El tribunal de la CE da la raz¨®n a la banca espa?ola en su litigio con el Gobierno por comisiones pactadas
El Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea acaba de hacer p¨²blica una sentencia en la que da la raz¨®n a la banca espa?ola en un litigio que manten¨ªa desde hace varios a?os con el Tribunal de Defensa de la Competencia. Seg¨²n la Corte de Luxemburgo, las autoridades espa?olas no pueden utilizar como prueba la informaci¨®n suministrada voluntariamente en su d¨ªa por los bancos a la CE, por lo que el Gobierno tendr¨¢ dificultades para demostrar que estas entidades pactaron las comisiones que cobran a sus clientes.
La Asociaci¨®n Espa?ola de Banca Privada (AEB) y los grandes bancos han conseguido esta semana ganar una batalla legal contra el Gobierno, que se prolongaba ya durante cuatro a?os. Ambos estamentos mantienen peri¨®dicamente pulsos de este tipo, que ganan indistintamente e intentan que pasen desapercibidos. Aunque esta vez, la publicidad del m¨¢ximo tribunal comunitario ha impedido esa discreci¨®n.El conflicto que acaba de dirimir la Corte de Luxemburgo tiene su origen en los meses posteriores a la integraci¨®n de Espa?a a la CE. En marzo de 1987, la Comisi¨®n Europea solicit¨® a los bancos espa?oles -junto a empresas de otros sectores- informaci¨®n sobre las pr¨¢cticas que tradicionalmente realizaban que pudieran ir en contra de las normas de la competencia comunitaria. Los por entonces siete grandes bancos espa?oles -Bilbao Vizcaya, Central, Banesto, Hispano, Santander, Exterior y Popular-, y la propia AEB, respondieron de forma voluntaria a esos formularlos durante el primer trimestre de 1988, e informaron sobre el sistema de fijaci¨®n de comisiones entre todos ellos, que se mantuvo durante algunos a?os tras la liberalizaci¨®n del Banco de Espa?a.
Informaci¨®n voluntaria
Cuando el Servicio de Defensa de la Competencia espa?ol inici¨®, meses despu¨¦s, diversos expedientes informativos contra algunos sectores que consideraban que vulneraban algunas de las reglas de libre competencia, las autoridades de Madrid solicitaron ayuda a Bruselas. La CE remiti¨® al gobierno espa?ol, entre otras cosas, la informaci¨®n derivada de esos formularlos, en los que los bancos hab¨ªan reconocido voluntariamente unas pr¨¢cticas que iban contra las nuevas normas de competencia comunitarias.
Es aqu¨ª cuando surge la pol¨¦mica, ya que, a juicio de la banca, el Tribunal de Defensa de la Competencia utiliz¨® esa informaci¨®n como prueba para abrir una serie de expedientes a los grandes bancos espa?oles por vulnerar las reglas de la competencia fijando comisiones de forma conjunta. Esto motiv¨® un recurso de la AEB y los siete grandes bancos ante el Tribunal de Luxemburgo, presentado el 28 de enero pasado, y cuya sentencia fue comunicada a los afectados el pasado mi¨¦rcoles.
El fallo dice textualmente que "los estados miembro, dentro del marco de las competencias que se les reconocen para la aplicaci¨®n de las normas sobre la competencia comunitarias y nacionales, no pueden utilizar como medios de prueba ni las informaciones no publicadas contenidas en las respuestas a las solicitudes de informaci¨®n dirigidas a las empresas, ni las informaciones contenidas en las solicitudes y notificaciones".
Seg¨²n fuentes jur¨ªdicas consultadas por este peri¨®dico, el fallo de la Corte europea respalda absolutamente la posici¨®n mantenida por los bancos espa?oles e impide al Tribunal de Defensa de la Competencia imponer sanci¨®n alguna a la banca por haber fijado de forma conjunta las comisiones que cobran a sus clientes. Habr¨¢ que esperar, sin embargo, a que las autoridades espa?olas decidan si cierran el expediente abierto en su d¨ªa.
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