El Supremo absuelve a los clientes de las ni?as prostituidas en Valencia
FRANCESC BAYARRI El Tribunal Supremo ha absuelto a las siete personas que fueron condenadas en Valencia como clientes de una red de corrupci¨®n de menores cuyos integrantes fueron juzgados en 1987. El alto tribunal considera que existe una clara diferencia entre la prostituci¨®n, que no es delito en Espa?a, y la corrupci¨®n de menores, de la que son responsables quienes la potencian y sacan provecho econ¨®mico de ella, pero no quienes mantienen relaciones sexuales con las menores, seg¨²n el letrado Emilio Attard, uno de los defensores.
La Audiencia de Valencia conden¨® en 1987 a 23 personas por corrupci¨®n de menores, siete de ellas clientes. La condena fue, en conjunto, de 139 a?os de prisi¨®n y supuso uno de los escas¨ªsimos casos en los que el cliente era condenado.
Los clientes de la red, desarticulada a finales de 1984, fueron condenados a penas que oscilaban entre ocho meses y seis a?os. Todos ellos pasaron algunos meses en prisi¨®n preventiva. Uno de estos usuarios, Santiago Gonz¨¢lez, era en aquellas fechas teniente de alcalde de Burjassot (Valencia), por el PSOE. Ahora los clientes quedan en libertad sin cargos.
Tanto el fiscal como muchos de los defensores recurrieron la condena ante el Tribunal Supremo. La sentencia de este tribunal no afecta a los principales encausados, los hermanos Arturo y Francisco Carrasco y un amigo de ¨¦stos, Olegario Ballesteros, cuya condena ya era firme.
Emilio Attard explic¨® ayer a ¨¦ste diario que en la primera sentencia exist¨ªa una "confusi¨®n total" entre prostituci¨®n y corrupci¨®n. La primera modalidad no es delito "por ahora", concluy¨®. Este caso ha sido el ¨²ltimo en el que ha intervenido este abogado valenciano.
La sentencia es ahora firme y algunos de los condenados deber¨¢n cumplir las penas que pesan sobre ellos a partir de la notificaci¨®n oficial de la misma, que se producir¨¢ en los pr¨®ximos d¨ªas.
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