Una sentencia admite que se desnude a los que tengan contacto sexual con presos
La Audiencia Provincial de Huelva ha invalidado una resoluci¨®n del juez de vigilancia penitenciaria de Sevilla en la que ¨¦ste prohib¨ªa, para los cacheos, el desnudo personal de la mujer o del hombre que deseasen mantener un contacto sexual con un interno de la prisi¨®n onubense.
Esta resoluci¨®n de Huelva, que rige desde el pasado mes de mayo, se contradice con la que ha dictado recientemente la Secci¨®n Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla a ra¨ªz de las quejas expuestas por cerca de una veintena de internos de la c¨¢rcel Sevilla 2.
La Audiencia de Huelva resolvi¨® as¨ª despu¨¦s de que el ministerio fiscal recurriera una resoluci¨®n del juez de vigilancia penitenciaria en la que conminaba al director de la c¨¢rcel de Huelva a "que no se practiquen cacheos, consistente en el desnudo personal, a los visitantes que deseen tener una comunicaci¨®n especial [la denominada vis a vis] con los internos".
Para oponerse a la prohibici¨®n de los cacheos, el ministerio fiscal aduce la falta de competencia del juez de vigilancia penitenciaria". ?ste, por su parte, esgrime que s¨ª es competente, ya que el modo "de practicar los cacheos puede afectar al derecho del interno a mantener esa comunicaci¨®n si su pareja se niega a someterse al mismo".
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