La carta social obliga a Espa?a a modificar la cobertura a parados y la normativa de salud laboral
, La carta comunitaria de derechos sociales va a centrar los debates del Consejo de Ministros de Trabajo de la CE que se re¨²ne hoy en Luxemburgo. Esa carta social obliga a retocar aspectos de la legislaci¨®n espa?ola, sobre todo en materia de seguridad, higiene y salud laboral, protecci¨®n social a los parados que han agotado los subsidios, arbitraje y conciliaci¨®n de conflictos. Aunque el Reino Unido puede presentar de nuevo dificultades, el objetivo de los responsables comunitarios de Trabajo es obtener hoy el m¨¢ximo consenso posible y presentar el resultado del debate a la cumbre de Madrid.
El Gobierno de Felipe Gonz¨¢lez se conforma con alcanzar "una declaraci¨®n solemne", que tiene un car¨¢cter vinculante para los Estados miembros, y es el paso previo para que la Comisi¨®n desarrolle esa norma en una serie de directivas.Esa declaraci¨®n solemne les parece insuficiente a los sindicatos, como tampoco aprueban que no se les haya llamado a consulta. El presidente del Gobierno tiene previsto, no obstante, entrevistarse con las confederaciones europeas de sindicatos y empresarios, CES y UNICE, en los d¨ªas anteriores a la cumbre de Madrid. Fuentes del Ejecutivo espa?ol han mostrado su satisfacci¨®n por el impulso de ¨²ltima hora dado a la carta social, aunque admiten que el desarrollo de los aspectos econ¨®micos del mercado ¨²nico va a velocidad de crucero, mientras que la construcci¨®n del espacio social marcha lenta.
Legislaci¨®n obsoleta
La carta comunitaria, en su redacci¨®n actual, obliga a Espa?a a modificar toda la normativa de seguridad e higiene. El Gobierno tiene pendiente una ley de salud laboral, anunciada hace dos a?os, para sustituir a una legislaci¨®n pr¨¢cticamente obsoleta.
Tambi¨¦n hay discordancias en relaci¨®n a la cobertura a los parados que han agotado los subsidios. En el anteproyecto del texto comunitario se respetan las modalidades de cada pa¨ªs en materia de protecci¨®n social, pero se dice expresamente que "los trabajadores que queden excluidos del mercado de trabajo, sin poder continuar benefici¨¢ndose de las prestaciones de desempleo, as¨ª como aquellos que no tengan medios de subsistencia suficientes, deben poder beneficiarse de unos ingresos m¨ªnimos y de una asistencia social apropiada".
Tambi¨¦n determina que deben garantizarse unos ingresos m¨ªnimos para los jubilados sin derecho a pensi¨®n, s¨ª previstos por el Gobierno espa?ol en otra ley anunciada hace tiempo de pensiones no contributivas, cuyo anteproyecto parece que por fin ser¨¢ aprobado por el Consejo de Ministros este mes de junio.
La carta social igualmente aconseja que "conviene favorecer el establecimiento y la utilizaci¨®n de procedimientos de conciliaci¨®n, mediaci¨®n y arbitraje para la resoluci¨®n de los conflictos laborales", una normativa que en Espa?a est¨¢ pendiente de desarrollo.
El anteproyecto incluye elderecho de huelga, as¨ª como el de rentinciar a su ejercicio, y el Gobierno espa?ol reconoce que la formulaci¨®n de ese derecho coincide con la normativa actual, el decreto de 1977, aunque entiende que no es suficiente y que hace falta una ley de huelga.
La oposici¨®n del Gobierno brit¨¢nico, que preside Margaret Thatcher, a que se apruebe una carta social se debe a cuestiones de principio y filosoria. Asimismo se resiste al reconocimiento del derecho a la negociaci¨®n colectiva a nivel europeo y a la participaci¨®n y consulta a los trabajadores.
Si los ministros de Trabajo de la Comunidad Europea no modifican el texto, el derecho a la negociaci¨®n colectiva quedar¨¢ complementado con la posibilidad de que se establezcan a nivel europeo relaciones convencionales entre las partes sociales si ¨¦stas lo estiman conveniente.
Los convenios as¨ª celebrados pueden tratar de las condiciones de empleo y de trabajo y de garant¨ªas sociales para los trabajadores. El di¨¢logo entre los interlocutores sociales a escala europea debe desarrollarse a nivel interprofesional y sectorial.
Otro aspecto que no agrada al Ejecutivo brit¨¢nico es la informaci¨®n, consulta y participaci¨®n de los trabajadores, que deben ser incrementadas especialmente en aquellas empresas o grupos empresariales que tengan centros en varios Estados miembros y sobre todo cuando se produzcan cambios tecnol¨®gicos, reestructuraciones o fusiones que afecten notoriamente al empleo.
La directiva marco de seguridad e higiene se quiere aprobar tambi¨¦n en la reuni¨®n de hoy, y fuentes del Gobierno espa?ol han asegurado que es lo m¨¢s importante que se ha hecho en la CE para la armonizaci¨®n laboral.
El texto insiste en la necesidad de la informaci¨®n, consulta y participaci¨®n de los trabajadores en materias de salud laboral, aplicable a "todos los sectores y actividades" productivas. Establece asimismo el imperativo de planificar la prevenci¨®n, y obliga a las empresas a que eval¨²en los riesgos en la elecci¨®n de los equipos de trabajo, las sustancias o preparados qu¨ªmicos y en el acondicionamiento de los lugares de trabajo.
La carta dice que el empresario designar¨¢ para ocuparse de actividades de protecci¨®n y prevenci¨®n de riesgos a uno o dos trabajadores, que deben disponer de un tiempo apropiado sin p¨¦rdida de salario, y obliga a "adaptar el trabajo a la persona" y a "sustituir lo peligroso por lo que entra?a poco o ning¨²n peligro".
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