Unos estatutos definitivos
Los nuevos estatutos aprobados por el Consejo General de la ONCE tienen para esta organizaci¨®n el car¨¢cter de definitivos. En el pre¨¢mbulo del articulado se afirma que, aparte de las correcciones para adaptar el texto al decreto aprobado por el Gobierno en marzo pasado, hay "otras correcciones menores" por la "actual convicci¨®n de que deber¨¢n regir la ONCE durante tiempo indefinido".En el mismo pre¨¢mbulo se recuerda que los anteriores estatutos, aprobados el 11 de mayo de 1988, significaron para la organizaci¨®n de ciegos un fortalecimiento de su autogobierno y "un incremento espectacular de su actividad econ¨®mica", y se a?ade que los nuevos profundizan en ese autogobierno.
Miguel Dur¨¢n, su director general, ha calificado los cambios operados durante este a?o de "peque?a gran refundaci¨®n de la ONCE". A pesar de estas declaraciones y de los cambios jur¨ªdicos realizados, la realidad es que todo contin¨²a dependiendo del Gobierno. Las normas estatales que regulan la entidad emanan de acuerdos del Consejo de Ministros y de ¨®rganos de inferior rango.
Corporaci¨®n social
Oficialmente, la ONCE contin¨²a siendo una "corporaci¨®n de derecho p¨²blico, de car¨¢cter sociaV y sin ¨¢nimo de lucro; que pretende hacer compatible esa definici¨®n normativa con el car¨¢cter de entidad capaz de actuar como los m¨¢s importantes grupos econ¨®micos y financieros.
En algunos estudios Jur¨ªdicos de la ONCE, para justificar su libertad de actuaci¨®n, se han hecho comparaciones con otras corporaciones de derecho p¨²blico, tales como colegios profesionales, c¨¢maras de comercio o la Cruz Roja, y se afirma en ellos que todas ellas tienen menos controles del Gobierno que la ONCE. Pero se elude otra de las caracter¨ªsticas de estos grupos: en principio, ni los colegios profesionales, ni las c¨¢maras de comercio, ni la Cruz Roja dedican los fondos p¨²blicos a los que tienen derecho a invertir en sectores estrat¨¦gicos de la econom¨ªa,sino a determinadas finalidades asociativas.
Contrasta esa situaci¨®n con los objetivos expresados en los estatutos de la ONCE, en los que se alude a servicio a los invidentes, atenci¨®n educativa, investigaci¨®n de medios para reducir los problemas de la deficiencia visual y colaboraci¨®n con las Administraciones p¨²blicas. No hay nada que apunte la intervenci¨®n en el mundo de los negocios como un objetivo social. Este factor se contempla en el cap¨ªtulo de "?ngresos, gastos e inversiones de los recursos financieros", como un medio para cumplir los fines de servicio a los ciegos.
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