Las comprobaciones del fiscal, que aval¨® Torres, no prueban nada, dice un magistrado del Supremo
Las comprobaciones sobre los indicios delictivos del caso Naseiro practicadas hasta ahora por el fiscal Juan Mart¨ªn-Casallo -con resultado negativo, en opini¨®n del fiscal general del Estado, Leopoldo Torres- "no tienen naturaleza de prueba", seg¨²n el presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Enrique Ruiz Vadillo. Las diligencias que practique a partir del lunes pr¨®ximo el magistrado instructor Luis Rom¨¢n Puerta s¨ª tendr¨¢n ese car¨¢cter, si bien la decisi¨®n sobre las mismas o la hipot¨¦tica anulaci¨®n de las actuaciones s¨®lo podr¨¢ acordarlas la sala. Si el caso se devuelve a Valencia, el juez Luis Manglano no renunciar¨¢ a proseguir la instrucci¨®n.
Las afirmaciones realizadas por Torres en privado el pasado Fin de semana en San Sebasti¨¢n sobre el, resultado negativo de las primeras comprobaciones efectuadas respecto a los indicios delictivos constatados por el juez Luis Manglano (ve¨¢se EL PA?S del 28 de mayo ¨²ltimo), hac¨ªan referencia a las indagaciones real¨ªzadas por el fiscal Mart¨ªn-Casallo. Fuentes pr¨®ximas a este fiscal han se?alado a este peri¨®dico en Madrid que, efectivamente, tales comprobaciones dieron "un resultado fatal" para la investigaci¨®n.Tales fuentes explicaron que las investigaciones del fiscal del caso ante el Supremo "han demostrado que no existe coincidencia entre los hechos de los que se habla en las conversaciones telef¨®nicas intervenidas y lo que se deduce de los documentos sobre esos mismos hechos". En concreto y a t¨ªtulo de ejemplo, seg¨²n las mismas fuentes, los datos obtenidos sobre la votaci¨®n efectuada en el Ayuntamiento de Alicante para la adjudicaci¨®n del servicio de basuras "muestran que los votos de los ediles del PSOE y del PP se produjeron en sentido diferente del manifestado por los implicados en el caso Naseiro".
Sin embargo, tales fuentes aseguraron que el fiscal Mart¨ªnCasallo "est¨¢ convencido del car¨¢cter delictivo y corrupto del caso Naseiro, si bien por el momento no se observan delitos concretos ".
Por el contrario, fuentes de la investigaci¨®n realizada en Valencia han declarado a EL PA?S que de los hechos objeto de las diligencias previas 610/ 1990 -tras el estudio minucioso del juez Manglano y los fiscales Enrique Beltr¨¢n y Miguel ?ngel Alt¨¦s-, se desprend¨ªa la comisi¨®n, al menos, de los delitos de cohecho, maquinaciones para alterar el precio de las cosas y estafa, esta ¨²ltima en grado de tentativa o frustraci¨®n.
Fuentes jur¨ªdicas se?alaron que estas diferencias de criterio "carecen de entidad jur¨ªdica, ya que no es comparable la convicci¨®n judicial que condujo al juez Manglano a, elevar el caso al Tribunal Supremo ante los indicios delictivos de ?ngel Sanchis y Jos¨¦ mar¨ªa Aznar y unas meras investigaciones del fiscal ante el Tribunal Supremo". Otras fuentes Judiciales y fiscales explicaron que la actuaci¨®n comprobadora del fiscal se ha producido como consecuencia de tramitarse esta causa por el procedimiento abreviado, "que acent¨²a el principio acusatorio y, en consecuencia, las facultades de investigaci¨®n del fiscal".
La sala decidir¨¢
Preguntado por este peri¨®dico sobre el alcance de estas actuaciones del fiscal, el presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Enrique Ruiz Vadillo afirm¨®: "Est¨¢n previstas en el procedimiento abreviado, pero no tienen naturaleza de prueba". En cambio, las diligencias que, de oficio o a petici¨®n de las partes, ordene ahora el instructor Luis Rom¨¢n Puerta s¨ª tendr¨¢n car¨¢cter probatorio, aunque la decisi¨®n ¨²ltima corresponder¨¢ a la sala integrada por Ruiz Vadillo, Ignacio Sierra y Jos¨¦ Luis Manzanares. Igualmente, la hipot¨¦tica nulidad de las actuaciones "s¨®lo puede acordarla la sala", seg¨²n Ruiz Vadillo.Sobre la presunta infracci¨®n de las normas de reparto, fuentes de la investigaci¨®n insistieron a EL PA?S en Valencia en que el juez Manglano asumi¨® unas diligencias residuales de un juzgado que perd¨ªa ese d¨ªa jurisdicci¨®n y, por lo dem¨¢s, "respet¨® escrupulosamente la norma 1? letras a y b, que atribuye al juez de guardia la competencia sobre los hechos ocurridos 72 horas antes de la guardia". "Y adem¨¢s, tales normas, de car¨¢cter gubernativo, no podr¨ªan prevalecer nunca", aseguraron, "sobre la legislaci¨®n procesal".
En el supuesto de que no se formule acusaci¨®n contra los implicados af¨®rados, el Supremo devolver¨ªa el caso a Valencia y corresponder¨ªa al juez Manglano instruir la causa, que ser¨ªa enjuiciada por un Juzgado de lo Penal o por la Audiencia Provincial de Valencia.
La recusaci¨®n no prosperar¨ªa
A diferencia del fiscal Enrique Beltr¨¢n, que ha anunciado que se apartar¨ªa del caso, fuentes profundamente conocedoras del magistrado Manglano aseguraron a este peri¨®dico que no renunciar¨¢ a "continuar instruy¨¦ndolo en el mismo punto en que lo dej¨® en cumplimiento de la ley". Sobre una posible recusaci¨®n, tales fuentes se?alaron: "Con la ley de Enjuiciamiento Criminal en la mano, la recusaci¨®n no puede prosperar; de lo contrario, todos los presos alegar¨ªan enemistad del juez que les envi¨® a la c¨¢rcel".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.