Fraga, Naseiro y ?lvarez Cascos concentraron el poder financiero del Partido Popular
Manuel Fraga, Francisco ?lvarez Cascos y Rosendo Naseiro dispon¨ªan de "las m¨¢s amplias competencias" para mover los fondos del Partido Popular, y en concreto de facultades para cobrar sumas, abrir cuentas, retirar fondos, comprar, vender, pagar y pignorar en nombre del PP. As¨ª consta en una escritura otorgada ante el notario Rafael Ruiz Gallard¨®n el 31 de enero de 1989, que elevaba a p¨²blica el acta de concesi¨®n de poderes aprobada por el noveno congreso de dicho partido, llamado el de la refundaci¨®n.
Ese acta dec¨ªa lo siguiente: "Es aprobado por unanimidad que el IX Congreso Nacional de Alianza Popular (Partido Popular) otorga los poderes generales y habilitaciones especiales necesarios al presidente nacional, don Manuel Fraga Iribarne; al secretario general, don Francisco ?lvarez Cascos Fern¨¢ndez, y al tesorero del partido, don Rosendo Naseiro D¨ªaz, con las m¨¢s amplias competencias para la administraci¨®n, disposici¨®n y representaci¨®n de los bienes e intereses del partido ( ... )".Y detallaba los poderes concedidos: cobrar cupones, dividendos e importe de t¨ªtulos amortizados, o sumas que se les adeuden; abrir cuentas y retirar fondos; constituir dep¨®sitos de valores y de efectos p¨²blicos, y retirar los constituidos; librar, endosar, negociar, pignorar, avalar, cobrar, pagar; comprar, vender, enajenar y adquirir; extraer o ingresar efectivo, valores o documentos de los bancos. "En general", a?ad¨ªa el documento, Ilevar a cabo los actos de normal administraci¨®n, y especialmente de disposici¨®n de fondos".
Elecciones y consultas
Todas esas competencias iban unidas al poder de representar pol¨ªticamente al partido y comprometer su comparecencia "en todo tipo de elecciones y consultas de ¨¢mbito local, provincial, regional o nacional, sin limitaci¨®n alguna".
A la luz de ese documento, que situaba a Rosendo Naseiro en una responsabilidad pol¨ªtica y econ¨®mica de m¨¢ximo nivel, se entiende mejor la declaraci¨®n efectuada por el ex tesorero del PP ante el juez Manglano. Naseiro admiti¨® haber dado a veces "instrucciones pol¨ªticas a otros cargos de inferior rango para que voten en un sentido o en otro, pero sin que ello suponga la existencia de beneficios econ¨®micos para tales ¨®rdenes". Y a?adi¨® que llamaba a empresas respecto a la posible adjudicaci¨®n de alguna contrata, "para que cuando en tiempo electoral, si se les hace alguna petici¨®n de dinero, siempre dentro de la normativa legal de la ley de financiaci¨®n de partidos pol¨ªticos, hagan alg¨²n donativo" (sic).
La amplitud de las capacidades otorgadas implicaba tambi¨¦n la posibilidad de delegar poderes, as¨ª como de revocarlos en cualquier momento. De hecho, Manuel Fraga deleg¨® en Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar las facultades de gobierno cotidiano del partido, en v¨ªsperas de la campa?a a las elecciones legislativas de octubre pasado.
Un n¨²cleo muy reducido
El acta notarial antes explicada podr¨ªa constituir una confirmaci¨®n documental de las declaraciones efectuadas por miembros de sucesivos comit¨¦s ejecutivos del PP, seg¨²n los cuales las finanzas eran un asunto reservado a un n¨²cleo muy reducido de la direcci¨®n.
Esa situaci¨®n contrasta con el reciente informe interno del PP sobre el caso Naseiro, realizado por Alberto Ruiz Gallard¨®n, que acepta la existencia de operaciones dudosas a cargo de destacados miembros del partido pero da por seguro que ni Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar ni Manuel Fraga hab¨ªan legitimado las actuaciones de aqu¨¦llos. Ambos "desconoc¨ªan absolutamente las actividades objeto de este informe, a pesar de las citas que se hacen involucrando sus nombres,", asevera Alberto Ruiz Gallard¨®n.
A Francisco ?lvarez Cascos ni se le menciona en ese informe interno, si bien tampoco hay apenas referencias a su persona en las diligencias elaboradas por el Juzgado n¨²mero 2 de Valencia. En cambio, Alberto Ruiz Gallard¨®n carga la mano sobre Rosendo Naseiro, de quien dice que ha podido deso¨ªr deliberadamente las directrices de ¨®rganos jer¨¢rquicos superiores, o bien "actuar con negligencia" en el ejercicio de las funciones encomendadas.
Los estatutos aprobados por el congreso de la refundaci¨®n colocaron al tesorero bajo la direcci¨®n del presidente, mientras el secretario general quedaba encargado de ejecutar acuerdos, coordinar ¨¢reas y gestionar servicios administrativos, "sin perjuicio de las competencias estatutarias del tesorero". El ¨²ltimo congreso introdujo ligeras reformas: coloc¨® al coordinador de finanzas m¨¢s directamente "bajo la dependencia del presidente nacional", en este caso Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.