Los emigrantes epa?oles en la CE tienen derecho al cobro retroactivo de ayudas familiares
Los emigrantes espa?oles en los restantes pa¨ªses de la CE tienen derecho al cobro retroactivo, desde el 15 de enero de 1986, de las prestaciones familiares de? pa¨ªs donde trabajan. El Tratado de Adhesi¨®n hab¨ªa dejado en suspenso ese beneficio para todos aquellos cuyos familiares continuaban residiendo en Espa?a. Los afectados podr¨¢n recuperar unas ayudas familiares que son entre 50 y 100 veces superiores a las espa?olas.
El Consejo de Ministros de la CE est¨¢ obligado a dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad en este sentido. El principio jur¨ªdico de que las ayudas familiares son exportables fue, asumido bajo presidencia espa?ola y formulado como compromiso pol¨ªtico de la presidencia francesa en el Consejo de Ministros de Asuntos Sociales de la CE celebrado ayer en Bruselas. Su aprobaci¨®n formal, sin embargo, fue finalmente vetada por Italia. El tema volver¨¢ a ser examinado el 30 de octubre para intentar dar una soluci¨®n general al problema y no obligar al recurso caso por caso.El cambio retroactivo de la disposici¨®n regresiva para Espa?a corregir¨¢ una discriminaci¨®n impuesta en el Tratado de Adhesi¨®n a la Comunidad, gracias al acuerdo para modificar el reglamento 1.408 de la Comunidad Europea en materia de Seguridad Social. Esta disposici¨®n vigente mantiene la excepci¨®n de su aplicaci¨®n en Francia, pero contraviene dos sentencias del Tribunal de Justicia de la CE -con efecto vinculante desde el 15 de enero de 1986-, que consideran que el r¨¦gimen de protecci¨®n social aplicable es siempre el del lugar de trabajo, independientemente de si los familiares que dependen del trabajador contin¨²an residiendo en el pa¨ªs de origen o no.La excepci¨®n francesa sirvi¨® para imponer ese trato desventajoso a los trabajadores espa?oles en todos los pa¨ªses de la CE durante un per¨ªodo de tres a?os. Este plazo ya est¨¢ vencido, salvo en Francia, autorizada a aplicar esa diferenciaci¨®n ilegal indefinidamente.
El acuerdo definitivo para que la Comunidad Europea incorpore la sentencia depende ahora de Italia. El Gobierno de este pa¨ªs, presionado por la circunstancia de que fue un emigrante italiano quien plante¨® y gan¨® el caso, se niega a hacer excepciones con los incentivos a la natalidad que se pagan en Francia, muy cuantiosos con respecto al resto de la Comunidad.
Un trabajador espa?ol, Francisco Y¨¢?ez Campoy, ha planteado esta misma discriminaci¨®n ante un tribunal de la Rep¨²blica Federal de Alemania, y el litigio ha sido sometido a la decisi¨®n de la instancia judicial comunitaria. El cambio en el reglamento no afectar¨¢, sin embargo, a las trabas a la libre circulaci¨®n impuestas hasta 1993 a los emigrantes asalariados espa?oles y portugueses.
Por otra parte, el Consejo de Ministros de Asuntos Sociales aprob¨® ayer una resoluci¨®n sobre exclusi¨®n social. El texto no tiene car¨¢cter obligatorio, pero expresa la voluntad pol¨ªtica de los doce de "garantizar prestaciones, servicios y recursos adecuados" a todos los excluidos del sistema de Seguridad Social.
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