Salario de mujer
La actual legislaci¨®n no impide la discriminaci¨®n de las trabajadoras, seg¨²n los sindicatos
La lucha por la igualdad laboral de las mujeres se ha centrado hasta ahora en el logro de un salario igual para un trabajo igual. El reciente caso de las trabajadoras de Jaeger y otros cinco contenciosos m¨¢s que permanecen abiertos en toda Espa?a revelan que la consecuci¨®n de un mismo salario para un mismo trabajo es todav¨ªa una asignatura pendiente. Sin embargo, la batalla por la igualdad laboral de las mujeres est¨¢ entrando en una nueva fase. Los sindicatos est¨¢n cada vez m¨¢s inquietos por la llamada discriminaci¨®n indirecta en los convenios y cuyo primer estallido puede producirse en la empresa c¨¢ntabra Galletas Fontaneda.
Los sindicatos sostienen que junto a una discriminaci¨®n directa m¨¢s burda y de f¨¢cil defensa ante los tribunales, existe otra m¨¢s sutil y extendida que sit¨²a a las trabajadoras en una situaci¨®n de clara inferioridad y mayor indefensi¨®n. Es la llamada discriminaci¨®n indirecta, que deriva de una divisi¨®n sexista del trabajo y que sustentan numerosos convenios colectivos, estableciendo actividades y categor¨ªas espec¨ªficas para mujeres.CC OO estudia llevar a los tribunales el que ser¨ªa primer caso de discriminaci¨®n indirecta: Galletas Fontaneda, en Aguilar de Campoo (Cantabria), donde hay una total separaci¨®n laboral por sexos. Los hombres est¨¢n en la secci¨®n de fabricaci¨®n, y las mujeres, en la de cierre y acabado del producto. Pero los hombres siempre cobran m¨¢s.
Mar¨ªa Jes¨²s Vilches, secretaria de la Mujer de CC OO, reconoce que es un caso dificil. "Con el criterio de igual trabajo, igual salario, no hay remedio Los hombres y las mujeres hacen trabajos distintos. Pero habr¨ªa que ampliar ese concepto a la responsabilidad y a la cualificaci¨®n necesaria para hacer una labor. En este caso, es obvio que son trabajos del mismo tipo y que, si no se pagan igual, es porque lo hacen mujeres".
El sector del calzado es otro de los afectados. Hasta 1982, el convenio provincial de Valencia recog¨ªa dos tablas salariales distintas para hombres y mujeres. Los sindicatos denunciaron el caso y ganaron en el Tribunal Central del Trabajo. "A partir de 1984, los convenios, aunque sin incluir cl¨¢usulas sexistas, siguieron conservando dos grupos de salarios. El primero, con sueldos m¨¢s elevados, correspond¨ªa a los hombres. El segundo, a las mujeres", cuenta Doli Pardinyes, responsable, del Calzado de CC OO en Valencia. Pardinyes afirma que "jur¨ªdicamente, estamos indefensas. La ley no nos protege y no podemos recurrir. Nos faltan mecanismos legales para solucionarlo".
En el sector de artes gr¨¢ficas, hasta hace cinco a?os, hab¨ªa una escala de "oficios complementarios femeninos". Desapareci¨® el "femeninos", pero las mujeres siguen en esa escala, cuyos sueldos son inferiores a la de los hombres. Vilches dice que "una mujer tiene que ser oficial primera para cobrar un baremo de 1,34. Los hombres, como oficiales de tercera cobran el 1,34".
La fuerza fisica
Carmen Muriana, responsable del departamento de la Mujer de UGT, se?ala que hay tambi¨¦n casos de discriminaci¨®n en administrativos (secretarias, telefonistas o mecan¨®grafas son s¨®lo categor¨ªas femeninas) y en la industria. En el caso de la hosteler¨ªa, hay dos categor¨ªas llamadas "camareros de piso" y camareras de piso", con sueldos distintos, cuyas distintas funciones "no justifican esa discriminaci¨®n salarial".Jos¨¦ Luis Salido, responsable de relaciones laborales de Fomento del Trabajo Nacional, perteneciente a la Confederaci¨®n Espa?ola de Organizaciones Empresariales (CEOE), cree que esas diferencias pueden estar justificadas. "Los hombres tienen funciones relacionadas con la fuerza f¨ªsica o con habilidades que las mujeres no poseen. Normalmente, una mujer no puede cargar un saco de 50 kilos, por ejemplo. Entonces, la discriminaci¨®n est¨¢ en la misma naturaleza, no en los convenios".
La legislaci¨®n espa?ola no permite suprimir las discriminaciones indirectas, seg¨²n los sindicatos. Pero las mujeres podr¨ªan ampararse en la normativa de la CE por la que jueces de cualquier pa¨ªs pueden hacer una pregunta al Tribunal de Luxemburgo por la v¨ªa del procedimiento prejudicial. Las sentencias emitidas por ese tribunal son totalmente vinculantes en todos los pa¨ªses.
En el tema de la situaci¨®n de la mujer en el trabajo, ha habido hasta ahora 26 sentencias. Esta semana se reunen en Toledo numerosos expertos en un congreso sobre la pol¨ªtica comunitaria en materia de igual dad de sexos. Sus conclusiones ser¨¢n presentadas luego al consejo de ministros de la Comunidad Europea.
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