Anulada la sanci¨®n a un capit¨¢n por actos homosexuales que ya no eran delito
El Tribunal Constitucional ha anulado la sanci¨®n de separaci¨®n del servicio impuesta por el ministro de Defensa a un capit¨¢n del Ej¨¦rcito del Aire por "actos deshonestos con individuos del mismo sexo". La decisi¨®n del alto tribunal, que anula tambi¨¦n la sentencia de la Sala Militar del Tribunal Supremo que confirm¨® la sanci¨®n de Defensa, se fundamenta en que los hechos por los que el militar fue sancionado no estaban tipificados como tales cuando ocurrieron los hechos, por lo que la sanci¨®n vulnera el art¨ªculo 25 de la Constituci¨®n, que prohibe condenar o sancionar por acciones no punibles cuando se produjeron.
El capit¨¢n del Ej¨¦rcito del Aire J. R.G. L. fue inicialmente condenado por un consejo de guerra a seis meses de prisi¨®n militar y separaci¨®n del servicio como autor de un delito consumado contra el honor militar tipificado en el C¨®digo de Justicia Militar por realizar en dependencias militares "actos de car¨¢cter deshonesto con individuos del mismo sexo". La sentencia se dict¨® el 12 de diciembre de 1985 y la pena de prisi¨®n fue cumplida.
En cuanto a la separaci¨®n del servicio, el 30 de mayo de 1986 el Capit¨¢n General de la Primera Regi¨®n A¨¦rea rectific¨® en sentido absolutorio la sentencia por no ser ya los hechos que la motivaron constitutivos de delito en el C¨®digo Penal Militar de 9 de diciembre de 1985.
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