Las OPA ser¨¢n obligatorias en compras superiores al 60% del capital
Un real decreto sobre ofertas p¨²blicas de adquisici¨®n de acciones (OPA) aprobado ayer por el Gobierno establece la obligatoriedad de lanzar OPA siempre que se supere el 25% del capital y cuando se quiera aumentar, al menos, un 6% a lo largo de los siguientes doce meses. La OPA debe lanzarse como m¨ªnimo sobre el 10%.Las OPA no ser¨¢n obligatorias en empresas integradas en planes de reestructuraci¨®n. En ese sentido, Endesa no hubiera estado obligada a lanzar la OPA sobre Sevillana, ya que el sector el¨¦ctrico est¨¢ en reordenaci¨®n.
Tambi¨¦n regula los supuestos de parpicipaci¨®n significativa si se obtiene de forma indirecta como resultado de una fusi¨®n, tratando con especial rigor las tomas de control de sociedades instrumentales que persigan burlar la ley. El reglamento prohibe al consejo (le administraci¨®n de la sociedad objeto de OPA realizar actuaciones que puedan frustar o perturbar la OPA.
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