La t¨¦cnica, contra los autores
Las nuevas tecnolog¨ªas recortan los derechos de explotaci¨®n a creadores y productores
El autor tiene que hacer frente a un nuevo reto. Nadie discute el derecho moral que tiene sobre su obra. Sin embargo, la arrolladora entrada y el uso masivo de la tecnolog¨ªa en todos los campos est¨¢ haciendo tambalear y replantear, de manera casi diaria, los cimientos de la propiedad intelectual y el derecho de explotaci¨®n que tienen no s¨®lo los creadores sobre sus propias obras, sino tambi¨¦n los productores. De una relaci¨®n casi personal que iba del autor al p¨²blico a trav¨¦s del empresario, se ha pasado en muy poco tiempo a un marco de relaci¨®n m¨²ltiple, con la intervenci¨®n decisiva de los instrumentos de comunicaci¨®n. La difus¨ª¨®n de las obras es ya un hecho transnacional que necesita cobertura.
?ste ha sido uno de los temas principales que se han debatido a lo largo de esta semana en el I Congreso Iberoamericano de Propiedad Intelectual en Madrid, en el que han participado 600 expertos de Espa?a, Portugal y Latinoam¨¦rica y que se clausur¨® el jueves con la voluntad de continuidad.El derecho de autor en Espa?a, seg¨²n la Ley de Propiedad Intelectual, de noviembre de 1987, tiene dos facetas: el derecho moral y el de explotaci¨®n. Seg¨²n el abogado Pau Miserachs, experto en este campo y uno de los participantes en el congreso, lo m¨¢s importante de la ley espa?ola es la protecci¨®n de los derechos de autor por el solo hecho de la creaci¨®n. "La ley coloc¨® a nuestro pa¨ªs en una situaci¨®n avanzada con respecto a otras legislaciones incluso posteriores, como la brit¨¢nica [de 19881, sobre todo en el aspecto del derecho moral, ya que el autor tiene el derecho de retirar y acceder a su obra", dice Miserachs.
Sin embargo, la tecnolog¨ªa y su uso, as¨ª como la propia realidad social, est¨¢ dejando desfasado, en opini¨®n de Miserachs, el aspecto del derecho de explotaci¨®n de una obra. "La remuneraci¨®n que tienen que percibir los productores, los autores y los editores no s¨®lo viene por la creaci¨®n de la obra, sino por su utilizaci¨®n", dice Miserachs. "Las legislaciones tienen que resolver las remuneraciones despu¨¦s de publicada la obra".
Un mercado en auge
El art¨ªculo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual, que hace referencia al canon por copia privada que los autores tienen derecho a recibir por parte de los representantes del sector empresarial y fabricantes y distribuidores de aparatos de reproducci¨®n, fue un primer paso. Sirvi¨® para hacer frente a la p¨¦rdida de ingresos de los creadores que la renovaci¨®n tecnol¨®gica hab¨ªa ocasionado. Todo el mundo se pod¨ªa hacer con una copia de un libro, con una versi¨®n discogr¨¢fica o con una reproducci¨®n de un cuadro de Picasso sin pagar nada ni al autor, ni al editor ni al productor. Y en un mercado que mueve miles de millones de pesetas -en 1990, el 5,7% del producto nacional bruto de Estados Unidos y el 4,2% en Suecia correspondi¨® a derechos de autor-.
Sin embargo, en opini¨®n de Pau Miserachs la legislaci¨®n espa?ola tiene, en este sentido, una laguna importante: la no remuneraci¨®n por el uso de las obras en la educaci¨®n. En los pa¨ªses donde esto s¨ª est¨¢ legislado, corno Estados Unidos y los Pa¨ªses Bajos, los centros de ense?anza pagan una cuota por dicha utilizaci¨®n. "Cuando un catedr¨¢tico dicta una lecci¨®n est¨¢ trabajando con obras ajenas. La telem¨¢tica se ha introducido. en la ense?anza. Ya hay videotecas con programas de televisi¨®n. El uso de programas audiovisuales, y de ordenador con los que se trabaja ahora en todos los campos de la ense?anza, incluidas las bibliotecas, hay que remunerarlo. Es un campo que necesita ser regulado porque entra en colisi¨®n el derecho de la ense?anza y el del autor", dice Miserachs.
Sistemas de control
Este auge tecnol¨®gico no tiene l¨ªmites. Y l¨ªmites tambi¨¦n quieren imponer los actores a la difusi¨®n de sus im¨¢genes en pel¨ªculas y v¨ªdeos sin cobrar nada por ello. Imanol Arias, presidente de Actores Int¨¦rpretes Sociedad de Gesti¨®n de Espa?a (AISGE), que re¨²ne a unos 500 miembros, dice que los actores son los que menos han contado hasta ahora en el campo de la propiedad intelectual. La AISGE, que est¨¢ en conversaciones para unirse con otra entidad de gesti¨®n, la Asociaci¨®n de Int¨¦rpretes y Ejecutantes (AIE), plantea la creaci¨®n de lo que llama Imanol Arias el derecho de comunicaci¨®n p¨²blica, es decir, el derecho que tienen los actores y productores por la difusi¨®n de su obra.
"Los v¨ªdeos que ponen en los autobuses y en los hoteles est¨¢n fuera de control", dice el actor, quien, sin embargo, no se asusta ante el poder tecnol¨®gico. "La propia tecnolog¨ªa crear¨¢ los sistemas de control". Y si no, ah¨ª est¨¢ el ejemplo de Jap¨®n, donde ya est¨¢ funcionando el llamado sistema de control de la copia en serie (SCMS), una se?al que introducen los fabricantes en los equipos de grabaci¨®n que impide que de una grabaci¨®n digital se obtenga m¨¢s de una copia.
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