La actividad sindical en establecimientos militares, prohibida a los civiles
El Tribunal Constitucional ha desestimado un recurso interpuesto por el Defensor del Pueblo en el que ¨¦ste impugnaba una disposici¨®n adicional de la ley org¨¢nica de Libertad Sindical que prohibe realizar actividades sindicales al personal civil, funcionario o no, que presta sus servicios en establecimientos militares.La sentencia del Constitucional se?ala que la prohibici¨®n de la actividad sindical en el interior de los establecimientos militares est¨¢ dirigida a "preservar la neutralidad sindical de las Fuerzas Armadas". El alto tribunal a?ade que las Reales Ordenanzas obligan a los militares a mantener su neutralidad "no s¨®lo absteni¨¦ndose de participar en actividades pol¨ªticas o sindicales", sino tambi¨¦n "no tolerando aquellas que se refieran a grupos pol¨ªticos o sindicales dentro de los recintos militares".
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