A partir de junio, las prestaciones de jubilacion, viudedad y orfandad empezar¨¢n a cobrarse al mes siguiente de solicitarlas
La Seguridad Social pondr¨¢ en marcha a partir del d¨ªa 1 del pr¨®ximo mes de junio una serie de medidas de gesti¨®n que har¨¢n posible el reconocimiento y pago de la pensi¨®n al mes siguiente de haberla solicitado. Con ello se pretende garantizar al trabajador que se jubile o al beneficiario de una prestaci¨®n la no interrupci¨®n en el cobro de rentas al pasar de activo a pasivo.La medida afectar¨¢ anualmente a 350.000 personas, y, si en alg¨²n caso no es posible determinar el importe exacto de la pensi¨®n, se garantiza el abono de una cantidad provisional a cuenta.
La simplificaci¨®n en los tr¨¢mites evitar¨¢ que se produzcan situaciones aut¨¦nticamente dram¨¢ticas, ya que hace apenas unos meses el reconocimiento y pago de las pensiones se demoraba una media de seis meses.
Para ello, el pasado d¨ªa 1 de marzo se ha iniciado una experiencia piloto en la delegaci¨®n provincial de Madrid para reducir al m¨¢ximo los tr¨¢mites necesarios para el reconocimiento, c¨¢lculo y abono de las pensiones y se pretende que en el plazo de tres meses est¨¦ en marcha en todo el Estado.
La medida afectar¨¢ a la totalidad de las prestaciones econ¨®micas de la Seguridad Social, y para ello se ha agilizado y simplificado el procedimiento burocr¨¢tico de solicitud. Un ¨²nico funcionario ser¨¢ el que tramite todo el expediente, por lo que al solicitante se le evitar¨¢ el tener que ir de ventanilla en ventanilla, y el conjunto del proceso burocr¨¢tico estar¨¢ informatizado.
Esas acciones han ido precedidas por la supresi¨®n en abril del a?o pasado de buena parte de los documentos exigidos al solicitante de una pensi¨®n y quede una decena de justificantes, la mayor¨ªa con datos en poder de la Administraci¨®n y de la propia Seguridad Social, ha quedado reducida al documento nacional de identidad, el libro de familia y un justificante de los ¨²ltimos meses de cotizaci¨®n.
Remisi¨®n de oficio
Otra acci¨®n que se pondr¨¢ en marcha es la remisi¨®n de oficio, por la Seguridad Social, al trabajador pr¨®ximo a la edad de jubilaci¨®n de los datos que obran en sus archivos sobre la vida laboral del cotizante para que conozca la pensi¨®n que le corresponder¨¢. En 1989 se enviar¨¢ esa informaci¨®n a los 225.000 trabajadores que cumplen 64 a?os de edad y progresivamente se remitir¨¢ hasta alcanzar el total de poblaci¨®n mayor de 55 a?os.
A las peque?as y medianas empresas se les facilitar¨¢, por otra parte un servicio de ayuda y asesoramiento, y a las grandes empresas se les dar¨¢ la posibilid ad le presentar sus datos de cotizaci¨®n en soportes inform¨¢ticos.
En una resoluci¨®n elaborada por la Secretar¨ªa General de la Segurida Social se dice que a partir del 1 de junio pr¨®ximo el pago de todas las solicitudes de pensi¨®n de jubilaci¨®n, viudedad y orfandad deber¨¢ producirse antes del ¨²ltimo d¨ªa del mes siguiente a de su presentaci¨®n.
En los casos en que la entidad gestora no pueda determinar con exactitud la cuant¨ªa de la prestaci¨®n en ese plazo m¨¢ximo, la delegaci¨®n correspondiente de la Seguridad Social debe prcoeder a la resoluci¨®n del expediente con una cuant¨ªa provisior al estimada, que se le abonar¨¢ al beneficiario como cantidad a cuenta de la pensi¨®n regularizada.
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