Un magistrado del Constitucional propone que el jurado decida sobre las querellas contra jueces
Vicente Gimeno Sendra, magistrado del Tribunal Constitucional, ha acusado a otros cinco jueces del alto ¨®rgano de infringir los derechos fundamentales a la tutela y a un proceso p¨²blico con todas las garant¨ªas, y de haberse 9ncrementado notablemente las facultades de inadmisi¨®n de las querellas contra jueces y magistrados". As¨ª se expresa Gimeno Sendra en un voto particular contra la sentencia de la mayor¨ªa de la sala que desestim¨® el amparo pedido por dos ciudadanos por el rechazo de una querella contra un magistrado de Trabajo. Sendra pide que se establezca el jurado para estos casos.
El origen de este caso fue la querella criminal interpuesta por Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz Mart¨ªn y Blanca Rosa Guzm¨¢n contra el titular de la Magistratura de Trabajo n¨²mero 18 de Madrid, Vicente Conde Mart¨ªn de Hijas. Previamente, promovieron antejuicio [garant¨ªa de que gozan los magistrados antes de que se admita una querella contra ellos], pero la Sala Segunda del Tribunal Supremo rechaz¨® la querella. En opini¨®n de los recurrentes se hizo as¨ª con violaci¨®n de sus derechos a la igualdad y a la tutela judicial efectiva. Alegaron que se hab¨ªa producido "una situaci¨®n de privilegio".La Sala Primera del Tribunal Constitucional, en una sentencia de la que ha sido ponente su presidente, Francisco Tom¨¢s y Valiente, niega que el rechazo de la querella constituya un privilegio para el magistrado querellado cuando se aprecie "simple y directamente que los hechos en que se funda no constituyen delito". El alto tribunal estim¨® que no se produjo violaci¨®n de la tutela judicial ni indefensi¨®n y desestim¨® el amparo solicitado.
Gimeno Sendra discrepa de la mayor¨ªa de la sala tanto en el fallo como en algunos de los razonamientos que lo motivan. El magistrado, catedr¨¢tico de Derecho Procesal, expresa su rechazo a "la regulaci¨®n actual del procedimiento penal para exigir la responsabilidad penal de jueces y magistrados" y estima aconsejable una nueva regulaci¨®n de este procedimiento, que garantice la independencia judicial pero atribuya "la fase del juicio oral al Jurado", ya que "si la justicia emana del pueblo", dice, "deben ser los ciudadanos quienes determinen la responsabilidad penal de quienes la administran, incluidos naturalmente los magistrados de este Tribunal Constitucional".
Vista oral
Mientras se modifica la actual regulaci¨®n, Gimeno Sendra considera que el tr¨¢mite del antejuicio, justificado en la protecci¨®n de la independencia judicial, debe realizarse previa vista oral, de modo que el tribunal oiga las alegaciones de las partes y del ministerio fiscal antes de admitir o rechazar la querella. El magistrado discrepante reprocha a la mayor¨ªa de la sala el sometimiento de las querellas contra jueces y magistrados "a unas mayores exigencias y rigores que a los dem¨¢s ciudadanos".Gimeno Sendra critica la desconfianza hacia los querellantes y afirma que la sentencia del Tribunal Constitucional de la que discrepa infringe los derechos fundamentales a la tutela y a un proceso p¨²blico con todas las garant¨ªas. Considera tambi¨¦n que incrementa notablemente "las facultades de inadmisi¨®n de las querellas contra jueces y magistrados hasta el punto de que har¨¢n en la pr¨¢ctica inviable la instituci¨®n del ya obsoleto antejuicio, necesario para exigir la responsabilidad criminal a los jueces y magistrados".
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