El Tribunal Constitucional congela las sentencias sobre las elecciones en Murcia, Pontevedra y Melilla
El pleno del Tribunal Constitucional, reunido ayer, acord¨® suspender provisionalmente la repetici¨®n de las elecciones legislativas del pasado 29 de octubre en las circunscripciones de Murcia, Pontevedra y Melilla. El alto tribunal no ha resuelto sobre el fondo de los recursos que en su d¨ªa plantearon el PSOE, CDS y Partido Popular, sino que decidi¨® suspender los plazos que las sentencias de los tribunales superiores de justicia de Murcia, Galicia y Andaluc¨ªa hab¨ªan fijado para la repetici¨®n de los comicios. La suspensi¨®n durar¨¢ hasta tanto el tribunal no se pronuncie sobre el fondo de los recursos de amparo.
, Los cinco autos dictados ayer por el Tribunal Constitucional no modifican ninguna de las sentencias de los tribunales superiores citados sino que simplemente paralizan el plazo fijado para la repetici¨®n de las elecciones, con lo que la actual y provisional composici¨®n del Parlamento no sufrir¨¢ alteraciones por el momento.Los magistrados han basado su decisi¨®n en que de la suspensi¨®n del plazo dado en las sentencias sobre los nuevos comicios de Murcia, Pontevedra y Melilla no se deriva un perjuicio grave para el inter¨¦s p¨²blico. Por el contrario, seg¨²n el alto tribunal, se presentan como "m¨¢s graves las perturbaciones derivadas de una convocatoria, unas elecciones y un resultado electoral en s¨ª mismos envueltos en un manto de incertidumbre, de provisionalidad y posible precariedad".
Las resoluciones, cuyo contenido es id¨¦ntico entre s¨ª, suponen de hecho una victoria, al menos de momento, de las tesis del PSOE, que consideraba una barbaridad la repetici¨®n de los comicios.
El Tribunal Constitucional, sin embargo, se desmarca de esta interpretaci¨®n al se?alar que no se puede asegurar que en un futuro la sentencia que se dicte sea en un sentido o en otro. Los magistrados precisan en sus resoluciones que la prudencia, y no la previsi¨®n o el c¨¢lculo de probabilidades del resultado sobre el fondo del asunto, les ha llevado a inclinarse en favor de la suspensi¨®n, lo que consideran que es la mejor defensa de los intereses generales y las menores perturbaciones.
Da?os irreparables
"Es innegable que si se convocaran y celebraran nuevas elecciones y despu¨¦s se concediera el amparo, se habr¨ªan producido da?os o irreparables o de muy dif¨ªcil reparaci¨®n en la pr¨¢ctica", dicen textualmente las resoluciones dictadas ayer por el alto tribunal. "En primer lugar", agrega, "porque la nueva elecci¨®n habr¨ªa producido un resultado electoral expresivo de la voluntad popular en una consulta en principio arreglada a Derecho, pero que podr¨ªa entrar en colisi¨®n con el resultado de la primera elecci¨®n, v¨¢lida en la hip¨®tesis de una sentencia estimatoria. En segundo t¨¦rmino, porque los partidos, sus candidatos y, sobre todo, los electores se ver¨ªan obligados a celebrar unas elecciones at¨ªpicas, an¨®malas y sometidas a la incertidumbre de si su resultado valdr¨ªa o no. Esta provisionalidad se ver¨ªa despejada en uno u otro sentido solamente con la sentencia sobre el fando".
Respeto a la voluntad popular
El tribunal afirma que "el respeto a la voluntad del pueblo soberano, expresada en unas elecciones, y el respeto a unos derechos fundamentales ejercidos en una contienda electoral obliga a no poner en riesgo la convocatoria, campa?a y votaci¨®n de unas elecciones en hip¨®tesis innecesarias".
El auto explica que una interpretaci¨®n extricta del art¨ªculo 56 de la ley org¨¢nica del Tribunal Constitucional podr¨ªa inducir a denegar la suspensi¨®n, si de su concesi¨®n se siguieran perjuicios graves para el inter¨¦s p¨²blico. Pero a?ade que tales da?os no se perciben, o al menos no con la misma entidad que los ya expresados.
[El secretario general de Izquierda Unida en Murcia, Jos¨¦ Luis Mart¨ªnez, manifest¨® ayer a Efe que la decisi¨®n del Constitucional "es un mal menor". Mart¨ªnez a?adi¨® que "lo malo ser¨ªa que esta convocatoria se retrasase sin que los que ya fueron proclamados como diputados electos no pudieran participar en la C¨¢mara baja, por lo que Murcia se encuentra en una situaci¨®n an¨®mala al no tener representaci¨®n parlamentaria".
Juan Ram¨®n Calero, del Partido Popular, se?al¨® que lo que ten¨ªa que haber hecho el alto tribunal "es dictar sentencia sobre el fondo del asunto, porque no tiene complejidad jur¨ªdica". "Si el Tribunal Superior de Justicia de Murcia dict¨® sentencia en un plazo de 30 d¨ªas", agreg¨®, los miembros del Constitucional, que te¨®ricamente son los m¨¢s listos, no tendr¨ªan que tomarse m¨¢s tiempo para pronunciarse".]
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