de los armadores espa?oles contra una empresa brit¨¢nica que eliminaba las empresas pesqueras conjuntas
La Corte de Primera Instancia de Londres decidi¨® ayer la suspensi¨®n temporal de una ley aprobada por el Parlamento brit¨¢nico por la que se obligaba a los armadores espa?oles a vender su participaci¨®n en las empresas conjuntas constituidas en este pa¨ªs. Los jueces han decidido remitir el caso al Tribunal de Luxemburgo. Los barcos se someter¨¢n a las inspecciones de seguridad y deber¨¢n respetar las condiciones de sus licencias de pesca.
Contra esta disposici¨®n de las autoridades brit¨¢nicas ya se hab¨ªa manifestado el comisario de Pesca de la Comunidad Europea, Manuel Mar¨ªn, por entender que iba contra la filosof¨ªa y el texto del Tratado de Roma. Los jefes de gabinete del Colegio de Comisarios se dirigieron el pasado mes de febrero a las autoridades brit¨¢nicas, a quienes comunicaron su decisi¨®n de abrir un procedimiento de infracci¨®n. Para los armadores espa?oles, seg¨²n Margarita Ma¨ªza, adjunta a la direcci¨®n de la Asociaci¨®n Nacional de Empresas Consignatarias (Anesco), se trata de una victoria justa que impide un proceso de expropiaci¨®n encubierto para los intereses pesqueros espa?oles en las islas.El pasado 1 de diciembre entr¨® en vigor en el Reino Unido la Merchant Shipping Act, por la que se fijaban las condiciones para el registro de los buques de pesca brit¨¢nicos. De acuerdo con esta disposici¨®n, ¨²nicamente pod¨ªan acceder a este registro los barcos propiedad de personas f¨ªsicas o jur¨ªdicas "cualificadas". Esta cualificaci¨®n significaba a efectos pr¨¢cticos que fueran s¨²bditos brit¨¢nicos quienes tuvieran la propiedad del 75% de las acciones de la compa?¨ªa. La entrada en vigor de esta ley estaba fijada para el pasado primero de marzo.
Nacionalizaci¨®n encubierta
Los armadores espa?oles, especialmente a partir de 1980, iniciaron una pol¨ªtica de inversiones en el Reino Unido, con las correspondientes autorizaciones del Ministerio de Econom¨ªa espa?ol, para la constituci¨®n de empresas conjuntas. Estas actuaciones han supuesto en los ¨²ltimos a?os unas inversiones de unos 9.500 millones de pesetas, y afectan a 95 barcos de estas sociedades donde el capital espa?ol es mayoritario, al alcanzar en casi todos los casos el 90%. Este casi centenar de barcos emplea a unas1.500 personas, la mayor parte espa?olas.
La aplicaci¨®n de la ley supon¨ªa para los armadores espa?oles que quisieran seguir disfrutando de sus licencias de pesca y su inclusi¨®n en el registro de buques la obligaci¨®n de vender su participaci¨®n mayoritaria desde el 90% que tienen en la actualidad hasta el m¨¢ximo permitido por la nueva normativa, que ascend¨ªa solamente al 25%.
Las autoridadeas brit¨¢nicas justificaban la nueva ley como un intento para evitar que empresas pesqueras de otros pa¨ªses se aprovechasen de unas cuotas asignadas al Reino Unido con perju¨ªcio para los pescadores nacionales. Frente a estas argumentaciones, los armadores espa?oles iniciaron un contencioso y se?alaron que su ¨ªmplantaci¨®n en el Reino Unido es anterior a la entrada de Espa?a en la Comunidad Europea, y, por tanto, previa a la distribuci¨®n de las cuotas. Por otra parte , seg¨²n se ha defendido ante los tribunales brit¨¢nicos y ha sido reconocido por los jueces de este pa¨ªs, el Reino Unido forma parte de la CE, y, en consecuencia, est¨¢ obligado a respeta: la normativa en materia de movimientos de capital y mercados y el esp¨ªritu del Tratado c e Roma.
Los armadores espa?oles" argumentaron la no retroactividad de la ley y la existencia de unos derechos adquiridos. El presidente del tribunal se?al¨® que las leyes brit¨¢nicas formar ahora parte de las comunitarios, y que, en consecuencia, los tribunales brit¨¢nicos tienen jurisdicci¨®n para modificar decisiones parlamentarias.
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