Condenados a 37 a?os los cuatro l¨ªderes de la secta Ceis acusados de proxenetismo e intrusismo
La Audiencia, de Barcelona ha condenado a 10 a?os de prisi¨®n a Vicente Lapiedra Cerd¨¢, l¨ªder de la secta Centro Esot¨¦rico de Investigaciones (Ceis), por los delitos de intrusismo e inducci¨®n a la prostituci¨®n. Las penas impuestas por los mismos delitos a los otros tres procesados, David G¨®mez Gamero, Ricardo Clavero Holland y Jos¨¦ Luis Isern, se elevan a nueve a?os de c¨¢rcel, mientras que el quinto acusado, Antonio Rodr¨ªguez Borrego, ha sido absuelto. El tribunal de la Secci¨®n D¨¦cima de la Audiencia, que celebr¨® el juicio el pasado mes de julio, no ha ordenado el ingreso en prisi¨®n de ninguno de los encausados, pese a las altas condenas impuestas, por entender que se debe esperar a que la sentencia sea firme.
El abogado de la secta, Emilio Rodr¨ªguez Men¨¦ndez, anunci¨¦ ayer su intenci¨®n de recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo. El letrado critic¨® el fallo de la Audiencia, al que calific¨® de "carente de base jur¨ªdica". Una vez presentado el recurso ante el Supremo, pueden transcurrir a?os hasta que ¨¦ste decida, y ser¨¢ en aquel momento cuando los procesados ingresen en la c¨¢rcel si la sentencia de la Audiencia de Barcelona es confirmada. Mientras tanto, Lapiedra y los otros procesados permanecen en Valencia, ciudad a donde se trasladaron a vivir gran n¨²mero de los adeptos y donde siguen realizando actividades parecidas a las que ahora han ocasionado condenas de prisi¨®n.La Audiencia considera que Ceis, desarticulada por la polic¨ªa auton¨®mica catalana en 1984 en Barcelona, es un grupo creado por los cuatro condenados alrededor de 1980 "con la finalidad de obtener un lucro mediante distintas actividades", que esencialmente consistieron en ofrecer sus servicios como pisc¨®logos sin serlo e induciendo a sus adeptos a la pr¨¢ctica de la prostituci¨®n.
Los magistrados no entran a valorar en ning¨²n momento la forma de vida sectaria desarrollada dentro de Ceis. "El tribunal no puede entrar, porque no es su funci¨®n, en consideraciones sobre la moralidad de las actividades desplegadas en el seno-de la organizaci¨®n Ceis", subrayan. Por ello, a lo largo de toda la sentencia no se utiliza el t¨¦rmino secta, sino el de organizaci¨®n o grupo.
La sentencia describe que la organizaci¨®n Ceis "es de estructura piramidal, estando en el v¨¦rtice de la misma Vicente Lapiedra que frente a sus adeptos tiene la consideraci¨®n de ser perfecto". Por debajo de Lapiedra est¨¢n los otros tres condenados y en un tercer nivel el resto de los gu¨ªas, cuya misi¨®n consist¨ªa en la captaci¨®n de adeptos y en su adiestramiento.
La captaci¨®n de personas se realizaba por fases, partiendo de los anuncios que presentaban a Ceis como un gabinete psicol¨®gico. La segunda fase consist¨ªa en la mediatizaci¨®n psicol¨®gica de los clientes, mediante t¨¦cnicas de persuasi¨®n, para romper cualquier v¨ªnculo anterior familiar o social y conseguir la dependencia hacia los responsables de Ceis. Con esas t¨¦cnicas, los acusados consegu¨ªan "la ciega sumisi¨®n de muchos de los miembros a los dictados de sus dirigentes", se?ala la sentencia. En la pr¨¢ctica, los adeptos dejaron sus domicilios y familias para vivir en pisos de la organizaci¨®n compartidos por grupos de seis a ocho personas. En Barcelona, Ceis lleg¨® a tener una docena de pisos.
La tercera fase radicaba enla captaci¨®n de recursos econ¨®micos, por lo que los adeptos que no ten¨ªan ingresos eran inducidos a la pr¨¢ctica de la prostituci¨®n. La inducci¨®n no era dif¨ªcil de conseguir, seg¨²n el tribunal, ya que formaba parte de las t¨¦cnicas persuasivas.
Adiestramiento
"Uno de los pilares del adiestramiento", sostiene la sentencia, "era la m¨¢s absoluta trivializaci¨®n de cuanto hiciera referencia al sexo, present¨¢ndolo como una f¨®rmula como cualquier otra para obtener dinero". Los magistrados han llegado a la conclusi¨®n de que se realizaba la inducci¨®n a la prostituci¨®n a trav¨¦s de las pruebas documentales que constan en el sumario y por las declaraciones de varios testigos. Los adeptos que no se prostitu¨ªan estaban obligados a pagar una cuota por las terapias impartidas por sus gu¨ªas.Otra de las acusaciones formuladas era la de corrupci¨®n de menores respecto a los ni?os, hijos de adeptos, que conviv¨ªan con ellos en los pisos de la organizaci¨®n. El tribunal entiende que este delito no ha sido probado, aunque matiza qtke comparte las medidas adoptadas por el Tribunal Tutelar de Menores que ha entregado los peque?os a familiares ajenos a la secta.
"Las exploraciones de los menores y las declaraciones de testigos permiten concluir que efectivamente dichos menores ten¨ªan unos conocimientos de cuestiones referidas a la sexualidad inadecuadas a su edad, pero ello por s¨ª s¨®lo no permite fundamentar la imputaci¨®n pretendida", concluye la sentencia.
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