Celso Barreiros pide al Constitucional que invalide la prueba de la Operaci¨®n Mago
Celso Barreiros Rodr¨ªguez ha presentado ante el Tribunal Constitucional recurso de amparo contra la decisi¨®n del juez Baltasar Garz¨®n de denegarle la libre designaci¨®n de abogado cuando permaneci¨® incomunicado en la llamada Operaci¨®n Mago, sobre investigaci¨®n del narcotr¨¢fico. El recurrente pide que quede sin efecto la prueba as¨ª obtenida.
El catedr¨¢tico de Derecho Penal Manuel Cobo del Rosal, abogado de Barreiros, ha presentado el recurso de amparo ante el alto tribunal contra la resoluci¨®n de la Audiencia Nacional que confirm¨® la decisi¨®n del juez Garz¨®n, contraria al cese de la incomunicaci¨®n de su defendido y que impidi¨® al detenido recibir asistencia letrada. Cobo del Rosal estima violado el art¨ªculo 24 de la Constituci¨®n, que proh¨ªbela indefensi¨®n y reconoce el derecho a la defensa letrada, por lo que pide que quede sin efecto la prueba obtenida contra Barreiros en la llamada Operaci¨®n Mago, sobre investigaci¨®n del narcotr¨¢fico.El recurso, pendiente de admisi¨®n a tr¨¢mite por el alto tribunal, pide la anulaci¨®n de la resoluci¨®n de la Secci¨®n Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de 18 de julio de 1990 y "se reconozca la violaci¨®n del derecho fundamental del acusado o imputado a la libre designaci¨®n de asistencia y defensa letrada (...), al haberle sido impuesto a mi representado, don Celso Barreiro Rodr¨ªguez", dice Cobo del Rosal, "un abogado del turno de oficio".
En los fundamentos jur¨ªdicos del recurso -de 35 folios de extensi¨®n-, el letrado razona que tanto el Convenio Europeo para la Protecci¨®n de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales como en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol¨ªticos, ambos ratificados por Espa?a, "reconocen el derecho a que el acusado o imputado puedan designar libremente la defensa y asistencia letrada". Invoca tambi¨¦n la doctrina del Tribunal Constitucional, para el que puede impon¨¦rsele abogado de oficio s¨®lo al detenido, pero no al acusado o imputado.
Automatismo judicial
Cobo del Rosal se muestra contrario a una interpretaci¨®n formalista del concepto de acusado y manifiesta que "hay que desterrar, de una vez por todas, la incorrecta idea, que incomprensible y peligrosamente se va arraigando en la pr¨¢ctica judicial (...) de que a todo incomunicado, de forma autom¨¢tica, y por el mero hecho de encontrarse en esa situaci¨®n, se le han de aplicar las medidas previstas en el art¨ªculo 527 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre la imposici¨®n de un abogado de oficio". Por el contrario, estima que si la actuaci¨®n procesal le acusa o inculpa, tiene derecho a elegir abogado.El recurso recuerda que el 11 de junio de 1990 Garz¨®n, juez central de instrucci¨®n n¨²mero 5 de la Audiencia Nacional, sin que previamente se produjera detenci¨®n policial, decret¨® la provisional incondicional e incomunicada de Barreiros y estableci¨® lo siguiente: "Se limita al imputado el derecho de libre designaci¨®n de abogado para que act¨²e durante la incomunicaci¨®n, debiendo ser nombrado de oficio para su asistencia y sin perjuicio de la designaci¨®n para despu¨¦s de que se alce la medida". El recurrente resalta que la resoluci¨®n impugnada "es consecuencia directa de las fantas¨ªas e infundadas (...) acusaciones realizadas por el se?or Portabales".
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